Podrán solicitar las subvenciones hasta el 20 de mayo

Nuevas ayudas estatales de hasta 10.000 euros para jóvenes artistas que quieran iniciar su propio negocio

El Instituto Nacional de la Juventud ha abierto un año más la convocatoria de ayudas para jóvenes emprendedores de hasta 35 años que quieran iniciar su propio negocio en el sector cultural. Pueden cobrar hasta 10.000 euros.
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Nuevas ayudas estatales de hasta 10.000 euros para jóvenes artistas que quieran iniciar su propio negocio
Nuevas ayudas estatales de hasta 10.000 euros para jóvenes artistas que quieran iniciar su propio negocio

El Instituto Nacional de la Juventud ha puesto en marcha un año más sus famosos ayudas a la "creación jóven", subvenciones que van destinadas a apoyar a personas de hasta 35 años que están vinculadas con el ámbito cultural y quieren poner en marcha algún tipo de proyecto, ya sea de investigación, de producción o, por supuesto, de emprendimiento.

Las nuevas ayudas del INJUVE pueden ascender hasta 10.000 euros y servirán para que los jóvenes de hasta 35 años puedan poner en marcha un negocio en el ámbito cultural o artístico, un sector que, dependiendo de los epígrafes que se contemplen, puede concentrar a más de 700.000 profesionales. Y muchos de ellos trabajan por cuenta propia.

Estas ayudas podrían ir dirigidas a jóvenes músicos, bailarines, escritores y demás artistas independientes. Todos ellos tienen hasta el próximo 20 de mayo para solicitar las subvenciones del INJUVE.

Ayudas estatales de hasta 10.000 euros para emprendedores de la cultura

Según dice el Instituto de la Juventud, las nuevas ayudas para este año 2024 podrán cubrir todas aquellas "iniciativas de emprendimiento cultural que se inicien o que estén en desarrollo y necesiten un impulso".

Para acceder a ellas, el emprendedor debe tener entre manos proyectos que se vayan a desarrollar en los ámbitos de las artes escénicas, las artes visuales, el cómic y la ilustración, el diseño, la literatura y la música.

Además, el emprendedor deberá tener entre 18 y 35 años y tendrá que aportar en la solicitud un dossier donde explique el negocio que va a llevar a cabo, sus costes y presupuesto, el momento exacto de inicio y alta, así como un calendario de despliegue de toda su iniciativa empresarial. La subvención en este caso podrá ascender hasta los 10.000 euros.

Por otro lado, el Injuve también dará ayudas a otros "jóvenes creadores" que tengan proyectos distintos a un negocio, pero aún así quieran desarrollar su propia iniciativa en el ámbito cultural.

Por ejemplo una ayuda de hasta 3.000 euros para la investigación en el ámbito cultural (estudio, desarrollo, o experimentación teórica o práctica) u otra de hasta 5.000 euros para producción de obra (realización de proyectos artísticos con libertad de formato y técnica). 

La solicitud se debe presentar a través de la sede del Injuve antes del 20 de mayo

La solicitud para recibir la ayuda se debe presentar a través de la sede electrónica del Injuve, con DNI electrónico o certificado digital. También es posible hacerlo presencialmente a través del registro presencial del Injuve o de cualquier localidad –se debe presentar cita previa a través del teléfono 917 827 663–.

La solicitud debe incluir las instancias correspondientes de los anexos adjuntos en la página del Injuve: tanto el dossier del proyecto (incluyendo la descripción, el presupuesto desglosado y el calendario de cómo realizarlo) como un dossier de trabajos anteriores. Para presentar esta solicitud se tiene de plazo hasta el 20 de mayo de 2024,.

Los negocios del arte y la cultura también tienen algunos beneficios fiscales

Por otro lado y como ya avanzó Autónomos y Emprendedores, el Gobierno aprobó en 2023 el nuevo Estatuto del Artista con algunas ayudas para este colectivo. Entre ellas, los emprendedores que ya hayan consolidado su negocio podrán acceder a rebajas en sus retenciones de IRPF. Esto sirve para que los autónomos que menos ingresan no tengan que adelantar mucho dinero a Hacienda a través de sus facturas y perder liquidez.

El Real Decreto 31/2023, de 24 de enero, por el que se modifica el Reglamento de IRPF redujo del 15% al 7% las retenciones en las facturas de los autónomos artistas, vinculados a negocios de las "artes escénicas, audiovisuales y musicales" así como de las personas que realizan actividades técnicas o auxiliares necesarias para el desarrollo de dicha actividad.

La nueva ley dice que esta reducción del 15% al 7% será aplicable para una decena de grupos de epígrafes donde se encuentran enmarcados miles de autónomos de las "artes escénicas, audiovisuales y musicales, así como de las personas que realizan actividades técnicas o auxiliares necesarias para el desarrollo de dicha actividad". Siempre, eso sí que sus rendimientos netos hayan sido inferiores a 15.000 euros el año anterior.

Para poder aplicar este beneficio fiscal, la nueva ley modifica el apartado 1 del artículo 95 del Reglamento de IRPF y aclara qué epígrafes pueden aplicar una reducción del 7% en el IRPF de sus facturas, siempre y cuando cumplan las demás condiciones. Éstos son:

  • Grupo 01 sección tercera del IAE:  Actividades relacionadas con el cine, el teatro y el circo.
  • Grupo 02 sección tercera del IAE: Actividades relacionadas con el baile.
  • Grupo 03 sección tercera del IAE: Actividades relacionadas con la música 
  • Grupo 851 sección segunda del IAE: Representantes técnicos del espectáculo
  • Grupo 852 sección segunda del IAE: Apoderados y representantes taurinos
  • Grupo 853 sección segunda del IAE: Agentes de colocación de artistas
  • Grupo 861 sección segunda del IAE: Pintores, escultores, ceramistas, artesanos, grabadores y artistas similares.
  • Grupo 862 sección segunda del IAE: Restauradores de obras de arte
  • Grupo 864 sección segunda del IAE: escritores y guionistas
  • Grupo 869 sección segunda del IAE: «otros profesionales relacionados con las actividades artísticas y culturales.