Estas son las CCAA donde ya se bonifica el 100% de las cotizaciones a los emprendedores

Canarias se suma a las comunidades autónomas que han ofrecido la 'Cuota Cero' a los nuevos autónomos

El presidente y el vicepresidente de Canarias confirmaron el pasado viernes la puesta en marcha de la llamada 'Cuota Cero' para autónomos. Junto a ello se pretende reducir un 30% los trámites administrativos que sufren los trabajadores por cuenta propia.
Canarias se suma a las comunidades autónomas que han ofrecido la 'Cuota Cero' a los nuevos autónomos

Según informó el pasado viernes el portal del Gobierno de Canarias, el presidente, Fernando Clavijo, y el vicepresidente, Manuel Domínguez, confirmaron al presidente de la Asociación de Trabajadores Autónomos, Lorenzo Amor, la implantación de la ‘Cuota Cero’ para nuevos autónomos canarios partir del 1 de enero de 2024. Una medida que vienen negociando con ATA Canarias desde el pasado 5 de agosto, tal y como anunció a este medio su recién nombrado presidente, Pedro Andueza. Además, esta nueva ayuda viene acompañada de “una reducción del 30% de los trámites administrativos de la Comunidad Autónoma que afectan a los autónomos y del tiempo que tardan en completarlos”. Se trata de medidas para otorgar “apoyo pleno” a los más de 139.000 autónomos de las islas, aseguró el Gobierno canario. 

La reforma del sistema de cuotas que deben abonar los autónomos a la Seguridad Social ha llevado en 2022 y 2023 a que distintas comunidades hayan decidido reforzar los incentivos al inicio de la actividad por cuenta propia. Tal el caso de la ‘Cuota Cero’, la nueva medida adoptada por el Gobierno de Canarias, que sigue la senda de otras CCAA que ya la han implementado.

Esta bonificación para los autónomos que inicien su actividad, ya bajo el nuevo sistema de cotización por ingresos reales, permitirá la bonificación de 100% de la cuota mensual a la Seguridad Social hasta un máximo de 24 meses. Los autónomos canarios que pueden beneficiarse de esta bonificación se han unido, así, a los de otras comunidades, como Madrid, Andalucía o Murcia.

La ‘Cuota Cero’ en Canarias 

El objetivo de este paquete de medidas, es “poner a los autónomos en el centro de la política económica del Gobierno autonómico”, ya que ellos son “los que generan empleo y levantan la verja cada día” según Clavijo. Resaltó, además, el compromiso para reducir la burocracia que “aleja al ciudadano del servicio público y es una pérdida de tiempo y dinero para los emprendedores”. El vicepresidente corroboró las palabras del presidente añadiendo la necesidad de trabajar por ellos ya que son los que “sostienen la economía”. Si bien se aplicará a partir del 1 de enero de 2024 “debido a la incertidumbre presupuestaria”, el objetivo es que sea una “medida estructural para toda la legislatura”.

Tal y como se recoge de los datos de la Seguridad Social, Canarias cerró julio con 139.264 autónomos y representan un 15,8% del total de afiliados a la Seguridad Social en las Islas. En el un año se contabilizaron 3.000 trabajadores por cuenta propia más en Canarias, lo que equivale a un crecimiento del 2,1% en los últimos doce meses. En estas cifras destaca el crecimiento de mujeres emprendedoras, un 30% más que el de los hombres.

Se cumplen así las premisas de Aduenza sobre la necesidad de dar “oxígeno a los autónomos para sobrevivir”, ya que a pesar de que celebró los buenos datos, “una de cada tres actividades por cuenta propia no supera los tres años de vida” en la región, con lo que resaltó a este diario la importancia de potenciar cualquier medida fiscal que favoreciera a los autónomos.

¿Cómo se va a implementar la Cuota Cero en Canarias?

En Canarias, la ‘Cuota Cero’ para nuevos autónomos bonificará el 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social de los autónomos durante los dos primeros años. Al igual que en otras comunidades, durante el primer año gozará al completo de esta cuota independientemente de los ingresos que perciba el interesado, es decir, aunque estén por encima del Salario Mínimo Interprofesional. Posteriormente, durante el segundo año, si tiene ingresos inferiores al SMI (1.080 euros) podrá beneficiarse de la bonificación del 100% durante otro año más.

Los requisitos para beneficiarse de la ayuda son no haberse dado de alta como autónomo en los dos últimos años; no estar en situación de pluriactividad; no ser autónomo colaborador; no tener deudas pendientes con Hacienda o la Tesorería; y estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

‘Cuota Cero’ en Andalucía 

La Junta de Andalucía publicó el pasado 3 de julio la Orden por la que aprobaron las bases reguladoras para acogerse a la bonificación del 100% de la cuota, hasta un máximo de 24 meses, a la que tienen derecho todos los trabajadores por cuenta propia que se hayan dado de alta a partir del pasado 1 de enero de 2023 a la cuota estatal reducida. El primer año de bonificación se aplica de manera independiente a los ingresos netos del autónomo. A partir del segundo, percibirá la subvención si los rendimientos del trabajador por cuenta propia son iguales o menores al SMI.  

Los trabajadores por cuenta propia que resulten beneficiarios de la Cuota Cero y cumplan el requisito de estar doce meses dado de alta en el RETA recibirán un pago único por el devengo de las cuotas de 1.020 euros del primer año. Si pertenecen a los autónomos que tienen la posibilidad de acogerse a esta subvención por dos años, cobrarán 2.040 euros (y tendrán que demostrar que sus rendimientos netos no superan el SMI). Según declaró en rueda de prensa Rocío Blanco, el mecanismo se abrirá a partir de enero de 2024, ya que la ayuda “depende directamente de la Tarifa Plana”, con lo que hay que esperar para que los autónomos “acrediten que han estado acogidos durante 2023 a ella”.

Requisitos para disfrutarla:

  • Estén dadas de alta, en la fecha de presentación de la solicitud, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social o en el grupo primero de cotización del Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.
  • Desarrollen una actividad económica o profesional en Andalucía, con carácter previo a que se dicte la resolución de la concesión.
  • Encontrarse en alguno de los siguientes supuestos, con carácter previo a que se dicte la resolución:
    • Haber sido beneficiarias de la cuota reducida regulada en el apartado 1 del artículo 38 ter de la Ley 20/2007, de 11 de julio, a contar desde la fecha de efectos del alta y durante los dos meses naturales completos siguientes.
    • Personas autónomas que teniendo un grado de discapacidad igual o superior al 33%, o siendo víctimas de violencia de género o de terrorismo, continúen siendo beneficiarias de la cuota reducida.
    • Haber sido beneficiarias de la cuota reducida regulada en el apartado 2 del artículo 38, durante los 12 meces naturales completos siguientes desde que finalice el periodo inicial, es decir, durante los meses 13 y 24. 
    • Haber sido beneficiario de la bonificación regulada en el artículo 38 bus de la Ley 20/2007, de 11 de julio, a contar desde la fecha de la reincorporación al trabajo y durante los 12 meses inmediatamente siguientes.
    • Seguir siendo beneficiario de la bonificación regulada en el artículo 38 bis de dicha ley, durante los 12 meces naturales completos siguientes desde que finalice el periodo inicial, es decir, durante los meses 13 y 24. 

'Cuota Cero' en Baleares

Las islas Baleares anunció esta ayuda solo para los autónomos menores de 35 años y a las mujeres emprendedoras. Esta medida se incluyó en los presupuestos de la CCAA para 2023. El jefe de prensa de la Consejería de Trabajo, Comercio e Industria, Xim Fuster, adelantó a este medio que aún “no se había concretado ninguna fecha para que los nuevos afiliados al RETA de Baleares puedan disfrutar de la ‘Cuota Cero’.

En principio, a los trabajadores por cuenta propia se les seguirá cobrando mensualmente su cuota a la Tesorería y, posteriormente, el gobierno balear les devolverá el importe de lo que hayan abonado en el caso de que sean beneficiarios. Al igual que en otras comunidades, la ayuda es una bonificación exclusiva para los autónomos que se den por primera vez de alta o hayan estado más de dos años sin actividad desde su última baja en el RETA hasta el momento de solicitud de la ayuda. También podrán bonificarse hasta un máximo de 24 meses sus cotizaciones. 

'Cuota Cero' en Extremadura

El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha aprobado recientemente un Decreto Ley de Medidas Urgentes que incluye la ‘Cuota Cero’ junto con una subvención que cubrirá la cotización mensual durante un año estimada en 960 euros. El paquete de medidas incluye una rebaja en los dos primeros tramos del IRPF, que afectarán principalmente a las rentas inferiores a 22.200 euros, así como la bonificación del 100% del impuesto de patrimonio.

'Cuota Cero' en La Rioja 

La presidenta del Gobierno autonómico, Concha Andreu, anunció la bonificación al 100% de la cuota a la Seguridad Social de los nuevos trabajadores por cuenta ajena que se acogieran a la ‘Tarifa Plana’ 80 euros mensuales durante el primer año, tal y como recogió este medio el pasado febrero.

En aquel momento, Andreu mencionó que “supondría otorgar una subvención a cada nuevo autónomo o autónoma de 960 euros anuales”, y estimó que “podría beneficiar a 1.000 nuevos autónomos en La Rioja”, con lo que era necesario “articular una partida presupuestaria de un millón de euros a través del Plan Estratégico de Subvenciones 2023 de ADER”, si bien aún no se han publicado las bases. 

'Cuota Cero' en Murcia 

Según se hacía eco este medio el pasado febrero, Murcia, primera en implementar esta ayuda, publicó las bases en el Boletín de la Región Oficial de Murcia para la ayuda de la ‘Cuota Cero ampliada’. Aquellos autónomos que resulten beneficiarios, además de la una ayuda del 100% de la cuota en los dos primeros años de actividad, recibirán una ayuda inicial para el establecimiento de la actividad de 1.000 euros. 

Requisitos para disfrutarla:

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas con la Seguridad Social. Dichos requisitos deberán acreditarse con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión.
  • Asumir el compromiso de cumplimiento del apartado VI del Código de Conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas de la Región de Murcia. 

Requisitos para disfrutarla con la ayuda al establecimiento de la actividad:

  • Estar desempleado no ocupado, al menos en el día inmediatamente anterior a la del alta en RETA en la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Estar dado de alta en el RETA para el desarrollo de la citada actividad económica, que constituye el hecho subvencionable.
  • Desarrollar la actividad económica y disponer de domicilio fiscal en la Región de Murcia.
  • Estar dado de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas a título personal o, en su caso, estarlo la sociedad civil profesional (SCP), la comunidad de bienes (CB), la unidad económica carente de personalidad jurídica de la que forme parte para realizar la actividad que motiva la concesión de la subvención (ESPJ) o la sociedad de carácter unipersonal.

'Cuota Cero' en Madrid

La Comunidad de Madrid publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) el pasado mes de enero los requisitos y el procedimiento para que los autónomos soliciten la Cuota Cero en 2023.

Los autónomos madrileños que se den de alta en el RETA disfrutarán de la bonificación del 100% de la cuota durante su primer año de actividad, siempre y cuando se acojan a la Tarifa Reducida. Al igual que Andalucía o Murcia, la bonificación podría extenderse hasta los 24 meses en los casos en los que los trabajadores por cuenta propia no superen los rendimientos equivalentes al Salario Mínimo Interprofesional durante el primer año de actividad.

Requisitos para disfrutarla:

  • Que disfruten de la Tarifa Reducida aprobada por el Gobierno para este año durante, al menos, los 12 meses naturales completos siguientes a la fecha de alta en el RETA.  
  • Los autónomos que disfruten de la extensión de esta Tarifa Reducida por rendimientos económicos netos por debajo del SMI.
  • Los trabajadores por cuenta propia que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33% y que hayan disfrutado de la cuota reducida durante 24 meses naturales completos. 
  • Los autónomos víctimas de violencia de género o de terrorismo que hayan disfrutado de la cuota durante 24 meses naturales completos. 
  • Las mujeres autónomas que, después de haber cesado su actividad por maternidad, recuperen su actividad dentro de los dos años inmediatamente posteriores a la fecha del cese. 
  • Los trabajadores por cuenta propia beneficiarios de la prestación por el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, y que hayan disfrutado de la cuota reducida durante la percepción de esta prestación.