Algunos trabajadores por cuenta propia cobraron este jueves

Seguridad Social ya está devolviendo a los autónomos en pluriactividad lo que cotizaron de más en 2021

La Seguridad Social ha empezado a devolver esta semana lo que cotizaron de más en 2021 a los autónomos en pluriactividad, según confirmaron a este diario varios profesionales.
Oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social
Seguridad Social ya está devolviendo a los autónomos en pluriactividad lo que cotizaron de más en 2021

La Seguridad Social ya ha empezado a devolver a los autónomos en pluriactividad -que son asalariados y también trabajadores por cuenta propia- lo que cotizaron de más en 2021. Según las últimas estimaciones que hizo la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), durante la pandemia hubo más de 25.000 profesionales que cotizaban a la vez por ambos regímenes y que tuvieron derecho a esta devolución. Por lo que este año, es probable que la cifra de beneficiarios sea similar.

Al parecer, y según pudo saber este diario a través de distintos autónomos en pluriactividad consultados, ayer jueves ya empezaron a llegar a parte del colectivo estas devoluciones de la Tesorería. A expensas de que la Seguridad Social confirme el número de beneficiarios para este ejercicio y si se hicieron todos los giros en la misma fecha, lo habitual es que estos pagos tarden entre uno y tres días laborales en llegar.

Por ello, y teniendo en cuenta que el lunes es festivo, lo normal sería que la próxima semana la mayoría de autónomos en pluriactividad que superaran en 2021 el límite actual de cotización en dos regímenes, hayan recibido ya en sus cuentas bancarias el pago correspondiente. Según las últimas cifras disponibles, la Administración devolvió en los últimos años una media de alrededor de entre 1.000 y 1.100 euros a cada autónomo por el exceso de cotización.  

 Este año, podrán cobrar todos los profesionales que hubieran aportado mediante sus cotizaciones en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y en el Régimen General un total de más de 13.822,06 euros anuales. La devolución se calculará sobre la cifra que supere esta cuantía por lo que, lógicamente, cuanto más haya aportado el trabajador a la Tesorería durante 2021, más cobrará este año.

¿A qué autónomos les corresponde esta devolución?

El régimen de pluriactividad, en el que el trabajador opta por ser asalariado y al mismo tiempo realizar actividades por cuenta propia, está en alza. Las últimas cifras de la Seguridad Social apuntan que el año pasado eran nada menos que 121.652 autónomos los que cotizaban a la vez por ambos regímenes.

En la actualidad esta modalidad afecta prácticamente a todos los sectores de actividad, aunque es especialmente frecuente en la enseñanza (profesores con contrato en un centro educativo y de clases particulares, por ejemplo) o en la sanidad (contrato en un centro sanitario y atención en su propia consulta privada). Sin embargo, no todos ellos van a recibir el reintegro por el exceso de cotización.

Estos autónomos tienen derecho a recibir una devolución del 50% del exceso de cotización cuando las cuotas ingresadas por contingencias comunes, tanto las del Régimen General -la empresarial y la del empleado- como las del RETA, superen los 13.822,06 euros. 

Cálculo para saber si corresponde devolución

Así pues, para que un trabajador sepa si tiene derecho o no a percibir el exceso cotizado tendrá que calcular sus cotizaciones anuales en cada uno de los dos regímenes y sumar el resultado para comprobar si supera el límite establecido este año. La plataforma jurídica Iberley planteó dos ejemplos: en el primero no correspondería devolución y en el segundo sí.

Para valorar si está dentro o no de dicha devolución, tomaremos como ejemplo a un trabajador por cuenta ajena con  una base de cotización de 4.300 euros y que en el RETA cotiza por la base mínima: 960,6 euros al mes.

  • Empleo por cuenta ajena: 4.300 euros x 28,30 % = 1216,90 euros/mes (1216,90 x 12 = 14.602,80 euros anuales)
  • Empleo por cuenta propia: 960,6 euros/mes x 29,90 % = 287,21 euros/mes (287,21 x 12 = 3.446,63 euros anuales)

Una vez calculado la cotización anual de cada uno de los dos regímenes, Será necesario realizar la suma de todas las cuotas abonadas a la Seguridad Social en concepto de contingencias comunes y compararlas con el límite establecido por la Orden anual de cotización. En base al ejemplo sería así:

  • 14.602,80 + 3.446,63 = 18.049,43 euros

Dado que la suma de las cotizaciones supera los de 13.822,06 euros anuales se procederá la devolución. La cuantía de la devolución se calcula con la siguiente formula en base al ejemplo:

  • 18.049,43 - 13.822,06 = 4227,37 euros

A esos 4227,37 se le aplica el 50% marcado por la Tesorería para proceder a la  devolución, por lo que finalmente percibirá de oficio 2113.68 euros.