Se trata de una sentencia "histórica" que afectaría a más de 20.000 transportistas

Los autónomos afectados por el cartel de camiones recuperarán miles de euros: veredicto del Supremo

El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia en la que reconoce la existencia del Cártel de Camiones y "el daño" causado a miles de transportistas. Ya ha unificado doctrina y ha fijado que tienen derecho a una indemnización del 5%.
autonomos-camionero
autonomos-camionero
Los autónomos afectados por el cartel de camiones recuperarán miles de euros: veredicto del Supremo

El Tribunal Supremo ha puesto punto y final a una de las tramas históricas que ha afectado durante más de una década a miles de autónomos y empresas del transporte. El Alto Tribunal dictó sentencia esta semana en quince recursos de casación sobre acciones de reclamación de daños por el 'cártel de camiones', El pronunciamiento ha supuesto la unificación de doctrina no sólo para dar la razón a más de 20.000 trabajadores por cuenta propia y negocios afectados, sino también para cuantificar de una vez por todas qué indemnización les corresponde por el sobrecoste que pagaron hace años al adquirir sus vehículos.

Los transportistas llevaban más de una década -desde 2011, cuando se destapó el cártel de camiones- reclamando de juzgado en juzgado. con cientos de valoraciones distintas acerca de esta trama. "Algunos jueces daban la razón a los transportistas, mientras que otros daban la razón a las empresas responsables del entramado. Esta sentencia del Supremo es "histórica", porque supone el punto y final a un peregrinaje que ha durado una década, con miles de personas afectadas que habían comprado uno o varios camiones y en muchos casos no han cobrado nada de esos sobrecostes que abonaron", explicó a este diario Víctor González, presidente de la Federación Nacional del Transporte por Carretera (FETRANSA).

A expensas de una "valoración más técnica, sobre el importe que supone ese 5% de indemnización que ha dicho el Supremo que corresponde por cada camión adquirido a las empresas durante el tiempo del cartel, lo que no cabe duda es que es una sentencia muy esperada e histórica para el sector. Ya sabemos a lo que atenernos y se ha acabado la disparidad de sentencias e interpretaciones", dijo González.

En abril de 2017, la Comisión Europea multó con casi 3.000 millones de euros a las empresas Man, Iveco, Daimler y Volvo/Renault por negociar y pactar el precio al que iban a vender sus vehículos. Una trama que acabó afectando a más de 30.000 autónomos que adquirieron uno o varios camiones de estas marcas entre el 17 de enero de 1997 y el 18 de enero de 2011 -tiempo que duró el cártel-. Ahora, y habiendo pasado casi seis años desde la resolución europea, se ha logrado unificar criterio. "Los transportistas ya saben que les corresponde una indemnización y a cuánto va a ascender", añadió el presidente de Fetransa.

Cinco fabricantes de camiones pactaron precios perjudicando a los transportistas

Según un comunicado del Poder Judicial, la Sala Primera del Tribunal Supremo ha dictado quince sentencias que resuelven quince recursos procedentes de distintas Audiencias Provinciales sobre el denominado 'cártel de los camiones', que sientan jurisprudencia y unifican doctrina. Los recursos se refieren a cinco fabricantes (MAN, DAF, IVECO, DAIMLER MERCEDES y VOLVO/RENAULT).

El Supremo resolvió varias cuestiones que afectan a los transportistas pero las más importante han sido la acreditación definitiva de que existió este cartel y "el daño" a los compradores de camiones, y el establecimiento de un porcentaje fijo de indemnización para todos los afectados.

Se reconoce la existencia del daño

La Sala considera ajustado a Derecho que las Audiencias Provinciales hayan presumido que el cártel ha causado daño a los compradores de camiones por las características de este cártel: duración (14 años), extensión geográfica (todo el Espacio Económico Europeo), cuota de mercado (aproximadamente un 90%) y objeto del acuerdo colusorio.

Y "el hecho de que existieran descuentos en la comercialización de los camiones no impide alcanzar tal conclusión pues si se parte de un precio bruto superior imputable al cártel, el precio final también será más elevado", dice el Supremo.

A cada transportistas le corresponde un 5% de indemnización por camión más intereses.

El Tribunal Supremo también ha unificado doctrina y considerado correcta la estimación del daño (sobreprecio) en el porcentaje del 5% del precio de adquisición del camión mientras no se pruebe que la cuantía del daño es superior o inferior a esta estimación. El resultado final tras aplicar este porcentaje, según explicó el presidente de FETRANSA, "es muy difícil de cuantificar, ya que estamos hablando de compras de hace, al menos, doce años y en algunos casos hasta más de 20  años. Los precios de un camión hace cinco años eran de 75.000 euros, y ahora alcanzan los 120.000. Imagina la diferencia que puede haber en tantos años de margen".

A esto hay que añadir el devengo de intereses, sobre el que también se ha pronunciado el Tribunal Supremo. La Sala resuelve que procede el pago de intereses de la indemnización desde el momento en que se produjo el daño (el pago del precio del camión) "porque es una medida necesaria para que el resarcimiento sea pleno, y no porque se haya producido un retraso en el pago".