La Seguridad Social desconoce cuando se solucionará el problema

Las autónomas llevan siete meses sin cobrar la ayuda en sus cuotas por riesgo durante la lactancia

Las autónomas que deben parar su actividad por riesgo durante la lactancia natural llevan siete meses sin poder aplicar la nueva bonificación que cubre el 100% de sus cuotas. La Seguridad Social admitió no saber cuándo podrán hacerlo. 
Las autónomas llevan siete meses sin poder disfrutar la bonificación de riesgo por lactancia.
Las autónomas llevan siete meses sin poder disfrutar la bonificación de riesgo por lactancia.
Las autónomas llevan siete meses sin cobrar la ayuda en sus cuotas por riesgo durante la lactancia

El sistema de cotización por ingresos reales introdujo nuevas bonificaciones para los trabajadores por cuenta propia. Entre ellas se incluyó la posibilidad de una deducción del 100% de la cuota a la Seguridad Social a las mujeres que deben parar su actividad por riesgo durante la lactancia natural. Sin embargo, siete meses después de la entrada en vigor del Real Decreto 13/2022 donde se incluía esta bonificación, las autónomas afectadas siguen sin poder disfrutar de este derecho. La Seguridad Social reconoció no saber cuándo se solucionará este problema.

El pasado mes de mayo, el BNG registró en el Congreso de los Diputados una pregunta parlamentaria para denunciar que muchas trabajadoras por cuenta propia no estaban disfrutando de la bonificación recogida en el artículo 38 del Real Decreto. Tras la consulta, el Gobierno se comprometió a solucionar dicho problema en el mes de julio pero la Seguridad Social ha reconocido que aún no sabe la fecha concreta en que podrán solucionarlo.  

La Seguridad Social desconoce cuándo se podrá aplicar la bonificación

Fuentes de la Seguridad Social admitieron desconocer cuándo podrán aplicar las autónomas en riesgo durante la lactancia esta bonificación. “No lo sabemos, la verdad. Se está trabajando para que sea lo antes posible”, explicaron.

En su alegación en el mes de mayo, el Gobierno justificó que la pandemia retrasó el desarrollo de la plataforma informática necesaria para que las autónomas en riesgo por lactancia puedan solicitar la bonificación. “No han podido acometerse con antelación a consecuencia de los trabajos que se han debido realizar para la aplicación de todas las medidas adoptadas durante el período pandémico", aseguró el Ejecutivo.

Por su parte, la Seguridad Social corroboró el argumento del Ejecutivo. “La Tesorería está trabajando la aplicación que lo va a hacer posible. Nos han dicho que va a estar lista muy pronto”, añadieron.

Siete meses sin disfrutar de una bonificación recogida en la Ley

El pasado 1 de enero entró en vigor el nuevo sistema de cotización por ingresos reales. Siete meses después, las autónomas siguen disfrutar de una bonificación recogida en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En este sentido, el artículo 38 del Real Decreto 13/2022 dice lo siguiente: “Los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia (RETA) tendrán derecho, durante los períodos de descanso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, a una bonificación del 100 por cien de la cuota por contingencias comunes correspondiente a la base mínima de cotización del tramo 1 de la tabla general de bases aplicable en dichos regímenes”.

¿Qué otras bonificaciones pueden disfrutar la mujeres autónomas tras su embarazo?

Al riesgo durante la lactancia natural durante y la nueva Tarifa Plana, la cotización por ingresos reales introdujo los siguientes beneficios para las trabajadoras por cuenta propia durante o tras su embarazo: 

Reincorporación al trabajo de las autónomas

 Las trabajadoras autónomas que hubiesen cesado su actividad por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela, y vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia en los dos años siguientes a la fecha de cese podrán disfrutar de una bonificación por la base mínima establecida para ese año por la Seguridad Social. En el caso de poder optar a este beneficio, la bonificación será del 80% sobre la cotización por contingencias comunes. Hasta la fecha, este beneficio sólo se podía disfrutar 12 meses desde la vuelta a la actividad. La Tesorería ha ampliado esta bonificación 12 meses más: 24 meses en total.

De Descanso por nacimiento, adopción, guarda, acogimiento o riesgo durante el embarazo

Los autónomos pueden bonificar el 100% de su cuota por el nacimiento de un hijo, , adopción, guarda, acogimiento, riesgo embarazo o lactancia natural. Con la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización por ingresos reales – explicó la Tesorería General – los trabajadores por cuenta propia podrán disfrutar de este beneficio por un periodo inferior a un mes, algo que antes no estaba permitido.

Conciliación de la vida profesional y familiar

Existen bonificaciones de entre el 50% y el 100% para aquellos autónomos que contraten a un empleado para encargarse de su negocio durante el tiempo que deban ausentarse para cuidar de algún familiar, es decir, por conciliación laboral. Según el texto entregado por la Seguridad Social a los Gestores Administrativos, esta bonificación será del 100% en el nuevo sistema en vez del 50% como se atribuía a algunas casuísticas.