Hostelería, ocio nocturno, gimnasios o albergues

Éstas son las CCAA donde los autónomos se enfrentan a multas de hasta 60.000 euros por no pedir el pasaporte COVID

Al menos ocho comunidades ya exigen a los autónomos de sectores como la hostelería o el ocio nocturno que verifiquen que sus clientes tienen pasaporte COVID para entrar al local. De lo contrario, se enfrentarían a sanciones de hasta 60.000 euros. 
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Comunidades autónomas donde los autónomos se enfrentan a multas por no pedir el pasaporte COVID
Éstas son las CCAA donde los autónomos se enfrentan a multas de hasta 60.000 euros por no pedir el pasaporte COVID

Al menos ocho comunidades autónomas ya han implantado la obligación de presentar el pasaporte COVID para entrar en bares, restaurantes, discotecas, pubs, y hasta en gimnasios o albergues. Otras lo están estudiando. La nueva medida no sólo implica que los ciudadanos tengan que presentar este documento para entrar en algunos establecimientos, sino también que los autónomos deban vigilar y asegurarse de que cada uno de sus clientes muestra este certificado de vacunación. De lo contrario, el negocio se podría enfrentar a multas de hasta 60.000 euros en algunas comunidades. 

La normativa, al igual que ocurrió a mediados de 2020 con el uso de las mascarillas, o la obligatoriedad de disponer de geles hidroalcohólicos, no está unificada y cada CCAA ha centrado la medida en diferentes sectores y con distintos límites horarios y de aforo.

De hecho, el régimen sancionador varía entre algunas autonomías por lo que, dependiendo de la comunidad en la que se ubique el autónomo, las multas por no pedir a la entrada de su local el pasaporte COVID podrían ser de entre 601 y 30.000 euros, como por ejemplo en la Comunidad Valenciana, o de hasta 60.000 euros, como ocurre en País Vasco o Cataluña. 

Hasta la fecha, las comunidades que han implantado la obligación de que la hostelería, el ocio nocturno, los albergues, o los gimnasios deban pedir el pasaporte de vacunación a la entrada -y también señalar mediante cartelería la obligación de portar este documento- son, según la última actualización realizada por el Confidencial: Aragón, Baleares, CantabriaCataluña, Comunidad Valenciana, Galicia, País Vasco, Murcia, Navarra.  Además de estas ocho comunidades, Andalucía de momento sólo lo exige en centros socio-sanitarios -pero está estudiando ampliarlo a algunos sectores-, y Canarias lo ha implantado, pero de forma opcional para los negocios. 

Sectores obligados a pedir pasaporte COVID y sanciones en cada CCAA  

Una vez más, como ya ocurrió en varias ocasiones durante 2020, la descentralización a la hora de implantar las medidas sanitarias ha provocado un lío en la legislación y una inseguridad jurídica que hace que, dependiendo de la comunidad, un autónomo pueda estar obligado o no a pedir pasaporte COVID. O pueda estar obligado a solicitarlo sólo durante determinadas horas y dependiendo de su aforo e incluso se enfrente a diferentes regímenes sancionadores. 

Por el momento y a expensas de posibles cambios de última hora- hay que recordar que muchas decisiones administrativas están ahora mismo en medio de procesos y recursos judiciales-, éstas son las actividades obligadas a vigilar el pasaporte COVID, y las diferentes sanciones a las que se podrían enfrentar en cada CCAA

  • Aragón: 

La comunidad de Aragón implantó a principios de diciembre la obligación de presentar el pasaporte COVID para entrar en los locales de ocio nocturno. Recientemente quiso ampliarlo a otras actividades como hostelería -en restaurantes o bares de más de 50 comensales-, gimnasios o residencias.

Sin embargo, a raíz de un recurso de la asociación Liberum, el Tribunal de Justicia de la comunidad tumbó esta ampliación. Por el momento, a día 15 de diciembre, los únicos autónomos obligados a pedir el documento a sus clientes son los del ocio nocturno -pub, discotecas,... 

Si bien en el Boletín Oficial de Aragón no se específica un régimen sancionador determinado, los expertos consideran que el incumplimiento por parte de los autónomos de esta legislación podría ser entendido, de igual modo, como una infracción en materia sanitaria recogida en la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. 

Según esta ley, el autónomo se podría enfrentar a una sanción de entre 3.000 euros y 60.000 euros por incumplimiento de las instrucciones recibidas por la autoridad competente. En el supuesto de ser considerada infracción 'leve' comportaría una multa de hasta 3.000 euros y, si fuera calificada como grave, de hasta 60.000 euros.

  • Baleares 

 Desde octubre, los autónomos al frente de discotecas de las Islas Baleares tienen la obligación de solicitar el pasaporte COVID. Recientemente, la obligación se extendió a la hostelería y todo el ocio nocturno en general. En este caso, el Gobierno Balear sí recordó que, si el propietario del establecimiento deja entrar a todo el mundo sin el certificado COVID, sería una falta grave o muy grave, al considerar que ponen en peligro a los asistentes.  

En este caso, acude al régimen sancionador de marzo de 2020, por el que los incumplimientos en materia de medidas contra el COVID van, en el caso de las infracciones graves, de los 30.000 a los 60.000 euros y, si son muy graves -reincidencia y riesgo para la salud pública-, podrían llegar a superar esta cifra.

  • Cantabria:

En el caso de Cantabria se exige a todos los locales del sector hostelero vigilar que cada uno de sus clientes tenga el pasaporte COVID. En caso de no tenerlo, se especifica que la sanción recaerá sobre el hostelero y no sobre el cliente. Si bien de momento no ha trascendido la cuantía de las multas, se espera que la comunidad -como muchas otras- acuda a la normativa de 2020, por la que se establecería esta infracción como grave y acarrearía una multa de entre 3.000 euros y 60.000 euros.

  • Cataluña

Tras la última sentencia del Tribunal de Justicia catalán, la comunidad exigirá que se vigile el pasaporte COVID a los locales de ocio nocturno, a la hostelería y a los centros deportivos. En este caso, tampoco se especifica un régimen sancionador concreto, pero desde la Generalitat aseguraron que las autoridades controlarán el cumplimiento de esta normativa por parte de los establecimientos.

Previsiblemente, también se aplique la normativa de medidas sanitarias que prevé sanciones de entre 3.000 euros y 60.000 euros en el caso de infracciones graves.

  • Comunidad Valenciana

La Comunidad Valenciana exige a los establecimientos de hostelería y ocio nocturno con aforos de más de 50 personas que pidan el pasaporte COVID a todos sus clientes. En el decreto, esta autonomía sí ha establecido un régimen sancionador concreto. En este caso, según la ley, permitir el acceso de aquellos clientes sin la documentación obligatoria se consideraría una falta grave por parte del local y la sanción oscilaría entre 601 y 30.000 euros dependiendo del grado de incumplimiento.

  • Galicia 

La Xunta ha establecido, con el aval del Tribunal Supremo, que los autónomos al frente de locales de ocio nocturno deban exigir el pasaporte COVID para entrar a sus establecimientos.

Galicia remite, en este caso, a su propia normativa regional en la que clasifica como infracción leve la negativa injustificada al sometimiento a medidas de prevención consistentes en la vacunación o inmunización prescritas por las autoridades sanitarias. En este caso, la multa oscilaría entre los 1.000 y los 3.000 euros, llegando a superar los 60.000 euros en los casos más graves. 

  • País Vasco

El País Vasco, tras el aval del Tribunal Supremo, ha ampliado a restaurantes y locales de ocio nocturno la obligación de pedir el pasaporte COVID. De hecho, ya se conoce al menos un caso en el que se ha sancionado a un negocio del sector hostelero por haber dejado entrar a decenas de personas a su establecimiento sin pedir el certificado.

En este caso, la comunidad decidió remitir al régimen sancionador de la legislación de 2020 cuando se implantó el uso obligatorio de mascarillas. Por ello, las sanciones pueden oscilar de los 3.000 a los 60.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción.  

  •  Murcia  

De momento, en Murcia presentar el certificado COVID sólo será necesario para entrar a los locales de ocio nocturno, aunque se dará más facilidades a nivel de aforo a los bares y restaurantes que lo exijan. 

De momento, la decisión está todavía en manos de la Justicia pero se prevé que se puedan imponer sanciones, como en otras comunidades, de hasta 3.000 euros si son leves y hasta 60.000 euros si son graves.

  • Navarra 

Navarra exige a los restaurantes con aforos superiores a los 60 comensales, a las discotecas y demás locales de ocio nocturno pedir el pasaporte COVID. 

En este caso, sí se ha especificado que habrá inspecciones aleatorias y que, en caso de incumplir la normativa, los establecimientos se enfrentarían a las mismas sanciones dispuestas en la legislación de 2020, es decir, multas de hasta 3.000 euros por infracciones leves, y hasta 60.000 si son graves.