Régimen Especial de Bienes Usados (REBU): qué es y a quién afecta

El REBU o Régimen Especial de Bienes Usados es un régimen especial de IVA para antigüedades, arte, objetos de colección...
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Régimen Especial de Bienes Usados (REBU): qué es y a quién afecta. Foto: Pixabay
Régimen Especial de Bienes Usados (REBU): qué es y a quién afecta

Si tu actividad implica la venta de bienes usados, ya seas una empresa o un autónomo, debes saber que la Ley de IVA contempla condiciones especiales en el REBU o Régimen Especial de Bienes Usados.

El REBU ofrece la posibilidad de garantizar la neutralidad del IVA en compraventas o reventas de bienes usados y productos relacionados con el arte y el coleccionismo. ¿Su objetivo? Evitar la denominada superposición del IVA. Pero vayamos paso a paso, para que puedas entender cómo funciona el REBU.

  1. ¿Qué es el régimen de los bienes usados (REBU)?
  2. ¿Qué Ley regula el régimen especial de los bienes usados?
  3. ¿Quién puede acogerse al REBU?
  4. Tipo de bienes a los que se aplica el REBU
  5. Obligaciones que conlleva REBU en el IVA y las facturas
  6. Ejemplo práctico del REBU

¿Qué es el régimen de los bienes usados (REBU)?

El Régimen Especial de Bienes Usados es una opción voluntaria destinada a autónomos y empresas que se dedican a la venta de bienes usados. Es importante destacar que este régimen no se aplica a productos nuevos ni a transacciones entre particulares.

En resumen, el REBU es una opción fiscal que proporciona un marco específico para aquellos que se dedican a la venta de bienes usados, ofreciendo ciertos beneficios y consideraciones fiscales, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos.

A continuación te contamos todos sus detalles desde el punto de vista legal.

¿Qué Ley regula el régimen especial de los bienes usados?

El Régimen Especial de Bienes Usados (REBU) está sujeto a la regulación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, más conocida como la "Ley del IVA".

Esta legislación no solo abarca las disposiciones generales relacionadas con el impuesto, sino que también contempla los regímenes especiales, entre los cuales se encuentra el régimen especial aplicable a los bienes usados.

Puedes encontrar todos los detalles de este régimen en el capítulo IV de la mencionada ley. En este apartado, los artículos 135 al 139 ofrecen una explicación pormenorizada de las características específicas del Régimen Especial de Bienes Usados, así como los requisitos que deben cumplirse para poder beneficiarse de sus ventajas fiscales.

¿Quién puede acogerse al REBU?

El REBU está diseñado para revendedores que comercializan bienes usados de manera regular. Sin embargo, es esencial tener en cuenta que este régimen se aplica solo a aquellos autónomos y empresas cuya actividad habitual sea la adquisición de bienes para su posterior reventa.

Por otro lado, el REBU solo se puede aplicar a revendedores que actúan en nombre propio, si estás actuando como intermediario no podrás beneficiarte.

El Régimen Especial de Bienes Usados también puede ser aprovechado por los organizadores de subastas públicas, siempre y cuando se realice mediante un contrato de comisión de venta.

Dado que el REBU es opcional, si deseas beneficiarte de este régimen del IVA, deberás registrarte en la Agencia Tributaria completando el formulario correspondiente. 

Tipo de bienes a los que se aplica el REBU

El REBU se aplica a diversos tipos de bienes, del mundo de las antigüedades, el arte y los objetos de colección:

  1. Objetos de colección: Desde elementos con interés histórico hasta colecciones de zoología o botánica, el REBU abarca una amplia gama. Sin embargo, es importante señalar que el oro de inversión no forma parte de este régimen.
  2. Objetos de arte: Pinturas, esculturas, cerámicas y más; estos objetos entran en el REBU cuando cumplen con los requisitos específicos del artículo 136 de la Ley del IVA.
  3. Antigüedades: Incluso si no son consideradas arte o colección, los bienes muebles con más de 100 años de antigüedad pueden formar parte del REBU.
  4. Bienes usados: Aquí entra en juego la reventa, aplicándose al mobiliario usado adquirido con el propósito de venderlo. Es crucial notar que los bienes renovados o transformados no califican, y ciertos elementos como oro, platino o piedras preciosas tampoco están incluidos.

Un detalle clave: el revendedor solo puede aplicar el REBU a bienes adquiridos de personas naturales, no de empresarios o profesionales, y estos bienes no pueden haber tenido deducción previa del IVA.

Obligaciones que conlleva REBU en el IVA y las facturas

Los revendedores bajo el régimen de bienes usados deben cumplir con ciertas obligaciones en cuanto a facturación y registro para mantener una comunicación efectiva con Hacienda.

Obligaciones en la facturación bajo el REBU

  • Para comenzar, en cada factura emitida, se debe indicar claramente que se está aplicando el régimen especial REBU.
  • Además, se destaca que la cuota de IVA repercutido no puede desglosarse en la factura, siendo parte integral del precio total de la operación.
  • También, al adquirir bienes de usuarios no profesionales o empresas, se requiere expedir un documento de compra firmado por el transmitente.
  • En el caso de ventas intracomunitarias, la factura debe especificar que las operaciones han tributado según los artículos 312 a 315 de la Directiva IVA de la Unión Europea, con una mención explícita de dicho artículo.

Obligaciones formales de Registro bajo el REBU

  • Adicionalmente a los libros de registro convencionales, los revendedores bajo el régimen de bienes usados deben llevar dos Libros Registros específicos.
  • El primero detalla todas las compras, importaciones y ventas con base imponible calculada por el margen de beneficio en cada operación.
  • El segundo registra las compras, importaciones y ventas durante cada período de liquidación, con base imponible calculada mediante el margen del beneficio global.
  • Estas obligaciones aseguran la conformidad con los requisitos legales y facilitan un cumplimiento efectivo del REBU en el marco del IVA.

Ejemplo práctico del REBU

Vamos a sumergirnos en un ejemplo práctico del Régimen Especial de Bienes Usados (REBU) con una empresa de segunda mano que adquiere y vende una obra de arte. Aquí está la historia de este cuadro y cómo se calculan los importes:

Escenario:

  • La empresa compra un cuadro por 600 euros, ya incluido el IVA.
  • Después de unas semanas, vende el cuadro por 1.200 euros.

Cálculos:

  1. Margen de beneficio:

    • Precio de venta (IVA incluido) - Precio de compra (IVA incluido)
    • Margen de beneficio: 1.200€ - 600€ = 600€
  2. Base imponible:

    • (Margen de beneficio x 100) / (100 + tipo impositivo)
    • Base imponible: (600 x 100) / 110 = 545,45€

Resultado: El autónomo, bajo el REBU, declarará un IVA Devengado por un importe de 54,54 euros (calculado como el 10% de la base imponible, que es 545,45€).