Fedea cuestiona el impacto real que han tenido los contratos fijos-discontinuos en el empleo

Los expertos de la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea) reconocieron qué se ha reducido la tasa de temporalidad, pero destacaron “las dudas existentes sobre su impacto real” en la estabilidad y la duración del empleo, especialmente en relación con la reforma de la figura del contrato fijo-discontinuo. 
Fedea explica cuál ha sido el impacto real que han tenido los contratos fijos-discontinuos en el empleo
Fedea explica cuál ha sido el impacto real que han tenido los contratos fijos-discontinuos en el empleo
Fedea cuestiona el impacto real que han tenido los contratos fijos-discontinuos en el empleo

Poco más de un año después de la entrada en vigor de la reforma laboral, los datos facilitados por el Ministerio de Trabajo muestran que en los últimos meses se ha producido “una caída inédita” en la tasa de temporalidad, tal y como refleja un informe de la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea). Aseguraron que, aunque en términos de temporalidad las medidas han sido "exitosas", hay "dudas sobre su impacto real en la estabilidad y duración del empleo, especialmente en relación con la reforma de la figura del contrato fijo-discontinuo".

Los expertos de Fedea han analizado los datos aportados por la Encuesta de Población Activa (EPA) y la Afiliación del Régimen General para realizar su primer balance de la reforma laboral, que entró en vigor el 30 de marzo de 2022. El objetivo ha sido analizar las estadísticas laborales y hacer un seguimiento de los efectos derivados de la misma. Según los expertos de Fedea, el éxito de la reforma en términos de reducción de la tasa de temporalidad “es indudable”, pero es necesario analizar también la tasa de salida del empleo. Es decir, las personas que han pasado de estar empleadas a estar en el paro. 

El fijo discontinuo no garantiza un aumento de la estabilidad del empleo 

Desde el 30 de marzo de 2022, los autónomos y empresas están obligados a adaptarse a los cambios de la reforma laboral. A partir de esa fecha, todos los contratos suscritos tienen que regirse por la nueva normativa, con la que se redujeron y se restringieron las posibilidades de hacer contratos temporales y, a la vez, se incrementaron las posibilidades en las que un negocio podría incurrir al fijo-discontinuo. 

Según los últimos datos aportados por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, el 47% de los casos analizados por la Inspección de Trabajo durante el año pasado se encontraba en situación irregular. Unos datos que vuelven a poner sobre la mesa la polémica relativa a los contratos discontinuos. De hecho, según la inspección, algunos negocios y autónomos estarían utilizando la figura del contrato fijo-discontinuo para cubrir puestos de trabajo que realmente son estructurales. 

En este contexto actual, dos investigadores de la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea), Florentino Felgueroso y Marcel Jansen, analizaron el pasado martes la reforma laboral, haciendo un primer balance sobre la misma. En su intervención, los estos expertos analizaron el impacto del contrato fijo discontinuo. “Tenemos dos fuentes, la tasa de temporalidad de la Encuesta de Población Activa (EPA) y la de la Afiliación del Régimen General. Desde el año 1985, no habíamos tenido una reducción tan sustancial de la temporalidad, por lo que, si el objetivo era éste, la reforma ha sido todo un éxito”, explicó Florentino Felgueroso.  

Sin embargo, añadió, en términos de temporalidad real, “los efectos no son tan visibles”, ya que, lo que está ocurriendo es que, según datos de Eurostat, las personas empleadas que pasan a estar paradas duplican o triplican a las del resto de países de la Unión Europea. “En 2022, lo que uno hubiera esperado con motivo de la reforma laboral es que esa tasa disminuyese. Sin embargo, no ha sido así”. 

Según analizó este experto, por tipos de contrato, para los temporales y los fijos-discontinuos ha habido un aumento a lo largo de 2022 de las tasas de salidas al paro, mientras que las salidas al paro para los indefinidos ordinarios ha aumentado en los de menos de un año, es decir, para los contratos firmados a lo largo de 2022.  

“Los datos muestran que se está produciendo una alta tasa de rotación en estos contratos con frecuentes transiciones desde el empleo a la inactividad. Esta rotación en los fijos-discontinuos se une al aumento que se observa en la tasa de salida del empleo fijo ordinario durante los primeros doce meses de contrato”, explicó. 

Estos datos, añadió, “ponen de relieve que la caída de la tasa de temporalidad no garantiza un aumento de la estabilidad del empleo”, ya que “hay un contraste grande” entre lo que es la temporalidad, donde se han visto “unos resultados muy claros calificados de exitosos”, y estos datos negativos, en los que se ve que han aumentado las salidas al paro. 

Esta controversia se debe a que el Gobierno no permitió introducir cambios del contrato fijo ordinario 

Donde más cambios introdujo la reforma laboral fue en los diferentes tipos de contratación disponibles –que se redujeron-, así como en la limitación del trabajo temporal, el encarecimiento de los despidos de estos trabajadores temporales y la eliminación de su modalidad estrella: el contrato por obra y servicio.  

Según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), 2021 –última información anterior a la reforma laboral- cerró con más de 4,1 millones de trabajadores contratados bajo alguna modalidad temporal. De ellos, 1,47 millones eran por “obra y servicio” y 836.000 eran eventuales

En palabras de los expertos de Fedea, el origen de la controversia sobre el papel de los fijos discontinuos estaría en el veto impuesto por el Gobierno en connivencia con los sindicatos, que “impidió” que en la reforma se introdujeran cambios en la regulación del contrato fijo ordinario. 

“La única manera de generalizar la contratación indefinida en estas condiciones es a través de una figura intermedia, como el contrato fijo-discontinuo”, explicaron desde Fedea. Según los expertos, esta figura “ofrece más protección que los contratos temporales, pero expone a las personas con contratos de este tipo al riesgo de sufrir frecuentes y posiblemente largos periodos involuntarios de inactividad”. 

Asimismo, la actual regulación “distorsiona” los incentivos de las empresas y negocios “al hacer que el pase a la inactividad carezca de cualquier coste para ellas”. Por tanto, añadieron, “todo el riesgo corre a cargo de los trabajadores y la sociedad asume parte de los costes si la persona afectada tiene derecho a una prestación por desempleo”. 

Los expertos de Fedea proponen restringir el uso de los contratos fijos-discontinuos 

Desde la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea), y con el objetivo de “mitigar los problemas” que supone la actual regulación, avanzaron una serie de propuestas, entre las que destacan la restricción del uso de los contratos fijos-discontinuos por parte de contratas y subcontratas, así como introducir en ellos “niveles mínimos garantizados de renta o días de trabajo”. Estas son las seis recomendaciones en materia de contratación y dualidad que propusieron desde Fedea:  

  • Extender la lógica del contrato fijo adscrito a obra a las contras y subcontratos 

  • Fijar mínimos mensuales o anuales de renta o de días de trabajo 

  • Delimitar los cambios que se pueden introducir por convenio colectivo 

  • Introducir elementos de co-financiación de los periodos de inactividad 

  • Recuperar la propuesta de la mochila austriaca 

  • Evitar un endurecimiento de la regulación de despido y preservar el actual sistema de indemnizaciones tasadas 

Asimismo, en términos de negociación colectiva, desde la Fundación recomendaron ampliar la prioridad aplicativa de los convenios de empresas a más materias “respetando la prioridad aplicativa de los convenios de sector en materia de salarios”; reforzar los requisitos de representatividad para la formalización de convenios, “desarrollando procedimientos para medir la representatividad de las empresas”; así como reforzar el artículo 41 “para recoger la jurisprudencia del Tribunal Supremo.