Principales declaraciones y pagos de impuestos con Hacienda a partir de septiembre

Todas las obligaciones fiscales que tendrán los autónomos a la vuelta del verano

A partir de septiembre, los autónomos tendrán que hacer frente a la presentación y pago de distintos impuestos. Éstas son todas las obligaciones fiscales que les esperan a la vuelta del verano. 
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Todas las obligaciones fiscales que tendrán los autónomos a la vuelta del verano
Todas las obligaciones fiscales que tendrán los autónomos a la vuelta del verano

Muchos autónomos consideran el otoño como un reinicio del curso y tienen razón porque el cuarto y último trimestre del año suele ser una carrera cuesta arriba para cerrar el ejercicio. A la vez, esta la vuelta de las vacaciones coincide con muchas obligaciones fiscales para los autónomos, tanto declaraciones de impuestos como liquidaciones y pagos. En definitiva, en la recta final del 2023, se concentran buena parte de los deberes que tienen los trabajadores por cuenta propia con Hacienda.

A partir de septiembre, los autónomos tendrán que presentar su liquidación trimestral de IVA, pagar el segundo plazo de la declaración anual de la RENTA -si eligieron fraccionarla en dos, como hace la mayoría del colectivo-, declarar los rendimientos obtenidos por sus viviendas turísticas, si las tienen; o pagar el IRPF mensual o el impuesto de sociedades trimestral, si eligieron estas modalidades de fraccionamiento para sus impuestos.

Además, en estos últimos cuatro meses, algunos autónomos tienen que estar al tanto de otras fechas que podrían interesarles, como el plazo límite para darse de alta o baja en  la Cuenta Corriente Tributaria (CCT), un sistema que permite a los contribuyentes la compensación de créditos y deudas con la Administración. 

También a final de año es el plazo máximo para comunicar la renuncia al sistema de módulos -porque al autónomo ya no le interesa esta opción o porque ya no cumple los requisitos- y también para darse de alta por primera vez. Esto último, siempre y cuando Hacienda decida prorrogar el régimen un año más.

Fechas de las principales obligaciones fiscales de los autónomos a partir de septiembre

Agosto es uno de los meses más ligeros a nivel de obligaciones fiscales para los autónomos. En estos 30 días, los trabajadores por cuenta propia sólo tendrán que presentar el modelo 111, que es el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a sus trabajadores o a los profesionales y empresarios con los que trabajan.

También tendrán que declarar  el modelo 115, que es con el que las empresas dan cuenta a Hacienda de las retenciones del IRPF que han practicado por el pago de la renta de  su local.

Después de esta pausa, llega septiembre y arranca uno de los periodos con más obligaciones fiscales para los autónomos. Este es el calendario con todos los modelos y pagos que deberán hacer los trabajadores por cuenta propia en los cuatro últimos meses de 2023.

Septiembre de 2023

Hasta el 20 de septiembre

  • Modelo 111 y modelo 115: es la fecha límite que tienen los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 y 115 correspondientes a agosto de 2023. El modelo 111 es el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.

  • Modelo 349: declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Correspondiente a los meses de julio y agosto de 2023
  • Modelo 592: Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Correspondiente a agosto de 2023

Octubre de 2023

Hasta el 2 de octubre

  • Modelo 360 y 361: solicitud de devolución del IVA soportado. Correspondiente al ejercicio 2022.

  • Modelo 303: los autónomos deberán presentar el modelo de autoliquidación de IVA referente a agosto de 2023.

Hasta el 20 de octubre

  • Modelo 111 y modelo 115: es la fecha límite que tienen los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 y 115 correspondientes a septiembre de 2023. El modelo 111 es el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.
  • Modelos 130 y 131: para efectuar los pagos fraccionados de Renta a través del modelo 130 (estimación directa) y 131 (módulos).
  • Modelo 349: declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Hay que presentar el modelo 349 referente a septiembre de 2023 y al tercer trimestre de 2023.
  • Modelo 303: autoliquidación del IVA del tercer trimestre de 2023.
  • Modelo 309: de Declaración-liquidación no periódica sobre el tercer trimestre de 2023.
  • Modelo 592: Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Declaración mensual correspondiente a septiembre de 2023 y declaración trimestral correspondiente al tercer trimestre del año.

Hasta el 30 de octubre

  • Modelo 303: los autónomos deberán presentar el modelo de autoliquidación mensual de IVA referente a septiembre de 2023

Hasta el 31 de octubre

  • Modelo 179: declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos. Tercer trimestre de 2023.
  • Modelo 235: declaración informativa de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables.
  • Solicitud de inclusión para el año 2024: CCT (Cuenta Corriente Tributaria): la renuncia se deberá formular en el modelo de “Solicitud de inclusión/comunicación de renuncia al sistema de cuenta corriente en materia tributaria”

Noviembre de 2023

Hasta el 6 de noviembre

  • Los autónomos que hayan fraccionado el pago de la declaración de la Renta, deberán abonar la segunda y última cuota el próximo 6 de noviembre de 2023.

Hasta el 20 de noviembre

  • Modelo 111 y modelo 115: es la fecha límite que tienen los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 y 115 correspondientes a octubre de 2023. El modelo 111 es el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.
  • Modelo 349: declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, correspondiente a octubre de 2023.
  • Modelo 592: Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Corresponde a octubre de 2023.

Hasta el 30 de noviembre

  • Modelo 303: los autónomos deberán presentar el modelo de autoliquidación de IVA referente a octubre de 2023.
  • Modelo 232: declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales.

Diciembre de 2023

Hasta el 20 de diciembre

  • Modelo 111 y modelo 115: es la fecha límite que tienen los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 y 115 correspondientes a noviembre de 2023. El modelo 111 es el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos.

  • Modelo 349: declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, correspondiente a noviembre de 2023
  • Modelo 592: Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Corresponde a noviembre de 2023.