Las ordenanzas fiscales de Madrid para el 2024 vienen con novedades para autónomos y negocios
La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid ya ha iniciado la tramitación de las ordenanzas fiscales para el año 2024, que serán aprobadas en próximas fechas por la Junta de Gobierno. Para los autónomos y pequeños negocios incluyen una serie de novedades.
La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid ya ha iniciado la tramitación de las ordenanzas fiscales para el año 2024, que serán aprobadas en próximas fechas por la Junta de Gobierno. Para los autónomos y pequeños negocios incluyen una serie de novedades en materia de bajada de impuestos y de reducción de la presión fiscal.
La bajada de impuestos más significativa que se ha anunciado para la ciudad de Madrid es una rebaja del tipo general del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). En concreto, pasará del 0,456% actual a un 0,442%. De esta medida se beneficiarán 2,2 millones de recibos, entre ellos autónomos, pequeños y medianos empresarios, que se ahorrarán en su conjunto 30,5 millones de euros. La nueva bajada del tipo general del IBI no solo beneficia a los 1,5 millones de inmuebles de uso residencial, sino también aquellos que se han visto más castigados por la escalada los precios: los 95.500 locales de uso para establecimientos comerciales, 30.000 oficinas, más de 11.000 naves de uso industrial y 7.500 locales de ocio.
En la capital, el 78 % de los inmuebles tienen un valor catastral por debajo de los 150.000 euros. Esta nueva bajada del tipo del IBI convertirá Madrid en la tercera capital de provincia con el tipo general del IBI, más bajo de España. Sólo estaría por detrás de Santander y de Zaragoza que tienen el 0,400 %. En 2024, El IBI de Madrid sería mucho más bajo que en ciudades como Valladolid, Barcelona, Sevilla, Valencia y Cádiz, que, según el último ranking tributario de 2023, tienen el porcentaje de este impuesto en el 0,61% , 0,66 %, 0,67 %, 0,72 % y 0,74 %, respectivamente.
Pero también se establece una bonificación del 50 % de la cuota del IBI para los inmuebles de uso de ocio, hostelería y comercial que sean declarados establecimientos o locales centenarios.
Bonificaciones en plusvalías mortis causa
Se mantienen los porcentajes de la bonificación del impuesto de plusvalía por transmisiones mortis causa a favor de ascendientes, descendientes y cónyuge hasta el 95 %, en función del valor catastral para vivienda habitual y local de negocio:
- Del 95 %, si el valor catastral del suelo es inferior o igual a 60.000 euros.
- Del 85 %, si el valor catastral del suelo es superior a 60.000 euros y no excede de 100.000 euros.
- Del 70 %, si el valor catastral del suelo es superior a 100.000 euros y no excede de 138.000 euros.
- Del 40 %, si el valor catastral del suelo es superior a 138.000 euros.
Bonificaciones para estimular el empleo y la sostenibilidad medioambiental
Se ha acordado restablecer una serie de medidas para estimular el empleo y la sostenibilidad medioambiental, ya que éstas habían decaído como consecuencia de la prórroga del presupuesto del año en curso. Así, cualquier negocio que inicie su actividad estará exento del pago de la cuota del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) durante los dos primeros ejercicios impositivos. Además, tras la aprobación de las nuevas ordenanzas se restablecerán, con carácter definitivo, la bonificación del 50 % de la cuota municipal a estos autónomos o empresario, aplicable durante los periodos impositivos tercero y cuarto posteriores al inicio de su actividad; así como la bonificación por creación de empleo, también de hasta el 50 % de la cuota municipal.
Se mantiene la reducción en la cuota de la tasa del servicio de gestión de residuos urbanos de actividades, que se implantó en 2020. De manera que se reducirá en un 70 % en caso de inicio de actividad durante los dos primeros periodos impositivos.
Igualmente, se mantiene la propuesta de bonificaciones fiscales dirigidas a promover la implantación de energías renovables en los edificios residenciales y de negocios. En este apartado, se establece la bonificación del 50 % del IBI para los inmuebles de uso no residencial con el límite del beneficio fiscal en este impuesto del 50 % del coste real de la obra. También se fija una bonificación del 50 % de la cuota del IAE para la instalación de sistemas de aprovechamiento de la energía solar y geotérmica.
Así mismo, dentro de la Estrategia Madrid 360, se mantiene una bonificación de entre el 10 % y el 50 % en la cuota del IAE para los negocios de la ciudad de Madrid que implanten planes de transporte que afecten al menos al 20 % de su plantilla, mediante la adquisición de abonos anuales de transporte público o a través de la contratación del servicio de transporte. Esta medida pretende mejorar la eficiencia energética y contribuir al cambio de pautas en los desplazamientos de los trabajadores de la ciudad de Madrid.
También se aumenta de tres a cinco años el periodo para aplicar las bonificaciones por aprovechamiento de energía solar.