Qué es el Modelo 303 del IVA: guía para autónomos

El modelo 303 es el formulario con el que se le paga a Hacienda el IVA acumulado. Te contamos cómo debe completarlo un autónomo y cuándo se presenta.

¿Qué es el modelo 303? Guía para autónomos
Qué es el Modelo 303 del IVA: guía para autónomos
Qué es el Modelo 303 del IVA: guía para autónomos

Todo autónomo debe presentar el modelo 303 para realizar la declaración trimestral del IVA de su negocio

Este documento permite que Hacienda reciba el pago del Impuesto al Valor Añadido por cada factura que un autónomo ha emitido a un cliente. 

Así las cosas, si eres autónomo es clave que conozcas el funcionamiento del modelo 303, cómo completarlo y cuándo debes completarlo para evitar sanciones.

  1. Qué es el modelo 303 para autónomos
  2. Quien está obligado a presentar el modelo 303
  3. Cuándo se presenta el modelo 303
  4. Cómo rellenar el modelo 303
  5. ¿Puedo presentar el modelo 303 fuera de plazo?
  6. ¿Se puede aplazar el pago del modelo 303?

Qué es el modelo 303 para autónomos

El modelo 303 es el formulario con el que se le paga a Hacienda el IVA todo el acumulado en las facturas que un trabajador autónomo le emite a sus clientes.

También es conocido como la liquidación del IVA trimestral, la autoliquidación de IVA o directamente “el modelo del IVA”.
Este modelo permite calcular la diferencia entre el IVA soportado y el IVA repercutido.

Es decir, la diferencia entre el que recibe de sus clientes y el que paga en los gastos de su actividad. Hay tres posibles resultados en la declaración: a pagar, a devolver o a cero.

También hay que decir que el modelo 303 no es el impuesto más fácil de presentar, ya que está compuesto por más de 80 casillas, divididas en 8 secciones. Pero no te preocupes, más adelante te explicaremos cómo rellenarlo sin errores.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 303?

Están obligados a presentar el modelo 303 todos los autónomos que desarrollen una actividad sujeta a IVA, sin importar el resultado de la declaración.

Los únicos autónomos que no tendrían la obligación de presentarlo serían aquellos en régimen de recargo de equivalencia (se aplica a comercio minorista) y agricultores, ganaderos y pescadores en régimen especial.

En España aproximadamente el 90% de los trabajadores autónomos están obligados a presentar el modelo 303 en alguna de las siguientes situaciones:

  • Modelo 303 a cero o sin actividad. En el caso de no haber tenido actividad durante un trimestre, el trabajador debe presentar el modelo 303, aunque como resultado no pague ni le devuelvan.
  • Modelo 303 positivo o a ingresar. Cuando la declaración sale a favor de Hacienda y te toca pagar.
  • Modelo 303 a compensar. Si la declaración sale a favor del trabajador, Hacienda debería devolver el dinero, prefieres que no lo haga para compensar el resultado de la siguiente declaración trimestral.
  • Modelo 303 negativo o a devolver. En el caso de que la declaración salga a favor del trabajador en el 4º trimestre, Hacienda devuelve el dinero.
  • Régimen de prorrata. En estos casos con actividades sujetas al IVA y otras no, también se debe presentar el modelo 303. 
  • Por alquiler de local o piso. Siempre que estos lugares se utilicen de oficina, hay que rellenar y presentar el modelo 303, ya que al momento en el que comienza un alquiler un local o un piso, se está haciendo una operación sujeta a IVA. Por tanto se debe facturar con IVA y declararlo en el modelo 303.

Cuándo se presenta el modelo 303

El modelo 303 se presenta según el calendario fiscal por lo que al tratarse de una declaración trimestral que se presenta en abril, julio, octubre y enero. Concretamente, en las siguientes fechas:

  • Primer trimestre: del 1 al 20 de abril.
  • Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio.
  • Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre.
  • Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero.

Para las declaraciones on-line con resultado positivo (en las que debes pagar a Hacienda), hay cinco días menos de plazo cuando se domicilian en la cuenta corriente (que es lo habitual). 

En estos casos, deberás presentar el modelo 303 antes de los días 15 de abril, julio y octubre, así como del 25 de enero, respectivamente.

Todos estos plazos hacen alusión a días hábiles, de forma que en caso de coincidir el último día con un festivo, se ampliaría el plazo hasta el siguiente día hábil.

Cómo rellenar el modelo 303

Antes de rellenar el modelo 303 de Impuesto sobre el Valor Añadido - Liquidación IVA Trimestral, debes saber que éste documento contiene varias secciones diferenciadas y hasta 88 casillas a completar.

Si vas a completar el modelo 303 tú mismo, nuestra recomendación es que lo hagas de forma pausada, para que puedas comprender cada concepto a completar y evitar errores.

Así podrás entender cómo declarar el IVA trimestral sin problemas y presentarlo correctamente a la Agencia Tributaria

A continuación describimos el paso a paso de cómo completar el modelo 303, casilla por casilla, con toda la información necesitas para hacerlo sin errores.

Sección 1 del modelo 303 – Identificación

Lo primero que deberás hacer al completar el modelo 303 es identificarte profesionalmente, completando estos datos:

  • Documento NIF
  • Nombre y apellidos o bien razón social

En el apartado de identificación del modelo 303, también se pregunta al declarante si cuenta con alguna condición profesional especial. Por defecto, en estas casillas todas las respuestas se considerarán NO.

En todo caso, el modelo permite indicar algunos supuestos en caso de que la respuesta sea afirmativa: 

  • Estar inscrito en el Registro de Devolución Mensual
  • Tributar de forma exclusiva en Régimen Simplificado
  • Autoliquidación conjunta
  • Estar en concurso de acreedores (hay que poner fecha de auto y escoger entre si el modelo 303 es anterior o posterior, es decir, Preconcursal o Postconcursal)
  • Haber optado por el Régimen Especial de Criterio de Caja
  • Aplicación de prorrata especial
  • Revocación de la opción por Aplicación de prorrata especial

Sección 2 del modelo 303 – Devengo

Para la sección 2 del formulario 303 se indica a la Agencia Tributaria la fecha a la que corresponden los datos que se van a presentar del Impuesto Valor Añadido de las facturas, completando dos campos:

  • Ejercicio: Año al que hace referencia
  • Periodo: Trimestre al que hace referencia

Sección 3 del modelo 303 – Liquidación

La sección de liquidación del formulario 303 contiene 46 casillas y es la más compleja de este modelo. De hecho, es el formulario tributario más complejo que existe en España.

Por eso vamos a guiarte paso a paso para que la cumplimentes, paso a paso, de la forma más concisa y sencilla posible.

Apartado IVA devengado

Aquí deberás identificar la liquidación sobre el IVA ingresado por la prestación de servicios o la venta de productos. Te contamos cómo rellenarlo casilla a casilla.

Régimen general

  • Casilla 1: Suma de la base imponible de ingresos correspondientes al tipo de IVA del 21%
  • Casilla 02: Tipo de IVA 21%
  • Casilla 3: Cuota de IVA al 21% calculado a partir de la base imponible. Es decir, el 21% de la base imponible
  • Casilla 4: Suma de la base imponible de ingresos correspondientes al tipo de IVA del 10%
  • Casilla 5: Tipo de IVA 10%
  • Casilla 6: Cuota de IVA al 10% calculado a partir de la base imponible. Es decir, el 10% de la base imponible
  • Casilla 7: Suma de la base imponible de ingresos correspondientes al tipo de IVA del 4%
  • Casilla 8: Tipo de IVA 4%
  • Casilla 9: Cuota de IVA al 4% calculado a partir de la base imponible. Es decir, el 4% de la base imponible

Adquisiciones intracomunitarias

  • Casilla 10: Base imponible de las facturas de gastos corrientes con origen en la Unión Europea
  • Casilla 11: 21% de la cantidad de la casilla 10

Otras operaciones con inversión del sujeto pasivo

  • Casilla 12: Facturas recibidas en España sin IVA
  • Casilla 13: 21% de la cantidad de la casilla 12

Modificaciones de bases y cuotas

  • Casilla 14: Modificaciones a la base imponible a partir de facturas recapitulativas
  • Casilla 15: Modificación efectuada a la cuota de IVA repercutido

Recargo de equivalencia

En esta parte se identifican los importes de facturas realizadas a clientes que se encuentren en el Régimen de Recargo de Equivalencia.

  • Casilla 16: Suma de la base imponible de ingresos correspondientes al tipo de IVA del 5,2%
  • Casilla 17: Tipo de IVA 5,2%
  • Casilla 18: Cuota de IVA al 5,2% calculado a partir de la base imponible. Es decir, el 5,2% de la base imponible
  • Casilla 19: Suma de la base imponible de ingresos correspondientes al tipo de IVA del 1,4%
  • Casilla 20: Tipo de IVA 1,4%
  • Casilla 21: Cuota de IVA al 1,4% calculado a partir de la base imponible. Es decir, el 1,4% de la base imponible.
  • Casilla 22: Suma de la base imponible de ingresos correspondientes al tipo de IVA del 0,5%
  • Casilla 23: Tipo de IVA 0,5%
  • Casilla 24: Cuota de IVA al 0,5% calculado a partir de la base imponible. Es decir, el 0,5% de la base imponible.

Modificaciones de bases y cuotas del recargo de equivalencia

  • Casilla 25: Modificación efectuada a la base del recargo de equivalencia (similar a casilla 14)
  • Casilla 26: Modificación efectuada a la cuota del recargo de equivalencia (similar a casilla 15)

Total cuota devengada

  • Casilla 27: Suma de las casillas 3 + 6 + 9 + 11 + 13 + 15 + 18 + 21 + 24 + 26

Apartado de IVA deducible

En este apartado se identifica la liquidación sobre el IVA soportado o pagado por la contratación de servicios o la compra de productos, que se pueden desgravar.

Compras corrientes

  • Casilla 28: Base imponible de todas las facturas de gastos corrientes que hayas recibido en el trimestre, independientemente del tipo de IVA.
  • Casilla 29: Suma de las cuotas de IVA soportadas correspondiente a estas compras.

Compras de bienes de inversión (vida útil mayor que un año)

  • Casilla 30 y 31: Se rellenan del mismo modo que las dos anteriores, pero solo en lo relativo a bienes de inversión.

Importaciones de compras corrientes fuera de la Unión Europea

  • Casilla 32: Base imponible de gastos en las facturas por compras de bienes que pasan por aduana (factura DUA).
  • Casilla 33: Cuotas de facturas correspondientes a estas compras

Importaciones de compras de bienes de inversión fuera de la Unión Europea

  • Casilla 34: Aquí se indica la base imponible de las compras de bienes de inversión que pasan por aduana.
  • Casilla 35: Cuota de facturas correspondiente a estas compras. El IVA es el que se paga en aduana a través del modelo 031.

Importaciones de compras corrientes dentro de la Unión Europea

  • Casilla 36 y 37: En estas casillas se debe anotar la base imponible y cuotas de las compras corrientes realizadas en países intracomunitarios.

Importaciones de compras de bienes de inversión dentro de la Unión Europea

  • Casilla 38 y 39: Base imponible y cuotas de las adquisiciones intracomunitarias en inversión

Rectificación de deducciones

En caso de que haya facturas que no hayas incluido, aquí se puede indicar el importe a incluir o restar (positivo o negativo)

  • Casillas 40 y 41 del modelo 303: En estas casillas se declaran los importes de las bases imponibles y las cuotas de las facturas rectificativas recibidas, con su correspondiente signo

Compensaciones Régimen Especial

  • Casilla 42: Importe de las compensaciones satisfechas a sujetos pasivos sujetos a Régimen Especial Agricultura y Pesca o la prorrata

Regularización Bienes de Inversión

  • Casilla 43: Importe de regularizaciones de deducciones por bienes de inversión antes de iniciar la actividad. En caso de que el resultado suponga una disminución de las deducciones, se consigna con signo negativo.

Regularización por aplicación del porcentaje definitivo de prorrata

  •  Casilla 44: Se presenta el último trimestre del año y corresponde con la corrección del porcentaje de prorrata en comparación en comparación con el porcentaje definitivo.

Total a deducir

  • Casilla 45: Suma de las casillas 29 + 31 + 33 + 35 + 37 + 39 + 41 + 42 + 43 + 44

Resultado final

  • Casilla 46: Diferencia de las casillas 27 – 45

Casillas 47 a 58

Esta sección la deberán completar los autónomos que tributan el IVA en el Régimen simplificado.

También se solicita información sobre actividades agrícolas, ganaderas y forestales.

Casillas 59 a 75 del modelo 303

En este apartado del modelo de Declaración 303 se solicita información adicional relativa a operaciones intracomunitarias (con países dentro de la Unión Europea) y extracomunitarias (con países fuera de la Unión Europea).

  • Casilla 59: Está dedicada a las facturas intracomunitarias emitidas, tanto por la venta de bienes como por la prestación de servicios. Ojo, su importe debe coincidir con el del modelo 349.
  • Casilla 60: Esta casilla sirve para declarar el importe del total de ventas a clientes fuera de la Unión Europea
  • Casilla 61: Operaciones con derecho a deducción con inversión del sujeto pasivo.
  • Casilla 62 y 63: Base imponible y cuota de entregas de bienes y prestaciones en modalidad de Criterio de Caja. Es decir, la cuantía del IVA en el periodo que se está difiriendo.
  • Casilla 74 y 75: Base imponible y cuota de adquisiciones de bienes y servicios en modalidad de Criterio de Caja

Casillas 80 a 88 del modelo 303

Son para aquellos sujetos pasivos exonerados del IVA en la declaración anual. Solo debe declararse en el último trimestre del año.

Casillas 64 a 76 – Resultado

  • Casilla 76: En esta casilla deberás anotar la regularización de las cuotas incluidas en el artículo 80. Cinco. 5ª LIVA. Esta casilla permite declarar las modificaciones de la base imponible en operaciones impagadas 
  • Casilla 64: Es el total del IVA soportado y devengado. Para obtenerlo deberás sumar las casillas 46, 58 y 76.
  • Casilla 65: Porcentaje de las operaciones realizadas al mismo tiempo a la Administración del Estado y a las Diputaciones del País Vasco o de Navarra
  • Casilla 66: Cuantía de las operaciones realizadas al mismo tiempo a la Administración del Estado y a las Diputaciones del País Vasco o de Navarra
  • Casilla 77: IVA a la importación liquidado por la Aduana pendiente de ingreso
  • Casilla 67: Aquí se deberán indicar los valores a compensar (si los hubiera habido) de meses anteriores
  • Casilla 68: En la última autoliquidación del año (la del cuartro trimestre o mes 12) se hará constar, con el signo que corresponda, el resultado de la regularización anual.
  • Casilla 69: Resultado del IVA menos los valores a compensar (Operación resultante de 66 + 77 – 67 + 68)
  • Casilla 70: Cantidad a deducir en caso de autoliquidación complementaria
  • Casilla 71: Resultado final de la declaración, es decir la cifra que resulta al restar las casillas 69 – 70
  • Casilla 72: Resultado de la casilla 71, en caso de que la declaración haya salido a compensar
  • Casilla 73: Deberás indicar el mismo resultado que en las casillas 71 y 72, si la declaración sale a compensar y corresponde al último trimestre. Además, deberás indicar tu cuenta bancaria para que te devuelvan el dinero.

Sección 4 del modelo 330 – Declaración complementaria

En el caso de que esta declaración sea complementaria a una anterior, se debe volver a indicarlo con una X en la casilla que se indica.

Para que en la Agencia Tributaria puedan vincular de forma correcta ambas declaraciones, indicar en los campos que aparecen a continuación el número de justificante correspondiente a la declaración origen que complementa.

¿Puedo presentar el modelo 303 fuera de plazo?

Al presentar el modelo 303 fuera de plazo el autónomo se expone a una sanción o a un recargo que puede variar en función de la situación.

Si eres tú el que advierte del retraso, se aplicará un recargo del 1 % fijo más otro 1 % adicional por cada mes completo de retraso en el que se presente la liquidación o declaración.

Una vez transcurridos más de 12 meses desde el final del plazo, entonces el recargo será del 15 %.

Si por otro lado, es la AEAT la que te hace un requerimiento, recibirás una sanción. En este caso, el dejar de pagar una deuda tributaria implica una sanción de acuerdo con Ley General Tributaria, que clasifica las infracciones en leves, graves o muy graves.

Si la sanción es leve, deberás pagar un 50% de lo que se ha dejado de ingresar, si es grave un 100% y si es muy grave un 150%.

¿Se puede aplazar el pago del modelo 303?

Sí, es posible aplazar el pago del modelo 303. Hacienda da esta posibilidad ya que es posible que un autónomo tenga que pagar el IVA que ha emitido en sus facturas, a pesar de que todavía no haya cobrado ese dinero de sus clientes.

Si el importe que debes pagar es inferior a 30.000 euros, no habrá problema, pero en caso de que la cantidad sea superior se debe contar con un aval y el proceso será más complicado.

Para solicitar el pago aplazado se debe presentar el modelo igual que siempre, pero seleccionando la opción de Reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento y luego tramitar el aplazamiento en sí.

Es decir, además del modelo, deberás rellenar un documento en el que señalas el calendario de pago a Hacienda y el número de cuenta.