¿Qué es el finiquito y cuándo debes pagarlo a un trabajador?
Si eres un autónomo y te ves en la dura obligación de despedir a unos de tus trabajadores, es bueno conocer las singularidades sobre su finiquito, un pago obligatorio. No debe confundirse con la indemnización que depende de las causas del despido.
La mayoría de los autónomos empleadores tiene que enfrentarse alguna vez en su vida profesional a la dura decisión de tener que despedir a algún trabajador. La firma de un finiquito, cuando acaba la relación laboral con un empleado, es obligatoria.
Hay ocasiones en las que se confunde el finiquito con la indemnización, cuando son dos conceptos totalmente diferentes. El finiquito es la suma de todos los conceptos que se le adeuda al trabajador, mientras que la indemnización es la compensación económica por haber sufrido un despedido de manera improcedente.
¿Qué es el finiquito?
El documento de liquidación, saldo y finiquito, comúnmente conocido como finiquito, es el documento que refleja las cuentas que tiene pendiente la empresa con el empleado en el momento en que se rompe la relación profesional.
El autónomo tiene la obligación de liquidar vacaciones, pagas extra y los días que el empleado ha trabajado del mes, entre otros conceptos. Esta liquidación es obligatoria tanto si se trata de un despido como si el trabajador abandona el empleo de motu proprio.
Del mismo modo, también se suele abonar el finiquito cuando el empleado va a iniciar una excedencia, ya que no existe la certeza de que éste se reincorporé a su puesto de trabajo.
¿Qué elementos debe incluir un finiquito?
No existe un formato oficial como tal. Lo más normal es optar por uno parecido a la nómina, pero cualquier modelo es válido si cumple los requisitos necesarios. Lo que sí debe contemplar obligatoriamente este documento es la forma en que se pagarán las cantidades liquidadas.
El documento del finiquito debe contener necesariamente las identificaciones tanto del negocio como del empleado, las cantidades que adeudadas y la fecha en la que se firma por parte del trabajador. Firmarlo implica que no quedan cuentas pendientes entre las partes.
Además de esta información, el finiquito debe incluir los conceptos pendientes a fecha de finalización de la relación laboral entre empleador y empleado:
- Cantidades que el autónomo debe al empleado: Tienen que figurar en bruto y aplicarles las correspondientes retenciones y cotizaciones. Pueden ser por los siguientes conceptos:
- Salario de los días del mes en los que se produce el despido.
- Vacaciones no disfrutadas: Si el trabajador ha generado el derecho a vacaciones que no ha disfrutado, el autónomo tendrá que abonar esos días y cotizarlos a la Seguridad Social.
- Pagas extraordinarias: El trabajador tiene derecho a una parte proporcional de las pagas extra. Esta cantidad variará en función de si las pagas están prorrateadas, o de si son semestrales o anuales.
- Horas extras: El finiquito debe incluir las horas extras que se han realizado y que no se hubieran pagado todavía.
- Pluses o incentivos: El finiquito debe incluir la parte proporcional de los pluses o incentivos pactados en el contrato según el tiempo trabajado, siempre que el convenio o el acuerdo que establezca el plus no obligue a tener que formar parte del negocio en el momento del devengo.
- Cantidades que el trabajador debe al autónomo: El empleado puede deber dinero al negocio por los siguientes conceptos:
- Vacaciones disfrutadas de más: Si el empleado ha disfrutado de todos los días de vacaciones que corresponden por año, pero no ha completado el año laboral, habrá recibido más días de vacaciones que las que le corresponden. Por este motivo, el autónomo podrá descontar los días de vacaciones que se han disfrutado de más.
- Falta de preaviso de la baja voluntaria: El trabajador debe dar un preaviso al presentar una baja voluntaria, que por lo general es de 15 días. El negocio puede descontar estos días que falten de preaviso. No obstante hay convenios que establecen penalizaciones superiores que pueden llegar a los dos días por cada día de preaviso que falte.
- Anticipos recibidos: Si el negocio ha entregado un anticipo al empleado, éste puede reclamárselos, según el caso.
Plazo para recibir el finiquito
- En el caso de que el finiquito venga por un despido o por el fin de un contrato, el autónomo debe entregarlo junto con la propia carta de despido, en caso de que no haya dado al empleado dos días de preaviso.
En el caso de que si se hayan dado estos días, el finiquito se te presentará el último día de trabajo para poder ajustar las cantidades a esta fecha.
- Si es el empleado el que presenta la baja voluntaria, también se le tendrá que aportar el último día de trabajo. Sin embargo, si el trabajador no preavisa, el finiquito no tiene por qué estar listo para esta fecha. En principio, el autónomo no está obligado a cumplir con un plazo concreto, pero sí debe hacerlo cuanto antes.