110.000 autónomos se van a beneficiar de una exoneración del 75%

Seguridad Social sólo cobrará el 25% de la cuota en abril a los autónomos acogidos al cese de actividad

Los autónomos que estuvieron acogidos a alguna de las prestaciones por cese de actividad -que ya no están en vigor- hasta febrero estarán exentos de pagar este mes el 75% de su cuota. Casi 110.000 autónomos tendrán que abonar sólo 70 euros por sus cotizaciones a la Seguridad Social. 
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Fachada de la Tesorería General de la Seguridad Social
Seguridad Social sólo cobrará el 25% de la cuota en abril a los autónomos acogidos al cese de actividad

Los autónomos que estuvieron acogidos a alguna de las modalidades por cese de actividad extraordinario hasta el pasado 28 de febrero, sólo tendrán que pagar en abril 70 euros por su cuota a la Seguridad Social, si cotizan por la mínima. Como ya avanzó este diario, el Gobierno puso punto y final hace ya dos meses a las famosas prestaciones por cese de actividad que cubrían hasta esa fecha a cerca de 110.000 trabajadores por cuenta propia afectados por la pandemia.

Aunque el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones eliminó las principales prestaciones que cubrían a la inmensa mayoría de los autónomos y ya no están en vigor, sí que dejó activas las modalidades de cese de actividad extraordinario -por si hubiera más adelante cierres decretados- y para autónomos afectados por el volcán de la palma.

A estas dos prestaciones se sumó una ayuda a través de exoneraciones en la cotización que se mantendrán hasta verano para los los trabajadores por cuenta propia que vinieran cobrando alguna de las prestaciones por cese de actividad.

Así pues, los autónomos que a fecha de 28 de febrero estuvieran cobrando alguna de las dos extintas prestaciones por cese de actividad: POECATA o prestación por bajos ingresos, se beneficiarán de forma automática de una exoneración decreciente en sus cotizaciones a la Seguridad Social. Este mes, sin ir más lejos, tendrán que pagar un 75% menos de cuota de lo que pagarían normalmente.

Los autónomos que cobraron el cese hasta febrero sólo pagarán un 25% de su cuota de abril 

Estas exoneraciones que duran hasta junio arrancaron en marzo con una exención del 90% para los antiguos beneficiarios del cese de actividad. Al ser decrecientes, en abril la reducción pasará a ser del 75%, por lo que los autónomos tendrán que pagar sólo un 25% de la cuota. Teniendo en cuenta que la mayoría de estos trabajadores por cuenta propia cotizan por la mínima (de 293 euros), este 25% supondría un pago de 70 euros para este mes.

Según los datos proporcionados por la Seguridad Social en febrero, la prestación para autónomos compatible con la actividad, destinada a aquellos trabajadores por cuenta propia que vieron disminuida su facturación de manera notable, llegó a aproximadamente 23.250 beneficiarios, mientras que 84.000 recibieron la ayuda por bajos ingresos. Por su lado, 200 autónomos cobraron la prestación por una suspensión temporal de toda la actividad a causa de resolución de la autoridad competente. 

Por lo tanto, cerca de 110.000 autónomos estarán exentos este mes y hasta verano del pago de parte de su cuota. A continuación se indica el pago que tendrán que hacer estos autónomos a la Seguridad Social en los siguientes meses. Lógicamente, aunque el porcentaje de exoneración sea el mismo, si el trabajador por cuenta propia cotiza por una base superior, la cuota a pagar será mayo

  • Cuota de abril: Los autónomos tendrán exonerado el 75% de su cuota, por lo que pagarán el 25%, es decir, 72 euros en el caso de que estén por la mínima.
  • Cuota de mayo: Los autónomos acogidos en febrero al cese tendrán una exoneración del 50% de su cuota, por lo que pagarán sólo la mitad. Si están por la base mínima esto serían 145 euros.
  • Cuota de junio: Los autónomos pagarán ya el 75% de su cuota, que serían entorno a 216 euros para los que están por la mínima. 

 A partir de julio, a no ser que hubiera una prórroga de estas exoneraciones -cosa que parece improbable-, todos los autónomos volverían a pagar el 100% de su cuota habitual.

Las únicas prestaciones extraordinarias que siguen vigentes

Una prestación específica para los autónomos de Palma

Además, con el acuerdo alcanzado en febrero entre Seguridad Social y las asociaciones de autónomos se mantendría también la prestación específica para los autónomos afectados por la erupción del volcán en Palma, que cubre hasta junio a aquellos que tienen un negocio afectado directamente e indirectamente por la catástrofe. Éste fue uno de los grandes logros de la organización de autónomos ATA que fue la que trasladó en un primer momento la propuesta al Gobierno. 

Con esta prestación, los autónomos de Palma quedarán protegidos por una prestación y una exoneración similar a las conocidas hasta la fecha -cobro del 70% de la base de cotización y exoneración del 100% del pago de las cotizaciones-.

Prestación para los supuestos en los que se cierre la actividad

Frente a posibles rebrotes del virus, a partir del 1 de marzo aquellos autónomos que se vean obligados a suspender todas sus actividades como consecuencia de la adopción de medidas restrictivas por parte de autoridad competente seguirán teniendo derecho a una prestación económica extraordinaria. 

Como hasta ahora, se espera que sólo se exija como requisito de acceso haber sufrido el cierre por decreto de la Administración, además de cumplir otros requisitos como estar al corriente de pago de las deudas con Seguridad Social o Hacienda, y llevar afiliado al RETA, por lo menos, 30 días naturales.  

Esta prestación seguirá siendo del 70% de la base mínima, es decir, 661 euros al mes, además de la exoneración del 100% del pago de las cotizaciones.