¿Cómo va a devolver la Seguridad Social las cuotas que ha cobrado de más a los autónomos en Tarifa Plana?
La Seguridad Social ha explicado como va a solucionar y devolver el dinero a miles de autónomos en Tarifa Plana a los que ha llegado a cobrar en enero una cuota de 300 euros en vez de los 80 euros que les correspondía.
Miles de nuevos autónomos que se acogieron a la Tarifa Plana al inicio de este año han visto como la Seguridad social les cobraba hasta 300 euros de cuota en enero en vez de los 80 euros que les correspondía después de la reciente reforma que aprobó el Gobierno. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones reconoció el error en un comunicado y aseguró que solamente afecta a los trabajadores por cuenta propia que se dieron de alta por primera vez entre el 1 y 9 de enero en lo que ahora se llama cuota reducida que pueden disfrutar durante un año los nuevos emprendedores, con una prórroga de otros 12 meses si sus ingresos no superan el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Algunos de estos nuevos afiliados al RETA, en su mayoría son jóvenes, explicaron a este medio no tener liquidez suficiente para hacer frente al giro de casi 300 euros que solicita la Tesorería. El ministerio se ha comprometido a devolver de oficio la cuota facturada siempre y cuando el autónomo la haya pagado en su totalidad. Es decir, primero deberán pagar los 300 euros y, de no hacerlo, podría perder la bonificación.
El inicio del 2023 ha sido un poco caótico para la Tesorería de la Seguridad Social. Además de la subida sin previo aviso del 8,6% en las cuotas de miles de autónomos que se encuentran en situación de revalorización automática y que ha provocado la indignación de gran parte del colectivo, el organismo se acaba de enfrentar a otro malestar entre los nuevos emprendedores que han debido pagar unas cotizaciones tres veces superiores a las que les les correspondía. La Seguridad Social explicó en un comunicado que “se ha producido una incidencia respecto de los trabajadores en Tarifa Plana: no se les ha aplicado la reducción de 80 euros, sino que se les ha cobrado una cuota mínima normal”.
Precisamente un joven emprendedor que recientemente se ha dado de alta como autónomo explicó que “me han cobrado 261,10 euros de cuota cuando me correspondían 80 euros. Tengo 23 años, acabo de iniciar mi actividad y apenas tengo liquidez para afrontar este cargo en mi cuenta”. El caso de este trabajador por cuenta propia no es el único, distintas fuentes confirmaron a este diario que la Tesorería les había aplicado injustamente subidas dispares que oscilan desde una subida de 9 euros a otros que casi alcanzaban los 300 euros.
Los autónomos deberán pagar la cuota errónea porque, sino, no podrá reclamarla y perderían la bonificación
La Seguridad Social también confirmó a este medio que si un autónomo que ha sufrido esta incidencia no abona el total de la cuota que se les giró en enero, "no recibirá de oficio la devolución del exceso de cobro de su cuota". Este aumento también podría conllevar, afirmaron desde la Tesorería, la “perdida de la Tarifa Plana ". El problema, aseguraron distintos asesores laborales, es que muchos autónomos que disfrutan de esta bonificación no tienen los ingresos suficientes para lidiar con el recargo indebido”. Recomiendan que los trabajadores por cuenta propia con cuota reducida abonen cuanto antes su cuota – incluido el aumento – para evitar recargos, la perdida del beneficio y la devolución del exceso de cobro.
La Seguridad Social devolverá de oficio el cobro indebido de cuotas a los autónomos en Tarifa Plana
El departamento de comunicación de la Seguridad Social afirmó que la Tesorería enviará “a los afectados” un correo electrónico “informando de la situación y de las actuaciones correctoras” que ejecutarán para solventar la incidencia.
La Seguridad Social se comprometió en una primera instancia al “cálculo correcto” de las cuotas en el mes de febrero, asegurando que los autónomos que se dieron de alta a partir del 1 de enero y que disfrutan de la nueva Tarifa Plana abonarán esta vez “exclusivamente 80 euros”.
Con respecto a la devolución del exceso de cobro por parte de la Tesorería, todavía no hay fecha concreta. “Próximamente se les realizará una devolución en sus cuotas de oficio”, añadieron desde el organismo. Es decir, la Seguridad Social devolverá la diferencia entre los 80 euros y la cuota facturada. Recordamos que para que esta circunstancias se den, el autónomo deberá abonar el total de la incidencia que le ha sido facturada.
¿Qué ocurre sin un autónomo en Tarifa Plana no abona esta cuota indebida?
Por normal general, si un autónomo no puede abonar en tiempo y forma su cuota la Seguridad Social sufrirá un recargo en la misma. En el caso de estar en Tarifa Plana perderá este derecho. “Imagínate que estás de alta con cuota reducida y por lo que sea ese mes no puedes pagar la cuota a la Seguridad Social como autónomo. Ese mes te quitan la bonificación”, explicaron desde la Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (Asefiget).
Además, cualquier demora, aunque sea de un sólo día, puede generar un recargo de “hasta el 20% sobre la cuota mínima, no sobre los 80 euros de cuota que se aplican bajo la Tarifa Plana. Mientras dure esta deuda con la Seguridad Social, añadieron desde Asefiget, los trabajadores por cuenta propia deberán pagar la cuota completa hasta que se liquide el recargo. Las bonificaciones que haya perdido durante dicho periodo no podrán recuperarse.
Estos retrasos y las correspondientes sanciones/recargos se harán de forma escalonada por parte de la Tesorería : 3% de la cuota si se resuelve en el primer mes; de 5% de la cuota si llega a dos meses; 10% si tarda tres meses y 20% si se extiende durante más de tres meses.
En general, se pueden recuperar los pagos de cuotas indebidas a la Seguridad Social
Los autónomos tienen derecho a la devolución parcial o total de los ingresos realizados por error a la Tesorería. Es decir, los errores que se han podido llegar a producir en el pago de las cuotas mensuales de los trabajadores por cuenta propia. Así lo recordó Seguridad Social, a través de su portal informativo, donde también explica las excepciones en las que los trabajadores por cuenta propia no tienen derecho a la devolución total, así como el plazo máximo contemplado para pedir el abono.
Se trata de una situación que puede darse entre los afiliados al RETA, a pesar de que la Seguridad Social cobra la cuota de manera automatizada a los autónomos. Por ejemplo, cuando un autónomo se da de alta el día 15 de un mes, y la Tesorería le cobra por error, no la mitad de la cuota correspondiente a los días que ejercerá de alta, sino el mes completo. Los expertos aseguraron que puede ocurrir "algún fallo" inusual dentro del sistema de cobro de la Tesorería. Es el caso de cobrarle la cuota completa del mes al trabajador por cuenta propia en vez de la diferencia de días en los que estuvo dado de alta. Otro ejemplo podría ser el cobro de cuotas en los casos en que el autónomo estuviera exento o tuviera reducciones de cotizaciones gracias a las ayudas derivadas de los cierres decretados por el Covid-19. El autónomo tendrá derecho - explicó la Tesorería en su portal web - a la devolución de los ingresos indebidos, así como al cobro del interés de demora que proceda en cada caso.