Además de otras posibles desgravaciones

También me puedo deducir el seguro médico si soy autónomo

Este año los trabajadores por cuenta propia pueden desgravarse hasta 500 euros por tener contratado un seguro de enfermedad para él y su familia. Además, hay muchos otros gastos que pueden ayudar a rebajar la factura fiscal.

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También me puedo deducir el seguro médico si soy autónomo

La pasada semana arrancaba la campaña de la Renta 2018 que se extenderá hasta el 1 de julio si el resultado es negativo, es decir, si el contribuyente tiene derecho a que Hacienda le devuelva parte de lo que ha contribuido a lo largo del ejercicio. En caso de que tenga que ingresar al fisco, el límite será el día 26 de junio.

Conseguir uno u otro resultado dependerá de no dejar ningún espacio en blanco. Especialmente en el caso de los autónomos, que este año se encontrarán con más de una casilla nueva. La Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, incorpora en su artículo 11 una serie de medidas que rebajan la presión fiscal a la que está sometido el colectivo. Entre ellas la posibilidad de deducirse el seguro por enfermedad.

Tal y como ocurría en el caso de los asalariados, desde este año, los trabajadores por cuenta propia que tengan contratado un seguro médico privado tienen derecho a deducirse en su declaración de la Renta las primas abonadas con un límite máximo de 500 euros. La medida afecta también al cónyuge e hijos menores de 25 años siendo los límites de la citada deducción individuales. Por ejemplo, Javier es un autónomo que realiza trabajos verticales. Además de las coberturas propias de la Seguridad Social, los riesgos derivados de su trabajo le animaron a suscribir una póliza con una compañía privada. En ella incluyó a su mujer, Cristina, y a sus dos hijos, Andrés y Mateo, de 12 y 15 años. En su declaración de la Renta de este año Javier podrá deducirse hasta 2.000 euros (500 euros por cada miembro de la familia).

La cuantía a deducir se eleva hasta 1.500 euros para aquellos contribuyentes y sus familiares con discapacidad. Quienes no se podrán beneficiar de esta desgravación son las parejas de los autónomo que no tengan vínculo matrimonial aunque convivan juntos.  

Según ICEA (Investigación Cooperativa entre Entidades Aseguradoras y Fondos de Pensiones) en torno al 28% de los autónomos tiene contratado un seguro de salud. En cuanto a las compañías que ofrecen productos específicos para los 3,2 millones de trabajadores que integra el colectivo pocas son las que se quedan fuera. En concreto nueve de cada diez disponen de algún seguro de enfermedad para quienes desarrollan una actividad por cuenta propia (datos ICEA).

Deducciones por suministros y manutención

La Ley de Reformas Urgentes puso también negro sobre blanco en las deducciones por los gastos de suministros de la vivienda (luz, agua, gas, telefonía e internet). Desde el Consejo General de Economistas  y Asesores Fiscales, (CGE - REAF) explican que los autónomos podrán deducirse el porcentaje resultante de aplicar el 30% a la parte del gasto proporcional de los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que la Administración o el  contribuyente puedan probar una cuantía diferente.

A modo de ejemplo, Carlos es psicólogo y pasa consulta presencial y online desde una de las habitaciones de su domicilio particular. Dicha estancia cuenta con una superficie de 20 metros cuadrados. El pasado año abonó un total de 800 euros por los suministros (incluyendo telefonía e internet). Para calcular cuánto se podrá desgravar tendrá que realizar la siguiente operación: 800 euros por 20% (metros de vivienda afectada), esto es, 160 euros. Éstos se multiplicarán a su vez por un 30% (porcentaje correspondiente a la deducción). El resultado es que Carlos se podrá desgravar 48 euros en la Renta de este año.

No será el único gasto con el que podrá reducir su factura fiscal. Entre las casillas nuevas que tendrá que rellenar será la correspondiente a los gastos de manutención en los que incurre los tres días que sale a impartir clases. Por cada día que desayuna y come fuera, se puede deducir 26,67 euros. Si pernocta, 53,34 euros. Estas cantidades se elevan a 48 y 91,53 euros  cuando sale fuera de España a participar como ponente en una conferencia – considerada como rendimiento de trabajo, por tanto deberá retener el 15% del IRPF por cada una que imparta-. Ahora bien, los gastos han de realizarse en establecimientos de restauración y hostelería y abonarse mediante sistemas electrónicos (tarjeta, wallet…).

Otros “trucos” para rebajar la factura fiscal

  • ¡Ojo! La capitalización del paro está exenta

Ángela puso en marcha su pastelería “sin gluten” hace justo un año. Para ello solicitó cobrar el importe de las prestaciones por desempleo que había acumulado en la modalidad de pago único. A efectos de Hacienda no le costará un euro, ya que éstas están exentas.

No es el caso de Ángela, pero hay que tener en cuenta que si el contribuyente se integra en una sociedad laboral o cooperativa de trabajo asociado o realiza una aportación al capital social de una sociedad (sea del tamaño que sea) o dicha participación se destina a mantener viva su actividad tendrá la obligación de mantener la acción o participación durante un periodo de cinco años.

  • Reducción por inicio de actividad

Quienes hayan emprendido en 2018 y tributen en estimación directa podrán deducirse el rendimiento neto positivo en un 20%, sobre un límite de base máxima de 100.000 euros.

Desde CGE – REAF recuerdan que para beneficiarse de esta reducción “es necesario que no se hubiera ejercido actividad económica el año anterior. Tampoco se aplicará cuando el 50% de los ingresos procedan de una persona o entidad en la que el contribuyente hubieran obtenido rendimientos de trabajo el año anterior a la fecha de inicio de la actividad”.

  • Deducciones por inversión de beneficios

Se aplicarán a quienes ya tengan en marcha su negocio y cumplan con los requisitos del régimen de empresas de reducida dimensión. El importe de la deducción será del 5% de los rendimientos netos del ejercicio que se inviertan en elementos nuevos del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias. Este porcentaje se reduce al 2,5% si hubiera iniciado la actividad y hubiera tenido a reducir su rendimiento neto por esta causa, así como si las rentas se obtienen en Ceuta y Melilla.

Desde el CGE – REAF critcan los “pocos incentivos” que existen lo cual estaría frenando el crecimiento de las empresas, especialmente de las más pequeñas, y la economía. A este respecto Valentín Pich, presidente del REAF, pide al nuevo Gobierno “que profundice en el sistema tributario que necesitamos concretando cuál debe ser el nivel de ingresos tributarios, cómo se va a gravar la riqueza o qué figuras deben conformar la tributación medioambiental y quién debe tener la capacidad normativa”. Asismismo, Pich echa en falta una mayor concreción en los programas económicos de los partidos que “demuestran la incapacidad de los grupos de explicar cómo va a ser el nuevo modelo de financiación autonómica”.

  • Deducciones por maternidad

Carlota es madre de Julián, un bebé de 18 meses. Por ser madre de un menor de tres años podrá beneficiarse de una rebaja de la cuota del IRPF de hasta 1.200 euros anuales. Como novedad este año, si lleva a Julián a una guardería o a un centro de educación infantil autorizado podrá deducirse otros 1.000 euros adicionales (83,33 euros por cada mes completo de guardería).

  • Deducciones por las cuotas de las mutuas y gasto de atenciones a clientes

Otros dos conceptos que pueden contribuir a que la renta salga negativa son el pago de las cuotas a las mutuas alternativas a la Seguridad Social, por lo que el autónomo se podrá deducir hasta 13.602,03 euros.

Y los gastos de atenciones a clientes y proveedores, en este caso en el porcentaje del 1% de Importe Neto de la Cifra de Negocios (INCN).