Las sanciones para el negocio pueden alcanzar los 10.000 euros

El 47% de los contratos fijos discontinuos que revisó la Inspección el año pasado resultaron ser irregulares

Según los datos aportados por la Inspección de Trabajo, alrededor de la mitad de los contratos fijos discontinuos que analizaron el año pasado fueron irregulares. El sector educativo y las ETT serán especialmente vigilados en 2023.

El 47% de los contratos fijos discontinuos que revisó la Inspección el año pasado resultaron ser irregulares.
El 47% de los contratos fijos discontinuos que revisó la Inspección el año pasado resultaron ser irregulares.
El 47% de los contratos fijos discontinuos que revisó la Inspección el año pasado resultaron ser irregulares

La Inspección de Trabajo está reforzando la vigilancia sobre los autónomos con asalariados y negocios que utilizan la fórmula de los fijos discontinuos en sus contratos. Prueba de ello son los datos del propio Ministerio, que muestran cómo el 47% de los casos analizados durante el año pasado se encontraba en situación irregular.

Se trata de una cuestión importante para aquellos autónomos con asalariados que reparten sus periodos de máxima producción en etapas concretas durante el año. Según la Inspección, algunos estarían utilizando la figura del contrato fijo discontinuo para cubrir puestos de trabajo que realmente son estructurales.

Los datos aportados por el Ministerio de Trabajo y Economía Social sirven para volver a poner sobre la mesa la polémica alrededor de los contratos fijos discontinuos, la figura estrella de última la reforma laboral para frenar la temporalidad del empleo en España. Sin embargo, tal y como reconoció el propio Gobierno, ha sido utilizada para dejar de computar a cientos de miles de trabajadores en las estadísticas del paro.

Ante esta situación, los abogados laboralistas consultados resaltaron la importancia de cumplir con los requisitos que permiten a los autónomos y negocios firmar con sus asalariados un contrato fijo discontinuo. “Sobre todo, al fijar los periodos de inactividad. En ocasiones se están cogiendo actividades fijas y transformándolas en fijos discontinuos de forma fraudulenta”, confirmó a este diario Luis San José, abogado laboralista del despacho AGM Abogados.

La mitad de los fijos discontinuos investigados por la Inspección se encontraban en situación irregular

Tal y como puso de manifiesto Carmen Collado, directora general de la Inspección de Trabajo, la campaña que el organismo puso en marcha durante el año pasado para controlar el cumplimiento de las condiciones de los fijos discontinuos dejó datos poco positivos. En concreto, el 47% de los contratos suscritos bajo esta modalidad resultaron ser irregulares.

Al parecer, las irregularidades en estos contratos consistían en firmar un contrato de diez meses y medio de duración anual, ligeramente por debajo del tiempo efectivo de trabajo de un asalariado indefinido, después de restar las vacaciones correspondientes. “Lo que están haciendo es coger a un trabajador fijo como fijo discontinuo, llevándole al paro durante su mes de vacaciones y luego reincorporándole”, aclaró Luis San José.

Ante esta situación, los expertos confirmaron que la Inspección de Trabajo está intensificando su vigilancia sobre estas prácticas, que podrían conllevar sanciones de hasta 10.000 euros por cada asalariado que el negocio contrate como fijo discontinuo de manera fraudulenta. “Envían un comunicado señalando que los trabajadores llevan al menos diez meses y medio contratados directamente por la empresa o por ETT, así como que el porcentaje de vinculación en ese periodo deben ser 12 meses”, relató el abogado laboralista.

Tal y como expresó a este medio, este tipo de situaciones se están dando, sobre todo, en sectores como el educativo, donde los meses de verano no suelen tener actividad, o en el caso de las empresas de trabajo temporal (ETT). “No existe un periodo de naturaleza estacional, sino que la propia actividad es esta”, explicó Luis San José.

¿Qué condiciones tienen que cumplirse para poder firmar un contrato fijo discontinuo con un asalariado?

Tal y como explicaron los expertos, el fijo discontinuo “es un tipo de contrato laboral de carácter indefinido, que tiene la particularidad de que la actividad laboral se lleva a cabo de forma intermitente pero estable en el tiempo.” Es decir, se trata de una figura similar a la del contrato temporal, pero que permite a los trabajadores mantener su condición de indefinido durante los periodos en los que no desarrolla su actividad.

Durante dicho lapso de tiempo, el asalariado pasa a cobrar su prestación por desempleo, igual que si hubiera sido despedido. Sin embargo, cuando el periodo de actividad del negocio vuelva a comenzar, éste mantendrá tanto las condiciones como la antigüedad, excepto para el cálculo de las indemnizaciones por despido, donde “se computan solo los servicios efectivamente prestados, y no como tiempo las inactividades”, explicó Luis San José.

Sin embargo, los negocios que opten por suscribir este tipo de contratos con sus asalariados deben cumplir una serie de requisitos, como son:

  • Que el negocio se dedique a una actividad de naturaleza estacional o vinculadas a una temporada, o para el desarrollo de aquellas que no tengan dicha naturaleza pero que, siendo de prestación intermitente, tengan periodos de ejecución ciertos.
  • Que el negocio se dedique a la subcontratación de actividades mercantiles o administrativas. Es decir, que actúe como subcontrata de otra entidad para prestar un servicio concreto.
  • Para la cobertura de puestos de duración determinada a través de una empresa de trabajo temporal (ETT).

Además, los negocios que opten por la contratación de fijos discontinuos deberán recoger una serie de características en los contratos, como la duración y distribución horaria de la jornada; un calendario de previsiones anuales de trabajo; o la fórmula para notificar al asalariado su reincorporación, que debe ser por escrito y con una antelación adecuada.

Trabajo no incluye en las cifras de desempleo a los fijos discontinuos que se encuentran en inactividad

La intensificación del control sobre los fijos discontinuos por parte de la Inspección de Trabajo se produce en medio de una polémica que lleva meses siendo objeto de debate en el mercado laboral: el uso que el Gobierno da a los datos sobre estos asalariados, al no incluirlos en las cifras del paro que publica cada mes.

Así, después de que el Partido Popular remitiera al Ejecutivo una consulta por escrito, el Gobierno de Pedro Sánchez reconoció que no está incluyendo a los fijos discontinuos en las cifras del paro registrado. Todo, a pesar de que 268.000 cobraron una prestación por desempleo durante el pasado diciembre al encontrarse en un periodo de inactividad.

Al no incluir a los fijos discontinuos en las cifras oficiales de paro, el mercado laboral español cerró el año con 2,8 millones de desempleados, el mejor dato en los últimos 15 años. Sin embargo, la realidad situaría esta cantidad por encima de los tres millones, un 11% por encima de los datos de los que presumió entonces el Ministerio de Trabajo de Yolanda Díaz.