Las actividades subvencionables podrán ser individuales o colectivas

La Junta de Extremadura concederá hasta 5.000 euros de ayuda a los autónomos dedicados al arte visual

La Junta de Extremadura ha lanzado una nueva línea de ayudas para impulsar y promocionar la creatividad artística contemporánea. Para ello, subvencionará tanto la producción y difusión de distintos proyectos, como la participación en ferias y exposiciones de los autónomos del sector.

La Junta de Extremadura concederá hasta 5.000 euros de ayuda a sus artistas visuales.
La Junta de Extremadura concederá hasta 5.000 euros de ayuda a sus artistas visuales.
La Junta de Extremadura concederá hasta 5.000 euros de ayuda a los autónomos dedicados al arte visual

Con el fin de apoyar y promocionar la creatividad artística, y más concretamente en el campo de la creación contemporánea, la Junta de Extremadura concederá hasta 5.000 euros de ayuda a los autónomos artistas visuales que desarrollen su actividad en dicha comunidad autónoma.

Estas ayudas subvencionarán la producción, materialización, desarrollo y difusión de proyectos relacionados con las diferentes manifestaciones de las artes visuales, así como la participación en actividades relacionadas con el ámbito de dichas artes, como son exposiciones, ferias, festivales de arte y sus correspondientes acciones de difusión.

Las actividades cubiertas por estas ayudas pueden ser individuales o realizadas de forma colectiva, con la participación de varios artistas. Y deberán ser inéditas y desarrollarse en el campo de las artes visuales. Para dejar claro el ámbito de estas últimas, se entiende como tales: la pintura, la escultura, la instalación de montajes, el dibujo, el grabado, la fotografía, los procedimientos mixtos, el arte digital, el arte sonoro, el videoarte, las performances, el arte de acción o cualquier otra modalidad de lenguaje visual.

Al menos un 50% de la ayuda solicitada ha de materializarse en Extremadura

Los proyectos que se presenten deben implicar la realización de una inversión en el territorio de la comunidad autónoma de Extremadura, como mínimo, del 50% de la ayuda solicitada. Y no serán objeto de esta convocatoria los proyectos de producción y desarrollo de largometrajes, mediometrajes y cortometrajes.

En cuanto a los gastos subvencionables que incluye esta línea de ayudas, figuran:

  • Los gastos de creación y difusión artística directamente relacionados con la actividad subvencionada. Como los gastos generales (alquiler, personal, mensajería, material de carácter no permanente, etcétera) directamente vinculados a la actividad subvencionada.
  • La publicidad contratada, en su caso, para la difusión del proyecto. Sin tener en cuenta el tipo de formato de esta.
  • Los tributos serán subvencionables cuando el beneficiario de la subvención los abone efectivamente. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.
  • Los costes indirectos habrán de imputarse por el beneficiario al proyecto o la actividad subvencionada en la parte que razonablemente corresponda de acuerdo con principios y normas de contabilidad generalmente admitidas. Y, en todo caso, en la medida en que tales costes correspondan al periodo en que efectivamente se realiza el proyecto o la actividad.

El plazo para solicitar las ayudas finaliza el próximo 12 de junio

La cuantía de las ayudas será la solicitada por los interesados, si bien la cuantía máxima de las mismas no podrá superar los 5.000 euros por actividad subvencionada. Y en ningún caso, el importe de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.

Así, los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales y los gastos periciales para la realización del proyecto o la actividad subvencionada y los de administración específicos son subvencionables únicamente si están relacionados de manera directa con el proyecto o la actividad subvencionada. Y siempre que sean indispensables para la adecuada preparación o ejecución del mismo.

El plazo para solicitar estas subvenciones finalizará el 12 de junio de 2024. El procedimiento de concesión se realizará bajo el régimen de concurrencia competitiva.  Y, en todo caso, en los seis Puntos de Acompañamiento Empresarial existentes (Plasencia, Cáceres, Badajoz, Villanueva de la Serena, Don Benito y Mérida) es posible conseguir más información y aclarar cualquier duda al respecto de estas subvenciones. Se puede conseguir cita previa en este enlace.