Según los expertos, se debe incluir la subvención pero no afectará al resultado

¿Cómo deben tributar los autónomos en la RENTA las ayudas que cobraron del Kit Digital?

Las ayudas de Kit Digital están sujetas a IRPF y los autónomos deben incluirlas en su declaración de la RENTA. Sin embargo, según los expertos, la subvención no tiene ningún coste fiscal porque también se deduce como gasto.
Female accountant calculating tax bills while working on finances in the office.
¿Cómo deben tributar los autónomos en la RENTA las ayudas que cobraron del Kit Digital?
¿Cómo deben tributar los autónomos en la RENTA las ayudas que cobraron del Kit Digital?

Los autónomos que hayan cobrado alguna de las ayudas del programa Kit Digital durante el año pasado deberán incluir esta subvención en la declaración de la RENTA de este año. Como ya avanzó este diario, este cheque que perciben los trabajadores por cuenta propia no está exento de impuestos. De hecho, como cualquier otra ayuda regulada por la Ley de Subvenciones, está sujeta al IVA y también a IRPF. 

A finales de 2022, más de 107.000 autónomos y empresas de hasta 50 empleados ya habían cobrado una ayuda de Kit Digital, un programa que permite a los pequeños negocios invertir en soluciones de digitalización. Estos cheques que paga el Gobierno a cuenta de los fondos europeos a los trabajadores por cuenta propia y las pymes sirven para que éstos contraten a un agente digitalizador que les instale alguna solución digital en su actividad. Por ejemplo, una página web o un programa de facturación.

Los agentes digitalizadores cobran el dinero que recibe el autónomo y, cuando implantan la solución en el negocio, el agente les emite una factura. No hay que olvidar que esta factura incluye IVA y, del mismo modo, la ayuda de Kit Digital que recibieron los trabajadores por cuenta propia para abonar ese servicio constituye un ingreso que hay que incluir en la declaración de la RENTA. Por lo tanto, esta subvención está sujeta a IVA y también a IRPF. Cosa que no quiere decir que vaya a suponer un coste fiscal para los negocios.

Los autónomos deben incluir el Kit Digital en la RENTA, pero no tiene ningún coste fiscal

Los autónomos que hayan cobrado el Kit Digital tendrán que incluir esta subvención en dos impuestos: el primero es la declaración trimestral de IVA. Si percibieron la ayuda a mediados de 2022, por ejemplo, tendrían que haber pagado seguramente el IVA en el tercer trimestre al agente digitalizador y podrían deducírselo en su autoliquidación a presentar en septiembre.

Según explicó José Carlos Piñero, "con la declaración de la RENTA sucede algo parecido. Los autónomos tendrán que incluir esta ayuda como un ingreso de su actividad, sí. Pero también deducirán ese mismo importe como gasto ya que pagaron al agente digitalizador ese cheque para que implantara un servicio en su negocio. Esto significa que hay que incluir la ayuda de Kit Digital en la declaración anual de IRPF, pero su efecto fiscal es inocuo. El trabajador por cuenta propia no paga ni más ni menos a causa de esta subvención".

El Kit Digital se debe incluir como ingreso de la actividad y también como gasto

De este modo, el Director del Área jurídica de ATA puso un ejemplo: imaginemos a un trabajador por cuenta propia que ha cobrado un cheque de 2.000 euros a finales de 2022 porque le correspondía ese dinero al tener menos de tres empleados a su cargo. Primero recibió la ayuda y luego la gastó en poner en marcha una página web y en gestionar sus redes sociales.

Pues bien, ese trabajador por cuenta propia deberá incluir los 2.000 euros que recibió "como un ingreso de la actividad, pero al mismo tiempo tiene un gasto paralelo, que es el coste de la actuación que ha pagado al agente digitalizador y que debe ser también de 2.000 euros. Al final, resulta fiscalmente inocuo porque sus ingresos han aumentado 2.000 euros pero sus gastos también", aseguró José Carlos Piñero.

Los autónomos también deben pagar un 21% de IVA aunque es deducible en la declaración trimestral

Al igual que ocurre con el IRPF, el Kit Digital también lleva IVA incluido. La Ley de subvenciones, en el artículo 31 indica que “en ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta”. En virtud de esta normativa, con el Kit Digital ocurrirá lo mismo: una vez que el agente digitalizador le haya prestado el servicio, la empresa le enviará al negocio que ha recibido la ayuda de Kit Digital una factura que incluirá tan sólo el importe a abonar por el IVA de la solución que se le ha implantado en el negocio. 

Así, por ejemplo, un negocio que tiene sólo un empleado pertenecería al segmento 3 y habría recibido un bono de 2.000 euros para digitalizar su negocio. Si este autónomo decidiera gastar todo el dinero en la creación de una página web, que tiene un límite de 2.000 euros, lo primero que tendría que ver es cuánto vale el servicio que ofrece el agente digitalizador y si ha incluido el IVA. Imaginemos que el servicio cuesta justo estos 2.000 euros. Lo que sucederá es que el agente digitalizador le prestará el servicio de forma gratuita pero le cobrará 420 euros por el IVA del servicio", explicaron fuentes oficiales a este medio.

Si, por el contrario, el IVA ya estuviera incluido en la solución que ofrece el agente digitalizador, el proceso sería el mismo, sólo que en este caso el autónomo deberá tener en cuenta que el Kit Digital sólo cubrirá una parte del precio del servicio.  

Los autónomos pagarán primero el IVA de la ayuda, pero después podrán deducírselo

Habitualmente, los autónomos declaran el IVA de manera trimestral:  del 1 al 20 de abril (para el primer trimestre del año);  hasta el 20 de julio (para el segundo trimestre) y del 1 al 20 de octubre (para el tercer trimestre). La autoliquidación del cuarto trimestre se realiza del 1 al 30 de enero del año siguiente. 

De este modo, volviendo al ejemplo anterior de un autónomo del segmento 3 que haya invertido 2.000 euros en soluciones digitales, podría darse el caso de que recibiera la ayuda a final de año, y en febrero el agente digitalizador le instalara el servicio en la empresa. Si el agente le envía la factura de este servicio en marzo y el trabajador por cuenta propia abona 420 euros en ese mes, podría deducirlo en la declaración del IVA del primer trimestre de 2023, a presentar en abril.

Una vez pagado este IVA e implantado el servicio en el negocio, el autónomo deberá guardar la factura y -en el modelo 303 que presentará en abril- podrá deducirse estos 420 euros. Esto hará, o bien que pague 420 euros menos o bien que Hacienda le devuelva dinero, dependiendo del resultado que haya tenido en su liquidación.

¿Cuánto dinero pueden destinar los autónomos a cada uno de los servicios?

Una de las cuestiones que deben tener en cuenta los autónomos es, en primer lugar, cuánto dinero se les va a conceder dependiendo del segmento al que pertenezcan. Según el número de empleados que tenga cada autónomo, éste podrá optar a una cuantía de la ayuda distinta en función del segmento al que pertenezca:  

  • Pequeñas empresas de entre 10 y menos de 50 empleados (Segmento I). Pueden cobrar un bono de 12.000 euros.  
  • Pequeñas empresas o Microempresas de entre 3 y menos de 10 empleados (Segmento II). Pueden cobrar un bono de 6.000 euros 
  • Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados (Segmento III). Pueden cobrar un bono de 2.000 euros 

Ahora bien, independientemente del dinero que se les haya pagado, el programa sólo permite destinar una determinada cantidad a cada uno de los servicios disponibles, que varía dependiendo del servicio del que se trate y del segmento al que pertenezca el autónomos. Éstos son los límites:​

  • Sitio web y presencia en Internet: Los autónomos del segmento 1, 2 y 3 pueden destinar hasta 2.000 euros de la ayuda de Kit Digital a este servicio
  • Comercio electrónico: Los autónomos del segmento 1,2 y 3 pueden destinar hasta 2.000 euros de la ayuda de Kit Digital a este servicio
  • Gestión de Redes Sociales: Los autónomos del segmento 1 y 2 pueden destinar hasta 2.500 euros a este servicio. Si los autónomos son del Segmento 3 (menos de tres empleados), sólo pueden destinar hasta 2.000 euros a esta solución
  • Gestión de clientes: Los autónomos del segmento 1 (más de diez empleados y menos de cincuenta) pueden emplear hasta 4.000 euros en esta solución -se incluyen hasta tres usuarios-. Sin embargo, los autónomos del segmento 2 y 3 (menos de diez empleados) sólo pueden destinar 2.000 euros -se incluye sólo un usuario-.
  • Bussiness Inteligence y Analítica: Los negocios del segmento 1 (más de diez empleados) pueden destinar hasta 4.000 euros a esta solución -se incluyen tres usuarios-. Los autónomos del segmento 2 (entre tres y diez empleados) pueden destinar hasta 2.000 euros a este servicio -se incluye un usuario.  Y los trabajadores por cuenta propia del segmento 3 (menos de tres empleados) sólo pueden destinar 1.500 euros a esta solución -se incluye un usuario-. 
  • Gestión de procesos: Los negocios del segmento 1 pueden destinar a este servicio 6.000 euros -incluye diez usuarios-. Los autónomos del segmento dos podrán destinar 3.000 euros a esta solución - incluye tres usuarios- y los del segmento 3 pueden emplear hasta  2.000 euros en este servicio -incluye un usuario-.
  • Factura electrónica: Los autónomos y negocios del segmento 1 y 2 (más de tres empleados) pueden destinar 2.000 euros a esta solución -incluye tres usuarios-.  Los autónomos del segmento 3 (menos de tres empleados) pueden destinar 1.000 euros a este servicio y sólo incluye un usuario. 
  • Servicios y herramientas de oficina virtual:  Los autónomos de los tres segmentos pueden gastar hasta 250 euros por usuario en esta solución. En el segmento 1 se permiten hasta 48 usuarios; en el segmento 2 hasta 9 usuarios; y en el tres sólo dos usuarios.
  • Comunicaciones seguras: Los autónomos de los tres segmentos pueden gastar hasta 125 euros por usuario en este servicio. En el segmento 1 se permiten hasta 48 usuarios; en el segmento 2 hasta 9 usuarios y en el tres sólo dos usuarios.
  • Ciberseguridad: Los autónomos de los tres segmentos pueden gastar hasta 125 euros por usuario en este servicio. En el segmento 1 se permiten hasta 48 usuarios; en el segmento 2 hasta 9 usuarios y en el tres sólo dos usuarios.
  • Presencia avanzada en Internet: Los autónomos y negocios del segmento 2 y 3pueden destinar hasta 2.000 euros a este servicio. Los autónomos del segmento 1 (más de diez y menos de 50 empleados) no tienen disponible este servicio.
  • Marketplace: Los autónomos del segmento 2 y 3 pueden destinar hasta 2.000 euros a este servicio. Los autónomos del segmento 1 (más de diez y menos de 50 empleados) no tienen disponible este servicio.