Último mes para que los autónomos de Canarias soliciten ayudas para reformar bares y hostales
Los autónomos al frente de bares, cafeterías, hostales y otros negocios dedicados a actividades turísticas todavía tienen este mes para solicitar ayudas destinadas reformar la infraestructura de sus establecimientos o instalaciones, así como renovar su imagen, con la finalidad de que puedan mejorar su competitividad en el mercado.
Estas ayudas, financiadas con los fondos Next Generation en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que se lanzaron con una dotación de 20 millones de euros, mantendrán el plazo abierto hasta el próximo 30 de junio para cubrir las siguientes líneas de actuación, en régimen de concurrencia no competitiva:
- Impulsar la calidad y la imagen turística del negocio.
- Incentivar proyectos empresariales ligados a los procesos de rehabilitación y actuaciones de acompañamiento a las intervenciones que se realicen en las infraestructuras y equipamientos.
- Estimular la capacidad emprendedora de la empresa turística canaria.
- Mejorar las instalaciones y servicios de ocio.
- Desarrollar el producto turístico alternativo para contribuir a la diversificación de la oferta turística.
Dentro de estas líneas, los gastos subvencionables incluirán aquellas actividades que mejoren la competitividad de estos locales, desde mejoras en instalaciones de edificación hasta el desarrollo de productos turísticos alternativos para diversificar la oferta. Por ejemplo, las contrataciones externas de ingeniería, seguimiento y obra civil, o costes de redacción de informes y proyectos. El plazo de ejecución de la ayuda será hasta el 1 de diciembre de este año.
Según estas bases reguladoras, el importe a financiar será de un 100% sobre el presupuesto del proyecto que haya sido considerado apto como gasto subvencionable.
Los autónomos al frente de alojamientos, negocios de restauración o actividades turísticas pueden solicitar estas ayudas
Las personas físicas y jurídicas que desarrollen su actividad económica en el ámbito territorial de las Islas Canarias, podrán solicitar las ayudas si pertenecen a alguno de los siguientes subsectores de actividad.
- Alojamientos:
- Hoteles.
- Hoteles urbanos.
- Hoteles rurales.
- Hoteles emblemáticos.
- Apartamentos.
- Villas.
- Casas rurales.
- Casas emblemáticas.
- Restauración. Distingue dos grupos de establecimiento:
- Restaurantes.
- Bares-cafeterías.
- Intermediación Turística. Contempla dos formas de intermediación:
- Intermediador turístico, como persona física o jurídica cuya gestión empresarial se dedica a prestar servicios de viaje vinculados.
- Agencia de viajes, como intermediador turístico cuya gestión empresarial se dedica a la venta u organización de viajes combinados y servicios de viajes vinculados.
- Actividades turísticas. Se dividen en:
- Guías de Turismo.
- Observación de cetáceos.
- Turismo Activo, que comprende las siguientes actividades:
- Recreo, deportivas o de aventura. Las que se desarrollan mediante los recursos que ofrece la propia naturaleza en cualquier medio -aéreo, terrestre, subterráneo, acuático o urbano-, que comporten riesgo.
- Organización de convenciones, congresos y feria de muestras.
- Balnearios piscinas.
- Parques acuáticos, de atracciones y temáticos.
- Parques zoológicos y botánicos, reservas naturales.
- Instalaciones deportivas-turísticas.
- Actividades recreativas y entretenimiento.
- Otras actividades de turismo activo.
¿Cuáles son los requisitos principales para acceder a esta ayuda?
Para ser beneficiario, los solicitantes deben cumplir, a la fecha de solicitud -y hasta la liquidación total de la subvención-, estos requisitos:
- Las personas físicas tendrán que poseer la nacionalidad española o de algún estado miembro de la UE, del Espacio Económico Europeo o de Suiza. En caso de ser extranjeros que no pertenecen al espacio europeo, el domicilio fiscal y el centro operativo permanente deberán estar situados en España al momento de la solicitud y durante el periodo en que se lleven a cabo las actividades que se subvencionan.
- Las personas jurídicas tendrán que acreditar su inscripción mediante escritura pública en el Registro Mercantil.
Para tramitar estas ayudas, los autónomos deben acceder a la Sede Electrónica, a través del siguiente enlace.