El 25% de los negocios no pueden continuar por este tributo

Los gestores proponen al Gobierno que los autónomos paguen el impuesto de sucesión de un negocio en 10 años

El Consejo General de los Colegios de Gestores Administrativos de España propone que los autónomos que transmitan un negocio puedan pagar el impuesto de sucesiones en un plazo de 10 años para evitar la perdida de la herencia. 
Los gestores proponen al Gobierno que los autónomos paguen el impuesto de sucesión de un negocio en 10 años

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones se convierte muchas veces en una traba a la hora de trasmitir un negocio a los herederos porque muchas veces los impuestos impiden la herencia y la continuidad de la actividad. Según la Asociación Nacional Stop Sucesiones, aproximadamente el 25% de los negocios no pueden continuar en España por culpa de este tributo. Por ello, el Consejo General de los Colegios de Gestores Administrativos de España ha propuesto al Gobierno ofrecer un periodo de 10 años para que los autónomos y particulares puedan hacer frente al pago de su herencia. 

En los dos últimos años, en España se tramitaron más de 365.000 expedientes de sucesiones. Tanto en 2021 como en 2022, 55.000 herencias fueron rechazadas según informe recientemente publicado por los gestores. Las razones para este alto volumen de rechazos, señaló el Consejo, “son básicamente de índole económica: el pasivo de la herencia es mayor que el activo, o por falta de liquidez para pagar los impuestos derivados de la transmisión mortis causa”.

Los impuestos que se originan en una herencia son el Impuesto de Sucesiones y el Impuesto de Plusvalía Municipal, en el caso de heredar un local comercial o vivienda. El Impuesto de Sucesiones y Donaciones está transferido a las Comunidades Autónomas, y existen importantes diferencias entre territorios. Y el Impuesto de Plusvalía Municipal, conocido como Impuesto del muerto, está transferido a los ayuntamientos.

Durante los dos últimos ejercicios, señalaron los gestores, una gran parte de los rechazos de herencias se han producido ante la imposibilidad de hacer frente a los impuestos que se originan. La falta de liquidez ha llevado a muchos autónomos o herederos de negocios a renunciar antes de generarse un problema con Hacienda. Lo que supone la pérdida de la actividad. 

El Consejo General propone ofrecer un período de 10 años para hacer frente al pago de los impuestos, siempre que en el inventario de la herencia no figure efectivo u otros activos de fácil realización.

“Estas modificaciones deben ser de calado esencial, para evitar que se sigan produciendo renuncias a herencias legítimas si otra justificación que no poder hacer frente al pago dinerario del tributo correspondiente cuando el patrimonio hereditario avala y garantiza el cobro del tributo por parte de las Administraciones”, afirmó Fernando Santiago Ollero, Presidente del Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España. Los Gestores iniciarán una ronda de contacto con los partidos políticos para que incluyan las medidas legislativas planteadas en sus programas electorales de cara a las próximas elecciones generales.

Estas son las CCAA donde heredar un negocio puede suponer su cierre

Según la Asociación Nacional Stop Sucesiones, aproximadamente el 25% de los negocios no pueden continuar en España por culpa de este tributo. Especialmente en la Comunidad Valenciana, Asturias, Aragón y Cataluña donde las bases liquidables, el porcentaje de bonificación y las limitaciones de edad dificultan la continuidad de muchas actividades de padres a hijos o entre otros familiares por el impuesto que penaliza la sucesión.

“A diferencia de las sociedades, los autónomos participan con todo su capital en el negocio. El mobiliario, local y todos los inmuebles está a nombre del trabajador por cuenta propia y cuando este fallece o dona su patrimonio tributa como cualquier particular y no como una empresa. En la mayoría de las Comunidades Autónomas el Impuesto de Sucesiones y Donaciones está bonificado a más del 90% cuando se trata de una Sociedad Limitada. En el caso de los afiliados al RETA no se da esa bonificación, por lo que tienen que acogerse a la cuota que establezca su territorio”, afirmó Eligio Taboada, presidente de la Asociación Nacional Stop Sucesiones.

La peor comunidad para heredar un negocio es Asturias, a las que seguiría Aragón, Cataluña y Valencia. En el Principado la reducción autonómica del Impuesto de Sucesiones y Donaciones para cónyuges, padres e hijos que no exceda de 300.000 euros tendrán la base liquidable bonificada al 100%. Una vez superado ese margen, el primer y segundo grupo de consanguinidad, tributan al 21,25% los siguientes 56.000 euros; al 25,5% de 56.001 euros hasta 216.000 euros; al 31,25% desde 216.001 euros hasta 616.000 euros; y al 36,5% a partir de los 616.000 euros”, añadió Taboada. “Estos porcentajes distan mucho de la mayoría de territorios – como Madrid, Andalucía o Castilla y León - donde las sucesiones están bonificadas en un 99%. Esto conlleva que los herederos de un autónomo no puedan continuar la actividad por la presión fiscal”, explicó el presidente de la asociación. Es decir, porque no pueden pagar el impuesto y se ven obligados a vender el negocio.

“Este no es el único problema. En otros territorios el impuesto sólo está bonificado hasta el 99% de padres a hijos o con límites de edad hasta los 18 años, excluyendo de la exención a otros familiares como por ejemplo un sobrino que, a lo mejor, sí quiere continuar con el negocio. Esto conlleva a que se cierren más actividades de las que se mantienen tras el fallecimiento del propietario. Y no sólo debemos tener en cuenta los que cierran, también los que se tienen que hipotecar para mantener la actividad y pagar el impuestos de sucesiones. Ni siquiera Hacienda tiene los datos de cuantos negocios cierran por esta problemática. Según nuestra experiencia podemos decir que 2,5 negocios de cada 10 no pueden continuar más allá del fallecimiento del propietario”, valoró Taboada.

En la mayoría de las CCAA, aunque se bonifique el impuesto de sucesiones hasta el 99% en el caso de familiares directos, el impuesto se hace insoportable para los sucesores de segundo grado. El problema es que, en muchos casos, la transmisión "natural" de un negocio se debería hacer al sobrino o al hermano que ha estado durante años trabajando hombro con hombro con el autónomo propietario. El sobrino o el hermano, en segundo grado de consanguineidad, puede querer continuar con el restaurante o con el taller donde ha trabajado durante años y que ya cuenta con un gran fondo de comercio. Pero debe optar por dejarlo ya que, si hereda - como puede ser voluntad del autónomo propietario -, el impuesto puede superar el 50% del valor heredado. Es decir, para una actividad valorada en 500.000 euros, el impuesto puede alcanzar los 250.000 euros, cantidad que pocos autónomos disponen.

Tener que pagar un millón de euros por heredar el negocio de su padre

En Autónomos y Emprendedores se recogió con anterioridad uno de los casos más “dramáticos” que conocen. Se trata de una joven de 23 años de Castilla León, Paula , que no pudo heredar el negocio de su padre, porque no podía pagar a la Agencia Tributaria el millón de euros que le exigía.

Según Tabodea, su padre era autónomo, y junto con sus tíos, era dueño de una marmolería, situada en un paraje de la Comunidad con mucho terreno. Con la crisis de la construcción, la actividad decayó y los socios decidieron hacer una cooperativa de autopromoción, tasar el terreno y prepararlo para construir viviendas. “Con tal mala suerte, que su padre falleció a las pocas semanas de firmar el contrato de tasación. Su hija Paula heredó el negocio, aplicó la bonificación a la que en ese momento tenía derecho y dos años más tarde comenzó su infierno. La Consejería de Hacienda dice que no tiene derecho a la bonificación, porque no se demuestra que su padre estaba ejerciendo esa actividad”.

Se trata para este experto de una “injusticia. Ya que en el proceso de constitución de una empresa, en este caso de cambio de actividad, conlleva un tiempo. El problema en este caso es que el fallecimiento se produjo justo cuando se estaba produciendo el traspaso y el padre sólo pudo estar presente y firmar algunos de los hitos. Sin embargo, a la Agencia Tributaria no le parecen suficientes” dijo el presidente de la Asociación.

Tabodea explicó que la Consejería de Hacienda no sólo le quitó el derecho a la bonificación del 95% a la que en aquel momento tenía derecho, sino que “le impuso una sanción por intento de fraude de 500.000 euros y pasó de paga 200.000 en el tributo a 1 millón de euros”.