La Inspección inicia una campaña sobre riesgos laborales en verano

Altas temperaturas: Trabajo multará a los autónomos que no protejan a sus empleados de los golpes de calor

La Inspección de Trabajo pondrá en marcha una campaña este verano para vigilar que los negocios protegen a sus empleados de las altas temperaturas. Los autónomos se enfrentan a sanciones muy altas por no estar atentos a este riesgo laboral.

Altas temperaturas_ un nuevo motivo de sanción para los autónomos
La hostelería es uno de los sectores que vigilará la Inspección de Trabajo por altas temperaturas.
Altas temperaturas: Trabajo multará a los autónomos que no protejan a sus empleados de los golpes de calor

España se enfrenta a un verano que será más caluroso de lo normal. La última predicción estacional de la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) para los meses de junio, julio y agosto de 2022 señala que tendremos un periodo estival más largo de lo habitual, que se extenderá hasta septiembre, y donde la temperatura medida será unos 0,5 grados superiores a la habitual. Un factor climático que incidirá en las condiciones laborales de miles de negocios, especialmente en algunos sectores como la construcción, la hostelería, la agricultura o la industria. Los autónomos podrían enfrentarse a multas muy altas por no proteger a sus empleados de las altas temperaturas que se esperan este verano.

Las temperaturas extremas volverán a ser un año más motivo de vigilancia del organismo inspector del Ministerio de Trabajo y Economía Social. Que volverá a enviar cartas y a visitar a los pequeños negocios para comprobar que los autónomos empleadores están cumpliendo con la prevención de riesgos laborales asociada, en este caso, a la exposición de altas temperaturas y que están tomando las medidas preventivas necesarias para combatirlas.

La inspectora y presidenta del Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social (SITS), Ana Ercoreca, explicó que es una actuación que se hace todos los años y que este 2022 ya ha comenzado. “Yo ya he empezado a hacer visitas por la tarde, entre las 14 y 17 horas, para comprobar la temperatura. Y en unos días, se dará comienzo a la campaña de vigilancia agrícola”.

Esto es lo vigilará la Inspección este verano

La campaña de verano de la Inspección de Trabajo está centrada básicamente en vigilar que en los centros de trabajo se cumplen con las condiciones necesarias para poder llevar a cabo la actividad. Dicho de otra forma, se vigila el cumplimiento de la prevención de riesgos laborales asociada a la exposición de temperaturas máximas. “Lo que se hace es controlar y revisar que los empleados tengan los equipos de protección individual adaptados para operar a altas temperatura. Además, de que se adopten medidas organizativas para evitar que los empleados sufran golpes de calor” apuntó Ercoreca.

Todo ello viene recogido en el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, en el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Es en esta normativa dónde se obliga a los locales de trabajo cerrados que dispongan de las siguientes condiciones ambientales para los trabajadores:

  • Que la temperatura de los locales donde se realicen trabajos sedentarios propios de oficinas o similares esté comprendida entre 17ºC y 27ºC.
  • Que la temperatura de los locales donde se realicen trabajos ligeros esté comprendida entre 14ºC y 25ªC.

Asimismo, para aquellos centros en los que el trabajo no se realice en el interior, la norma regula que “deberán tomarse medidas para que los trabajadores puedan protegerse, en la medida de lo posible, de las inclemencias del tiempo”.

Las medidas que los negocios deben implementar

Las empresas deben evaluar las condiciones de su actividad, medir las temperaturas y en función de eso, tomar las medidas que consideren oportunas para reducir el calor. Para que, cuando el inspector de Trabajo acuda al centro de trabajo, vea que se están cumpliendo con las temperaturas marcadas en la normativa. “En el caso de que los empleados estén expuestos a una temperatura más elevada de lo marcado, se comprueba además que se están adoptando, por ejemplo, pausas en la actividad o que se está proporcionando el material adecuado, como ropa holgada, agua, gorros... También y en el caso de estar al exterior, que se haya proporcionado zonas de sombra” dijo la presidenta de SITSS.

Otra de las medidas que comentó Ercoreca es acordar una distribución irregular con los trabajadores. Y puso el ejemplo de la actividad de la construcción en Sevilla. “Allí, por un convenio, no se pueden hacer obras por la tarde, sólo por la mañana. El convenio establece que a partir del 27 de junio y hasta el 2 de septiembre hay horario de verano y sólo se puede trabajar por la mañana, debido a las altas temperaturas que se pueden alcanzar por la tarde”.

Según la inspectora, se pueden hacer una distribución de la jornada, siempre y cuando se le comunique al trabajador con cinco días previos e implemente los descansos oportunos.

Las sanciones por no cumplir con las medidas

Entre los peligros que puede ocasionar estar expuestos a altas temperaturas, sobresalen los golpes de calor. “Cuando la temperatura corporal supera los 37º grados ya hay riesgos de parecer un golpe de calor. Esto puede provocar desde un desmayo hasta el fallecimiento del empleado” apuntó la presidenta del SITTS, Ana Ercoreca.

Las multas por no cumplir con la prevención de riesgos laborales en este sentido varían. Y según Ercoreca, los inspectores de Trabajo y Seguridad Social pueden actuar de tres maneras diferentes: requerir, sancionar o paralizar la actividad, en función de la situación.

  • Requerimiento: imponen un requerimiento cuando observan una situación muy leve. Le dan un plazo al empresario para que subsane el error antes de proceder a la sanción.
  • Multa: el incumplimiento de la prevención de riesgos laborales se considera una infracción grave y las multas pueden variar. Entre las leves, en su grado mínimo, con multa de 45 a 485 euros; en su grado medio, de 486 a 975 euros; y en su grado máximo, de 976 a 2.450 euros. Las graves con multa, en su grado mínimo, de 2.451 a 9.830 euros; en su grado medio, de 9.831 a 24.585 euros; y en su grado máximo, de 24.586 a 49.180 euros. Y las muy graves con multa, en su grado mínimo, de 49.181 a 196.745 euros; en su grado medio, de 196.746 a 491.865 euros; y en su grado máximo, de 491.866 a 983.736 euros. A veces el requerimiento puede ir asociado a una multa.
  • Paralización de la actividad: en los casos más graves se puede llegar a paralizar la actividad. “Es importante que se vigilen las temperaturas, porque los trabajadores en caso grave e inminente de que les pueda dar un golpe de calor pueden abandonar sus puestos de trabajo” dijo Ercoreca. Hay que recordar que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social dispone de un buzón de denuncias anónimas dónde los empleados pueden poner en conocimiento de este organismo la mala praxis de los empresarios

Los sectores que pueden sufrir este tipo de visitas de la Inspección

Aunque no hay ningún sector que este exento de sufrir una vista de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social este verano, Ercoreca reconoció que normalmente se suelen visitar los siguientes sectores: construcción, hostelería, agricultura e industria. Por la exposición a altas temperaturas que pueden llegar a tener los empleados. En el caso de la hostelería se vigila especialmente las condiciones de trabajo de las cocinas y de los camareros en terraza. Mención especial para los talleres de reparación de automóviles y aquellos negocios que se ubican en naves industriales con techos de uralita. 

También comentó que hay zonas, costeras y del interior de la península, dónde es más frecuente que se realice este tipo de vigilancia.