Según una sentencia del Tribunal Superior de Andalucía

Los negocios podrían aprobar los planes de igualdad obligatorios sin acuerdo con los empleados

Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Andalucía abre la posibilidad a que los planes de igualdad obligatorios en los negocios se aprueben sin necesitar un acuerdo con los trabajadores, siempre que éstos bloqueen o dilaten la negociación.
Los jueces abren la posibilidad a que los planes de igualdad se aprueben sin necesidad de negociación.
Los jueces abren la posibilidad a que los planes de igualdad se aprueben sin necesidad de negociación.
Los negocios podrían aprobar los planes de igualdad obligatorios sin acuerdo con los empleados

Los autónomos y negocios podrán aprobar sus planes de igualdad obligatorios sin necesidad de llegar a un acuerdo con los sindicatos o los representantes de los trabajadores. Así lo ha considerado una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que permite la aprobación de estos documentos siempre que los asalariados bloqueen o dilaten su negociación.  

Desde hace más de un año -marzo de 2022-, todos los negocios con más de 50 asalariados a su cargo están obligados a contar con un Plan de Igualdad. Sin embargo, la aprobación de muchos de estos planes se encuentra paralizada debido a las dificultades para llegar a un acuerdo con los representantes de los trabajadores. Sobre todo, en los casos donde el negocio no cuenta con delegados sindicales.

En estas situaciones, “deben negociarlo directamente con los sindicatos más representativos del sector. Cuando les llaman, éstos están tan desbordados con los planes de igualdad que se paraliza la negociación”, explicó a este diario, hace ya unos meses, Luis San José, abogado laboralista del despacho AGM Abogados. 

Así, el TSJ de Andalucía consideró que la obligación de disponer de los permisos de igualdad es responsabilidad de los negocios –no hacerlo podría suponer sanciones de hasta 7.500 euros-, por lo que su aprobación no puede estar condicionada a la respuesta de los sindicatos o los representantes de la plantilla ante la empresa. 

La Inspección de Trabajo pone el foco sobre las medidas y planes de igualdad en los negocios durante 2023 

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) se ha puesto como objetivo vigilar de manera especial durante 2023 el cumplimiento de las diferentes medidas que han entrado en vigor durante los últimos años en materia de igualdad. Así se contempla en el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2021-2023, que establece, entre otras cuestiones, que: 

  • Se intensificará la campaña sobre control de planes y medidas de igualdad, así como la de discriminación retributiva, prestando especial atención a las nuevas obligaciones sobre esta materia, incluido el registro retributivo que todas las empresas, independientemente de su tamaño, están obligadas a mantener. 
  • Se intensificarán las actuaciones en materia de acoso sexual y acoso por razón de sexo, prestando especial atención a la planificación llevada a cabo para prevenir y erradicar dichas situaciones. 

Ante esta advertencia, los autónomos con asalariados y los pequeños negocios también deberán vigilar especialmente el cumplimiento de las medidas de igualdad en sus empresas. Dependiendo del número de asalariados, éstas son diferentes, aunque todas pueden conllevar importantes sanciones económicas que podrían poner en riesgo, en algunos casos, la viabilidad de los propios negocios. 

Por ejemplo, en el caso de los registros retributivos. Desde abril de 2021, todos los negocios, desde un autónomo con un empleado a su cargo hasta las multinacionales, están obligados a contar con un informe actualizado que muestre que todos los asalariados con el mismo puesto y funciones cuentan con el mismo salario, de manera independiente a su género. Incumplir con esta obligación podría conllevar una sanción de hasta 7.500 euros por parte de la Inspección de Trabajo

Por último, además de los planes de igualdad –que sólo aplica para las empresas de más de 50 trabajadores- y los registros retributivos, no contar con un Plan de Acoso Sexual podría comportar sanciones, incluso, más graves. Todos los trabajadores por cuenta propia con asalariados a su cargo están obligados a contar con uno, en el que se contemplen las pautas que permiten identificar una situación de acoso en el trabajo, una serie de medidas para prevenirlo y los procedimientos a seguir en caso de que se produzca una situación de este tipo. 

“Es necesario recordar que, si se da una denuncia de este tipo por parte de un asalariado y el autónomo no dispone del protocolo, se puede imponer la sanción más grave, que podría llegar a los 225.000 euros”, concluyeron los expertos consultados por este medio.