Dos claves fundamentales para que no sea nulo

¿Qué debes mirar antes de firmar un contrato de franquicia?

El contrato de franquicia está divido en dos aspectos clave que todo autónomo que apueste por esta forma de emprendimiento debería conocer. Según cómo se redacte, el contrato puede llegar a ser nulo o contrario a la libre competencia. 

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¿Qué debes mirar antes de firmar un contrato de franquicia?

La franquicia es una forma de emprender por la que los autónomas apuestan cada vez más. El año pasado, el sector creció un 5,4% respecto al ejercicio anterior, llegando a representar el 11,1% del comercio al por menor en España. A pesar de su crecimiento, la franquicia vive actualmente en un limbo legal, pues no existe una norma que regule su ejercicio. En este momento, su actividad sólo está condicionada jurídicamente por los contratos que se firman entre franquiciado y franquiciador.

El contrato de franquicia es, por tanto, la piedra angular de una franquicia y, tal como aseguró Santiago Barbadillo, presidente de Barbadillo y Asociados, lo que “no está en el contrato no existe. Y lo que esté en el contrato es a lo que hay que atenerse ”. Por lo tanto, la redacción y firma del contrato de franquicia es fundamental para el autónomo que apueste por esta fórmula, porque será la única base legal que se tenga para negociar en el caso de que las cosas vayan mal.

“Lo ideal de un contrato de franquicia es firmarlo, meterlo en un cajón y no volver a mirarlo, ya que eso es señal de que las cosas van bien y no es necesario mirar entre las cláusulas para ver dónde se puede meter mano” explicó Barbadillo.

En este sentido conocer lo qué es un contrato de franquicia es fundamental. El presidente de Barbadillo y Asociados definió el contrato como “una relación atípica, ya que no hay una ley específica que regule la actividad de la franquicia. Por lo tanto, el contrato es el documento que contiene la voluntad teórica de los contratantes, es decir, entre franquiciador y franquiciado”.

Dos claves del contrato de franquicia

Un emprendedor que se enfrente por primera vez a un contrato de franquicia “debería de asesorarse primero, porque hay una serie de particularidades en el contrato que son muy específicas y porque pueden establecerse una batería de obligaciones que pueden ser o no legales en relación con la libre competencia” apuntó Santiago Barbadillo.

Barbadillo y Asociados explicó que, aunque cada contrato de franquicia suele ser distinto, hay dos aspectos o dos partes fundamentales:

1.- Los detalles del contrato

En la primera parte del contrato se recogen los principales detalles del mismo, que previamente han debido ser pactados. En ellos se incluye, por ejemplo:

  • Canon de entrada.
  • Royalties.
  • Duración del contrato
  • Renovación o no
  • Asignación de zonas de exclusividad
  • Periodos de formación
  • Apoyo en la apertura

“Todas estas condiciones, que son bastante esenciales, deberían haberse pactado entre franquiciado y franquiciador  antes de elaborar el contrato y deben estar recogidas tal y como las hayan pactado” detalló Barbadillo.  

2.- Las obligaciones de ambas partes

Esta parte es lo que el presidente de Barbadillo y Asociados considera el “corazón” del contrato de franquicia, ya que recoge las obligaciones de las dos partes y la resolución en caso de incumplimiento. Además, en caso de no cumplirse estas obligaciones, se establece cuál es el protocolo que hay que seguir. “Es una cuestión importantísima dentro del contrato de franquicia y ojalá no sea necesario acudir a ellas, pero si la relación no va bien, se acude específicamente a esta parte”.

Esta parte esencial del contrato recogerá todas las obligaciones tanto del franquiciado como del franquiciador y es, concretamente, dónde se encuentran ‘los trucos’ del contrato de franquicia ya que “los franquiciadores -quienes habitualmente son los encargados de redactar los contratos- imponen una serie de obligaciones que en algunos casos pueden ser restricciones de la libre competencia y que, por lo tanto, no son válidos.  Entonces, el franquiciado debe conocer, antes de firmar nada, qué cláusulas son legales y cuales, aunque lo diga el contrato, son nulas".

En muchas ocasiones, el emprendedor termina firmado algo que es nulo, porque no tiene conocimiento de que así lo sea y está “presionado” por el franquiciador. En palabras de Barbadillo, el franquiciador ejerce un poder “jerárquico que no está amparado por una ley”.

Normalmente, los contratos de franquicia suelen tener entre 20 y 30 especificaciones de este estilo, pero Santiago Barbadillo destaca tres:

  1. La imposición de precios: el franquiciado no tiene obligación de seguir la política de precios que le marca el franquiciador para la comercialización de productos y servicios. “Si esto está en el contrato es una restricción de la libre competencia no permitida, y el franquiciado debería llamar la atención al franquiciador. Es un fallo muy grave, el franquiciador solo puede determinar los precios máximos, pero no los mínimos”.
  2. Impedir las ventas pasivas: las ventas pasivas son aquellas que están motivadas por la propia voluntad del cliente, es decir si un cliente está asignado a una zona que corresponde a un franquiciado, y este cliente quiere comprar en una zona distinta, el consumir puede hacerlo, nadie le puede impedírselo. “No se puede forzar a un cliente a que canalice su demanda a través de un determinado punto de venta o franquiciado” explica Santiago Barbadillo. Este aspecto es muy importante, porque se considera venta pasiva las ventas por internet.
  3. No es imposible que un franquiciado sea suministrador de otro franquiciado de la red siempre y cuando sean los productos que determina el franquiciador. Por ejemplo: el franquiciado de una tienda en Valladolid, puede suministrar al franquiciado de Salamanca, siempre y cuando así se haya acordado. El franquiciado no puede impedir dicha transacción.

Por otro lado, sí que existen una serie de acciones que el franquiciador puede impedir que comenta el franquiciado. Una ellas es la limitación de las ventas activas, es decir prohibir que un franquiciado realice campañas de marketing fuera de su zona de actuación, cuando en dicha zona esté ocupada por otro franquiciado.

No cumplir las normas

El contrato de franquicia no es otra cosa que la manifestación del acuerdo de las dos partes, pero según Barbadillo, “tiene truco porque es el franquiciador quien hace el contrato y el franquiciado desconoce el terreno en el que se está moviendo y termina aceptando un modelo de contrato en el que no ha intervenido”. Por ello, siempre se establecen cláusulas en caso de incumplimiento del contrato que acaban con la resolución del contrato.