El 64% de sus clientes pagan por encima de los 90 días

El Senado retrasa a octubre el régimen sancionador para luchar contra la morosidad en el sector del transporte

El Senado ha retrasado hasta octubre la aprobación del nuevo régimen sancionador contra la morosidad que llevan años reclamando los autónomos del transporte. Un 64% de los clientes de este sector suelen pagar a más de 90 días. 
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El Senado retrasa a octubre el régimen sancionador para luchar contra la morosidad en el sector del transporte

El régimen sancionador de la morosidad del transporte no se aprobará hasta finales de año. El Congreso de los Diputados ya había dado luz verde a esta medida el pasado 9 de junio, sin embargo, desde aquel momento quedó atascada . Los autónomos dedicados al transporte esperaban con ansia su puesta en marcha, tras años reclamando esta ley que vendría a endurecer las sanciones a los morosos, y les daría una respuesta institucional, al poder actuar la Administración de oficio contra los morosos. 

Sin embargo, la nueva ley tendrá que esperar, al menos, cuatro meses más. El Senado ha retrasado este Proyecto de Ley abriendo un plazo de enmiendas y propuestas que prorrogará hasta octubre este nuevo sistema tan importante para los transportistas, que sufren impagos de hasta 90 días en el cobro de sus servicios en el 64% de los casos.

Los autónomos y negocios dedicados al transporte en carretera, son un sector esencial de la actividad económica española y, como otros muchos, se han visto muy perjudicados por la crisis del coronavirus, que redujo sustancialmente sus encargos. Por ello, desde la Federación Española del Transporte por Carretera (FETRANSA), se sorprenden de esta ampliación del plazo de enmiendas, ya que la redacción del proyecto original ya había sufrido correcciones durante su paso por la Comisión de Transportes. Modificaciones que habían logrado un amplio consenso y que, entre otras medidas, lograron reducir el importe de las multas inicialmente recogidas.

Sin embargo, no será hasta el próximo 3 de septiembre cuando termine el plazo de enmiendas y propuestas de veto al Proyecto de Ley. De esta manera, se fija el 16 de octubre como fecha límite de tramitación. Esta ampliación significa que, una vez finalice el trámite en el Senado, el proyecto de ley volverá al Congreso donde pasará el último trámite antes de su publicación en el BOE. Factor que supondrá que la ley no entre en vigor hasta finales del 2021.

El sector del transporte pide la puesta en marcha cuanto antes del régimen sancionador

El presidente de FETRANSA, Víctor González, no entiende cual es el motivo del retraso. “El Senado no se ha puesto en contacto con nosotros ni se ha pronunciado al respecto", añadió González. Desde el colectivo se esperaba que la tramitación fuera rápida ya que todos los partidos políticos habían aprobado la norma, por lo que instan al Senado a su ejecución lo antes posible

No obstante, el presidente de la asociación de transportistas matizó que  "aunque no nos gusten los retrasos, seguimos necesitando la norma”. Asimismo, los acuerdos con el Ministerio de Transporte ya redujeron el límite del montante de las facturas a 3.000 euros como falta grave, siendo una cantidad superior una falta muy grave. Por ello, esperan que esta nueva propuesta para enmiendas no pierda el camino ya consensuado entre los distintos agentes del sector del transporte.

Los transportistas esperan que la norma acelere los pagos

“Esta norma supone un punto de inflexión”, valoró González. Anteriormente, los autónomos transportistas debían enfrentarse a sus propios clientes en los juzgados o en junta arbitral ante el retraso o morosidad en sus pagos. Sin embargo, la entrada de la nueva norma habilitará un sistema en el que las sanciones e inspecciones quedarán en manos del Ministerio de Transporte, algo que celebra el colectivo ya que no tendrán que valorar si perder el cliente o cobrar las facturas retrasadas.

“En la situación de sobreoferta que está el transporte es imposible perder clientes, pero tampoco podemos permitirnos no cobrar nuestros servicios de forma puntual”, afirmó el presidente de FETRANSA. “Gracias a la entrada de la norma, la administración se encargará de vigilar y controlar estos retrasos en los pagos. De este modo no perderemos clientes y ellos se preocuparán por estar al día con sus pagos”, concluyó González.  

El 64% de los transportistas cobran sus servicios por encima de los 90 días

La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (FENADISMER) puso en marcha en 2012 el Observatorio permanente de la morosidad y los pagos en el sector del transporte por carretera. Sus últimos datos revelan que el porcentaje de clientes que incumplen los plazos legales máximos de pago es del 64% , en un plazo superior a los 90 días desde la prestación del servicio.

Esta morosidad, aseguran desde FENADISMER, obliga al transportista a adelantar el pago del IVA ante Hacienda sin que previamente hayan cobrado de la empresa cargadora o intermediario que les contrató. Asimismo, los últimos datos de la federación revelan que la media de retraso en el pasado trimestre fue de 83 días.

¿Cómo se va penalizar a los morosos del transporte?

El Congreso dio luz verde a una modificación de la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre (LOOT) para crear en España un régimen sancionador de la morosidad, para proteger a los autónomos del transporte de mercancías por carretera. “Era la petición que llevamos haciendo durante años y es uno de los compromisos que adquirió con nosotros el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana”, explicó el presidente de Fetransa, Víctor González.

A falta de conocer más detalles, y de que se publique la orden que recogerá el régimen sancionador de morosidad del sector del transporte, González comentó algunos de las principales novedades. “Se han establecido dos tipos de multas para quienes paguen a más de 60 días: de 401 euros para las sanciones graves y de 801 euros para las sanciones muy graves” explicó González.

De esta forma, las empresas de carga que paguen a sus transportistas autónomos una factura de menos 3.000 euros a más de 60 días, incurrirán en una sanción grave y, por lo tanto, en una multa de 401 euros. Y las empresas que abonen las facturas de más de 3.000 euros a 60 días, cometerán una infracción muy grave, que podrá ser penalizada con 801 euros de multa.

El régimen también contemplará agravantes de las sanciones. “Se va a penalizar aún más a las empresas cuando sean reincidentesO cuando el acreedor -en este caso el conductor autónomo- esté en una situación de vulnerabilidad, es decir, se vea arrastrado a una situación económicamente comprometida a causa de la tardanza en el cobro” comentó González.