Dependerá de si se ha domiciliado la declaración y de si hay fraccionamiento

La Agencia Tributaria avanza los días en que girará el cobro de la RENTA a los autónomos

La Agencia Tributaria ha avanzado los días en los que cobrará a los autónomos que les haya salido a pagar la declaración de la RENTA. Las fechas dependerán de algunos factores. 
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La Agencia Tributaria avanza los días en que girará el cobro la RENTA a los autónomos
La Agencia Tributaria avanza los días en que girará el cobro de la RENTA a los autónomos

El pasado domingo se cumplieron dos meses del inicio de la campaña del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de 2022. Este año, la Agencia Tributaria estima que se presentarán más de 22 millones de declaraciones de la RENTA de las cuales entorno a 7,6 millones saldrán con resultado positivo, es decir, que será el contribuyente el que deba pagar a Hacienda.

 

Los autónomos que obtuvieron más ingresos que gastos deducibles en 2022 y presenten su declaración con resultado a pagar tendrán que abonar el IRPF en las fechas que indica Hacienda. Según explicaron fuentes de la Agencia Tributaria a este diario, los plazos de este año dependen de varias cuestiones, como el método de pago que haya elegido el contribuyente, el momento en que se haya presentado la declaración o si se ha optado a fraccionamiento.

Estos plazos de ingreso son tan importantes como los de presentación de la declaración ya que si el autónomo o cualquier otro contribuyente paga su resultado fuera de la fecha límite o no tiene dinero en la cuenta el día en que Hacienda pasa el cobro, se enfrentará a recargos de un 1% por cada mes de retraso y, en algunos casos, también sanciones.

¿En qué fechas cobra Hacienda el resultado de la RENTA a los autónomos?

Según explicaron fuentes de la Agencia Tributaria a este diario, el día en que el contribuyente debe ingresar el resultado de su declaración de IRPF depende, fundamentalmente, de si eligió la domiciliación como forma de cobro o no.  Si el autónomo decide no domiciliar el pago y tampoco pide aplazamiento, "deberá hacer el ingreso en su entidad financiera cualquier día entre la fecha en la que presentó su RENTA y el 30 de junio". 

Cuestión distinta sería si el autónomo hubiera elegido la domiciliación como método de pago. Esta forma de abonar el resultado de la RENTA es la más cómoda para los trabajadores por cuenta propia, ya que será Hacienda directamente la que gire el cobro para que la entidad financiera cargue automaticamente el importe a pagar por el contribuyente.

En este supuesto, sin embargo, es importante que el autónomo se asegure de disponer del dinero suficientemente en su cuenta para el día en que se realice el cargo ya que si no hubiera suficiente saldo y la entidad devolviera el pago, se entendería que la liquidación se ha hecho fuera de plazo. 

Hacienda cobrará el pago de la RENTA el día 30 de junio, si el autónomo optó por la domiciliación

Según explicaron desde la Agencia Tributaria, si el contribuyente ha elegido la domiciliación como método de pago la fecha en la que la entidad financiera cargará el cobro en la cuenta bancaria del autónomo será siempre el día 30 de junio. Esto con independencia de que se haya fraccionado el resultado de la declaración o no.

Si además se eligió el fraccionamiento del resultado de la declaración en dos partes, primero un 60% y luego un 40%, el primer cobro se hará igualmente el día 30 de junio y el segundo, si el contribuyente no ingresa a Hacienda antes, se cargará en cuenta el día 6 de noviembre.

Por ejemplo, si un autónomo hubiera presentado su declaración de IRPF el pasado 1 de junio con resultado a pagar por un importe de 1.000 euros podría:

  • Ingresar 1.000 euros en cualquier entidad financiera colaboradora con la Agencia Tributaria entre el 1 y el 30 de junio si no optó por domiciliación bancaria ni tampoco por fraccionamiento. Si hubiera optado por fraccionar pero no por la domiciliación podría ingresar 600 euros cualquier día entre el 1 y el 30 de junio y 400 euros cualquier día entre el 1 de julio y el 6 de noviembre.
  • Si optó por domiciliación bancaria deberá disponer de 1.000 euros en su cuenta el día 30 de junio para que Hacienda le haga el cargo, si no fraccionó el resultado. Si hizo fraccionamiento, deberá tener el 30 de junio 600 euros en su cuenta y el día 6 de noviembre los 400 euros restantes.

Plazos para presentar la RENTA, dependiendo del resultado y del método elegido para pagar

Además de la fecha de pago, los autónomos también deben tener en cuenta los plazos de presentación de la RENTA. Según explicaron desde la Agencia Tributaria, por lo general, el plazo límite para presentar la declaración de IRPF si se hace a través de Internet es el día 30 de junio, aunque siempre es recomendable hacerlo antes para evitar posibles errores de última hora. No obstante, cuando la declaración salga a pagar y el autónomo desee que sea Hacienda quien le cobre los impuestos directamente en su cuenta bancaria, el plazo acaba tres días antes. 

Así pues, las fechas límite de presentación del IRPF son las siguientes para cada caso: 

  • Hasta el 27 de junio: Si el resultado sale a ingresar y el autónomo está interesado en realizar el pago por domiciliación bancaria
  • Hasta el 30 de junio: El plazo se extiende hasta el último día del mes si el resultado ha salido a devolver 

Según puntualizaron desde la Agencia Tributaria, si un autónomo decide fraccionar en dos pagos su declaración de IRPF, pero hace la presentación más allá del día 27 de junio no podrá domiciliar el primer pago pero sí el segundo, que se cobrará el día 6 de noviembre.

¿En qué consiste el fraccionamiento del IRPF anual?

Aquellos contribuyentes cuyo resultado de la autoliquidación sea positivo y, por tanto, deban dinero a Hacienda, pueden afrontar el pago de forma fraccionada, tanto por domiciliación como por otros métodos de pago. En concreto, pueden dividir el pago en dos plazos sin intereses ni recargo alguno, tal y como establece el artículo 97.2 de la Ley de IRPF y el artículo 62.2 de su Reglamento.

  • Primer pago: el primer plazo corresponde al 60% del importe resultante de la declaración. Puede pagarse mediante adeudo en cuenta, tarjeta, en efectivo y a través de otras formas especiales de pago. En caso de que se domicilie -presentando antes del 27 de junio-, la cantidad será cargada en cuenta el último día del plazo de presentación de la declaración, el 30 de junio.  Esta fecha es la misma independientemente de la fecha en la que se presente la autoliquidación.

  • Segundo pago: el segundo plazo corresponde al 40% restante y se paga cuatro meses más tarde,  en noviembre de 2023. Puede pagarse mediante la domiciliación bancaria o realizando un ingreso.

Un autónomo que obtenga un resultado a pagar de 1.000 euros de impuestos en la autoliquidación de la Renta, y quiera fraccionar la deuda, puede seleccionar la domiciliación bancaria como forma de pago. En ese momento dispondrá de dos plazos para abonar el impuesto sin intereses. El 30 de junio de 2023 se cargará en su cuenta el 60% del importe, es decir, 600 euros. Pasados cuatro meses, concretamente el 7 de noviembre de 2023, se cargará el 40% restante, un total de 400 euros.

Se trata del único impuesto estatal que ofrece la posibilidad de fraccionar el pago sin intereses. Cuando se presenta la declaración de la renta a través de la página web y sale un importe positivo, automáticamente se selecciona la opción del pago fraccionado. El contribuyente que desee abonarlo en un solo pago, deberá cambiar la casilla, ya que el fraccionamiento se marca por defecto-

Una de las novedades que están en marcha desde el año pasado es que el pago puede realizarse a través de distintos métodos, no solo a través de domiciliación bancaria. Ahora también puede hacerse mediante transferencia bancaria o acudiendo a una entidad para abonar el importe correspondiente.