El 31 de marzo se cerró el formulario y se abrió el plazo de pagos

La Agencia Tributaria explica cuándo cobrarán los autónomos la ayuda de 200 euros por bajos ingresos

La Agencia Tributaria confirmó a este diario que ya se ha empezado a pagar las nuevas ayudas de 200 euros a autónomos y otros colectivos con bajos ingresos que solicitaron el cheque. Éste es el tiempo que pueden tardar en recibir la subvención en su cuenta.
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La Agencia Tributaria aclara cuándo cobrarán los autónomos la ayuda de 200 euros por bajos ingresos
La Agencia Tributaria explica cuándo cobrarán los autónomos la ayuda de 200 euros por bajos ingresos

Hacienda ya ha empezado a pagar los primeros cheques de 200 euros a los autónomos y demás personas con bajos ingresos que solicitaron la nueva ayuda antes del pasado 31 de marzo. Según confirmaron fuentes de la Agencia Tributaria a este diario, desde el mismo día 1 de abril, un día después de que se cerrara el plazo de solicitud, se empezaron a hacer los primeros pagos de esta subvención a los beneficiarios que cumplen los requisitos.

Según avanzó la Agencia Tributaria en su apartado de preguntas frecuentes, los autónomos y demás personas físicas con bajos ingresos y patrimonio tenían de plazo desde el pasado 15 de febrero y hasta el próximo 31 de marzo de 2023 para enviar la solicitud de la nueva ayuda de 200 euros. El pasado viernes a las 23.59, Hacienda cerró el formulario que habilitó y comenzó la nueva fase de resolución y pago de las ayudas a los beneficiarios.

Ahora mismo, según confirmaron fuentes de la Agencia Tributaria a este diario, se están pagando ya las ayudas. No obstante, algunas van a tardar más que otras ya que hay que "repasar todos los datos de los solicitantes para ver que cumplen los requisitos. Por ejemplo, la información de las comunidades sobre parejas de hecho, que todavía nos faltan, o información sobre declaraciones de RENTA".

 ¿Cuánto tiempo puede tardar la Agencia Tributaria en pagar las nuevas ayudas?

Esta nueva ayuda de 200 euros contaba con dos fases. En la primera de ellas, que duró hasta el 31 de marzo, Hacienda recabó a través del formulario dispuesto en su página web todas las solicitudes de varios millones de personas que pidieron esta ayuda. La segunda de ellas, arrancó hace escasos días y en ella se resolverán todas las solicitudes, y se pagarán aquellas que estén aprobadas y cumplan los requisitos.

Según explicó la Agencia Tributaria en su sede electrónica, el plazo para ingresar la ayuda es de tres meses contados a partir de la fecha de finalización del plazo para presentar el formulario. Por tanto, siendo el último día de plazo para solicitar la ayuda el 31 de marzo de 2023, el plazo para que sea ingresada será el 30 de junio de 2023.

La ayuda se abonará mediante transferencia bancaria. Por tal motivo, advirtieron desde la AEAT, "es necesario indicar una cuenta bancaria titularidad del solicitante para poder efectuar el pago de la ayuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación del formulario sin haberse efectuado el pago, la solicitud podrá entenderse desestimada".

¿Cómo pueden consultar los autónomos si ya se les ha concedido el cheque de 200 euros?

La consulta de la solicitud se puede hacer en la sección que ha habilitó la Agencia Tributaria en su sede electrónica a estos efectos. Como se puede observar en la captura a continuación, en el apartado que se dedicó a la nueva ayuda está la opción de "Consulta de solicitudes presentadas".

Captura

Según explica la Agencia Tributaria, tras pinchar en el enlace, el acceso a la consulta de las solicitudes presentadas requerirá de identificación mediante certificado electrónico,DNIe o Cl@ve PIN. En el formulario aparecerá cumplimentado por defecto el NIF de la persona que se ha identificado, el modelo "GAS - GESTIÓN DE AYUDAS SECTORIALES DIRECTAS" y el ejercicio "2023".

Tras ello, el autónomo debe pulsar en "Buscar"; el resultado de la búsqueda se compone de varias columnas, "Desistir", "Tipo de ayuda", "Observaciones", "Expediente", "Fecha y hora de presentación", "Obtención de Justificante" y "Descarga fichero presentado".

Búsqueda y resultado consulta ayuda 200 euros

Para obtener el justificante y el formulario cumplimentado de la solicitud presentada, el autónomo deberá hacer clic en "Ver" de la columna "Obtención de Justificante".

obtener justificante

Justificante y solicitud presentada

Si el autónomo pulsa en "Ver" de la columna "Descarga fichero presentado" obtendrá un fichero de texto con los datos presentados. Se descargará en la carpeta que tenga asignada para las descargas según el navegador que haya utilizado.

Descarga del fichero

En la columna "Observaciones" obtendrá información sobre su expediente, si está acordada la solicitud o si existe alguna incidencia.

Si desea modificar algún dato del formulario inicialmente presentado deberá dar de baja la solicitud presentada utilizando el botón "Dar de baja" de la columna "Desistir" y después presentarla de nuevo.

¿Qué ocurre si la Agencia Tributaria deniega la solicitud de la ayuda?

Cuando, a la vista de la solicitud presentada y la información de que disponga la Agencia Estatal de Administración Tributaria, no resulte procedente el abono de la ayuda, se notificará al solicitante una propuesta de resolución denegatoria, en la que se le indicarán los datos necesarios para consultar los motivos de la denegación en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria

Además, los autónomos que quieran conocer el estado de su solicitud pueden hacerlo en la sección que ha habilitado la Agencia Tributaria en su sede electrónica a estos efectos. En el apartado que se ha dedicado a la nueva ayuda está la opción de "Consulta de solicitudes presentadas".

Según explica la Agencia Tributaria, tras pinchar en el enlace, el acceso a la consulta de las solicitudes presentadas requerirá de identificación mediante certificado electrónico,DNIe o Cl@ve PIN. En el formulario aparecerá cumplimentado por defecto el NIF de la persona que se ha identificado, el modelo "GAS - GESTIÓN DE AYUDAS SECTORIALES DIRECTAS" y el ejercicio "2023".

Tras ello, el autónomo debe pulsar en "Buscar"; el resultado de la búsqueda se compone de varias columnas, "Desistir", "Tipo de ayuda", "Observaciones", "Expediente", "Fecha y hora de presentación", "Obtención de Justificante" y "Descarga fichero presentado". 

Para obtener el justificante y el formulario cumplimentado de la solicitud presentada, el autónomo deberá hacer clic en "Ver" de la columna "Obtención de Justificante". 

Si el autónomo pulsa en "Ver" de la columna "Descarga fichero presentado" obtendrá un fichero de texto con los datos presentados.   En la columna "Observaciones" obtendrá información sobre su expediente, si está acordada la solicitud o si existe alguna incidencia.

Si desea modificar algún dato del formulario inicialmente presentado deberá dar de baja la solicitud presentada utilizando el botón "Dar de baja" de la columna "Desistir" y después presentarla de nuevo.