El 8% de los trabajadores que deben retirarse retrasa su jubilación

Guía sobre la jubilación demorada que ha emitido la Seguridad Social por el interés que genera esta fórmula

El interés que ha suscitado la jubilación demorada en el colectivo de autónomos ha llevado a la Seguridad Social a publicar una guía para responder a las preguntas más frecuentes. 
Seguridad Social publica una guía sobre la jubilación demorada ante el interés generado por la nueva fórmula
Seguridad Social publica una guía sobre la jubilación demorada ante el interés generado por la nueva fórmula
Guía sobre la jubilación demorada que ha emitido la Seguridad Social por el interés que genera esta fórmula

La jubilación demorada lleva tiempo suscitando interés entre los autónomos, algo que, según los expertos, se debe a factores como el problema de las bajas pensiones que arrastra históricamente el colectivo o la falta de relevo generacional. Ante las dudas generalizadas que suelen surgir alrededor de los incentivos que implica la jubilación demorada, sumadas a la reciente aprobación por parte del Gobierno que permite combinar las dos fórmulas de cobro, la Seguridad Social ha publicado una guía en la que responde a las preguntas más frecuentes realizadas tanto por los trabajadores por cuenta propia como por el resto de los españoles en edad de jubilación.  

Desde enero de 2022 está  en vigor la ley de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo del sistema. En ella está previsto que las personas que quieran retrasar su jubilación más allá de la edad legal pueden acceder a una serie de ventajas. Según recordó el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, durante el primer trimestre de 2023, el 7,8% de las nuevas jubilaciones se acogieron a la jubilación demorada.  

A mediados de mayo, el Consejo de Ministros aprobó dos novedades relativas a la edad de jubilación. Por un lado, el Ministerio rebajó de 15 a cinco años el periodo obligatorio de cotización para que los trabajadores por cuenta propia o ajena con una discapacidad superior al 45% puedan pedir la jubilación anticipada.  En segundo lugar, se ampliaron las opciones para aquellos autónomos que quieran prolongar de forma voluntaria su vida laboral, incorporando una fórmula mixta que permite combinar los dos tipos de incentivos vigentes para la jubilación demorada. Por este motivo, según señalaron, la Seguridad Social ha explicado en una guía cuáles son las principales ventajas de esta fórmula de jubilación y cómo queda el esquema de incentivos en caso de optar por alargar la vida laboral.  

¿En qué consiste la jubilación demorada y qué ventajas ofrece? 

En palabras de la Seguridad Social, la jubilación voluntaria demorada es la posibilidad reconocida a las personas trabajadoras, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, de que, una vez cumplida la edad ordinaria de jubilación prolonguen su vida laboral, algo que permite “acceder a una serie de beneficios en su futura pensión de jubilación”.  

Desde el 1 de enero de 2022, aquellas personas que tomen la decisión de retrasar voluntariamente el momento de su jubilación percibirán un complemento económico en la pensión cuando decide jubilarse, a elegir entre estas dos opciones:  

  • Un porcentaje adicional del 4% por cada año completo cotizado después de cumplir la edad ordinaria, lo que supondrá un aumento de la cuantía de la pensión. 

  • Una cantidad a tanto alzado por año cotizado, que va a depender de los años que se haya cotizado cuando se llega a la edad de jubilación, y que va desde los 5.000 a los 12.000 euros aproximadamente. Se recibe en el momento de la jubilación. 

Ahora, con la entrada en vigor del Real Decreto 371/2023 el pasado 18 de mayo de 2023, también se permite optar por una fórmula mixta, “que consiste en una combinación de las opciones anteriores y que no tiene carácter retroactivo”, según explica la Seguridad Social en su guía.  

¿Cómo se percibe el complemento económico de la pensión de jubilación? 

La forma de percibir el complemento económico que ofrece la jubilación demorada varía según la fórmula por la que se decida optar. En caso de que se tome la decisión de elegir la fórmula uno, es decir, que se escoja cobrar un porcentaje adicional del 4% por cada año completo cotizado después de cumplir la edad de jubilación ordinaria, “el porcentaje adicional se recibirá cuando la persona se jubile, aplicando el incremento porcentual correspondiente a la pensión que reciba cada mes durante el resto de su vida”.

Ahora bien, en caso de que se escoja la segunda opción, es decir, recibir un pago único en el momento que se acceda a la jubilación, la cuantía de este cheque variará en función de los años de cotización acreditados en la fecha en que se cumplió la edad de jubilación ordinaria “y se calcula en base a unas fórmulas que pueden encontrarse en la ley”. Dicha fórmula varía en función de si se han cotizado menos de 44 años y seis meses o si se supera esa cifra, en cuyo caso se incrementa un 10%

Por último, desde que entrase en vigor el Real Decreto 371/2023 el pasado 18 de mayo, el complemento económico de la pensión de jubilación puede percibirse de una tercera forma, que se calcula en función de los años que se alargue la vida laboral.

Según explica la Seguridad Social en su guía, si se acredita un periodo de dos a diez años completos cotizados entre la fecha ordinaria y la fecha efectiva de jubilación, el complemento consistirá en la suma de un porcentaje adicional del 4% por cada año de la mitad de ese periodo –tomando el número entero inferior- y una cantidad a tanto alzado por el resto del periodo considerado.  

En caso de que se acredite un periodo de once o más años completos cotizados, recoge la guía, el complemento consistirá en la suma de una cantidad a tanto alzado por cinco años de ese período y un porcentaje adicional del 4% por cada uno de los años restantes.  

Ejemplo práctico para entender cómo funcionan las tres fórmulas de pago disponibles 

Según el ejemplo que ofrece la Seguridad Social en la nueva guía publicada a través de su portal web, a una persona a la que le corresponda una pensión inicial, en el momento de alcanzar la edad de jubilación ordinaria, de 1.500 euros al mes y que opte por retrasar dos años su jubilación, el importe a percibir en el momento en que finalice su vida laboral según la fórmula escogida será de: 

  • Con la opción 1 (4% mensual): al jubilarse, su pensión se incrementaría en 120 euros al mes (aumenta su base reguladora un 4% por cada año que alarga su vida laboral) 
  • Con la opción 2 (pago a tanto alzado): al jubilarse recibe un pago extraordinario de 15.414 euros (7.707 euros por año de retraso en la edad de jubilación) 
  • Con la opción 3 (nueva fórmula mixta): al jubilarse recibe un pago extraordinario de 7.707 euros y su pensión se incrementa en 60 euros al mes. Es decir, un incremento del 4% por el primer año y 7.707 euros por el segundo año que ha retrasado su edad de jubilación. 

¿Cuáles son los requisitos que se deben cumplir para poder acceder a la jubilación demorada? 

Tal y como explicó la Seguridad Social, para poder acceder a la jubilación demorada se deben cumplir dos requisitos. Por un lado, será necesario tener cumplida la edad máxima de jubilación ordinaria para el año en curso, y por otro lado, haber cotizado, como mínimo, 15 años a la Seguridad Social.  

Cabe destacar que, tras las novedades aprobadas por el Gobierno, con la nueva opción mixta se deberá retrasar al menos en dos años la edad de jubilación. Asimismo, se ha rebajado de 15 a cinco años el periodo obligatorio de cotización para que los trabajadores por cuenta propia o ajena con una discapacidad superior al 45% puedan pedir la jubilación anticipada. 

Además, desde la Seguridad Social recordaron que este tipo de jubilación “es incompatible con otras modalidades como la activa, la flexible y la anticipada”.  

¿Qué tramite hay que hacer para solicitar la jubilación demorada? 

El único trámite que hay que realizar es que, en el momento de solicitar la jubilación, después de prolongar la vida laboral, se cumplimente el apartado dedicado a la jubilación demorada en el formulario de solicitud de la pensión. 

El cálculo de las cotizaciones por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) durante los años en que se prolongue la vida laboral se hace de manera automática en base a la información facilitada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). 

La jubilación para trabajadores en situación de alta, recordaron desde la Seguridad Social, “tendrá efectos económicos desde el día siguiente al cese en la actividad, siempre que la solicitud se haya realizado dentro de los tres meses anteriores o posteriores al cese. Si se solicita con posterioridad, los efectos económicos tendrán una retroactividad máxima de tres meses”.