El cambio se hará efectivo en mayo

Los autónomos tienen en abril un nuevo plazo para ajustar sus cuotas a sus ingresos reales

Los autónomos que lo deseen, tienen hasta finales de abril la oportunidad para cambiar su cuota y ajustarla a sus ingresos reales. Muchos pueden llegar a pagar menos.
Los autónomos tienen un mes para adaptar su cuota para percibir el cambio en mayo.
Los autónomos tienen un mes para adaptar su cuota para percibir el cambio en mayo.
Los autónomos tienen en abril un nuevo plazo para ajustar sus cuotas a sus ingresos reales

La Seguridad Social aún no ha aportado datos oficiales de cuántos autónomos se han adaptado ya al nuevo sistema de cotización por ingresos reales. A lo largo de este curso, los afiliados al RETA tendrán distintas oportunidades, si lo desean, de poder ajustar su cuota a sus rendimientos netos. El segundo periodo de adaptación concluye este mes de abril. De hacerlo, los trabajadores por cuenta propia tendrán una nueva cuota a partir de mayo que, en muchos casos, podría reducir la cuantía que abonan mensualmente a la Tesorería.

El pasado mes de enero, miles de autónomos vieron como su base de cotización aumentó inesperadamente un 8,6%. Si no adaptaron su cuota para paliar este incremento el pasado mes de febrero – primer periodo de adaptación al sistema – tienen una segunda oportunidad hasta finales de este mes. Tras recibir miles de consultas por parte de sus asociados y comentarios en redes sociales, la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) recordó al colectivo que la única forma de reducir la cuota y paliar esta subida es comunicar a la Seguridad Social los rendimientos netos previstos para el presente ejercicio.

Si los rendimientos netos del autónomo son inferiores a lo que le corresponde en su cuota actual, puede bajar esa base con efecto en mayo. La Seguridad Social le devolverá el exceso de cotización el año que viene.

Lo primero es comprobar si con la previsión de rendimientos netos se reduce la cuota

Uno de los primeros ejercicios que tendrán que hacer los autónomos para ajustar su cuota sus ingresos reales es cuantificar los rendimientos netos que prevén obtener a lo largo del año. Si quieren que su cuota se vea modificada -subirla o bajarla n función de sus rendimientos actuales- pueden comunicar a la Tesorería sus ingresos reales para que el cambio se haga efectivo en mayo. 

 Para calcular estos rendimientos y conocer su nueva cota, la Seguridad Social ha establecido una fórmula para determinar este importe. Esta sería la siguiente: calcular primero los rendimientos netos anuales de la actividad (ingresos menos gastos deducibles), sumarle luego todas las cuotas que ha pagado el autónomo a la Seguridad Social durante el ejercicio y restarle un 7% o un 3%, en función de si se es persona física o societario. Esto les dará como resultado la base de cotización que les corresponde. Finalmente tendrán que ubicar dicho importe en el tramo de esta tabla de cotizaciones por ingresos reales para saber la cuota:

Tabla de ingresos reales de los autónomos
Tabla de ingresos reales de los autónomos

En el caso de que la cuota resultante sea inferior a la que actualmente está pagando el autónomo tras la subida del 8,6% aprobado por el Gobierno, puede merecer la pena cambiarla y comenzar ya a cotizar en el nuevo sistema por ingresos reales. En caso contrario, se puede esperar a que la propia Seguridad Social regularice su situación.

¿Dónde deben los autónomos comunicar sus ingresos para cambiar su cuota?

La comunicación de previsión de ingresos reales, mejor llamados rendimientos netos, se realizará a través del portal de la Seguridad Social 'Import@ss'El autónomo deberá introducir sus rendimientos y, automáticamente, la Seguridad Social le informará sobre la base de cotización que le corresponde y la cuota que deberá abonar, en función del tramo dónde esté situado en función de esos rendimientos notificados.

Los autónomos que hubieran estado cotizando por bases superiores anteriormente, podrán elegir cotizar entre la mínima que les ofrece el nuevo sistema en función de su tramo o la máxima cuota que recoge el nuevo sistema. Confirmada la previsión de ingresos y, por tanto, el tramo de rendimientos netos y la cuota, 'Import@ss' será capaz de informar al autónomo sobre qué día la Seguridad Social va a proceder a pasarle el pago de la cuota.

¿Y si el autónomo ha calculado mal sus futuros ingresos o el año ha ido peor de lo que esperaba?

Si un autónomo ha pagado de más a la Seguridad Social porque o bien calculó mal sus rendimientos netos en 2023 o porque el negocio ha sufrido reveses y han bajado los ingresos, la Seguridad Social le devolverá su exceso de cotización, aunque es probable que no lo haga hasta pasados algunos meses después de que compruebe los rendimientos reales que se declaran en la RENTA. 

¿Y si mis rendimientos netos disminuyen durante el año?

En el caso de que un autónomo cotice menos de lo que ha ingresado no debe preocuparse, cada dos meses podrá corregir su base de cotización para no deberle nada a la Tesorería e incluso podrá hacerlo al final de cada ejercicio.

Por el contrario, si ha cotizado de más y no se lo puede permitir, los expertos recomiendan ajustar lo máximo posible su base a los rendimientos reales para que ese exceso de cotización no tarde en volver a la cuenta de los autónomos.

Con el nuevo sistema de cotización, los autónomos podrán cambiar su cuota de cada dos meses. Un trámite que podrán realizar a través de la herramienta de Import@ss, siempre y cuando se realice durante las siguientes fechas:

  • 1 de marzo, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el 28/29 de febrero.
  • 1 de mayo, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
  • 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
  • 1 de septiembre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
  • 1 de noviembre, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.