Habrá condiciones para cobrar, como mantener al trabajador 3 años

El Gobierno aprueba nuevas ayudas para la contratación de empleados pero también elimina otros incentivos

El Gobierno ha dado luz verde en el Consejo de Ministros de este martes al Real Decreto que establece un nuevo sistema de bonificaciones a la contratación, aumenta algunos de los actuales incentivos, pero también elimina otros que ya existían. Éstas serán las ayudas que podrán cobrar los autónomos por contratar.

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La ministra de Trabajo y vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz
El Gobierno aprueba nuevas ayudas para la contratación de empleados pero también elimina otros incentivos

El Gobierno dio luz verde este martes a través del primer consejo de ministros del año a un nuevo sistema de bonificaciones para la contratación de empleados por parte de los autónomos y empresas españolas. Este Real Decreto-ley de medidas urgentes en materia de incentivos a los contratos de trabajo establece nuevas ayudas, amplía la cuantía de otras que ya estaban y elimina algunas antiguas bonificaciones que, según el Ejecutivo, fomentaban la contratación temporal y no la indefinida. Pero para cobrar estas ayudas el empleador deberá cumplir algunos requisitos, con carácter general, mantener al trabajador durante tres años.

Según explicó en la rueda prensa posterior al Consejo de Ministros, la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, esta nueva norma cumple con la Reforma 7 del componente 23 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a la que se había comprometido el Ejecutivo con Bruselas. Este apartado tenía por objeto la revisión de las subvenciones y bonificaciones a la contratación laboral. 

La norma tendrá todavía que ser convalidada en el Congreso y, en palabras de la ministra de Trabajo, "entraría en vigor el próximo mes de septiembre". A expensas de la aprobación de esta ley por parte de la Cámara, el nuevo sistema centraría los incentivos a la contratación en los contratos indefinidos celebrados con personas de atención prioritaria, así como en la transformación de determinados contratos temporales en indefinidos. Por ejemplo, se crea una nueva bonificación para la conversión de contratos temporales del campo en fijos discontinuos o por contratar de forma indefinida o incorporar como socio de una copeerativa o sociedad laboral a personas que realizan formación práctica en empresas

También se aumenta, por ejemplo, la cuantía de algunos incentivos que ya existían, como la contratación indefinida de personas desempleadas de larga duración, que pasa de 110 euros al mes de bonificación a 128 euros. Se extiende de la misma manera esta bonificación a la contratación de personas que tengan 45 o más años.  Sin embargo, el nuevo sistema eliminará  otras ayudas que, a juicio del Gobierno, incentivaban la contratación mediante modalidades temporales, “un fallo del sistema que desaparece”, salvo en casos muy específicos como el de las personas con discapacidad. 

A expensas de que se publique la norma y se sepa exactamente qué bonificaciones desaparecerán, se establecerá un requisito general para cobrar cualquier incentivo al empleo: mantener el contrato durante, al menos, tres años. Sólo con esta condición, según los expertos, ya se eliminaría la posibilidad de beneficiarse de la mayoría de incentivos a la contratación mediante modalidades temporales, ya que el actual sistema no prevé prácticamente ninguna forma de encadenar un contrato temporal durante tanto tiempo. Esto, según la ministra de Trabajo, viene a resolver el problema de algunos negocios que contrataban para percibir la ayuda y al poco tiempo despedían al trabajador.

¿Cómo quedará el sistema de bonificaciones a la contratación para autónomos desde septiembre?

De aprobarse en el Congreso y entrar en vigor, como pretende el Gobierno, el próximo septiembre, el nuevo sistema de bonificaciones crearía nuevos supuestos, ampliaría la cobertura de otros y eliminaría varios de los incentivos enfocados a la temporalidad.

Nuevos incentivos

Los nuevos incentivos que se crearían en el nuevo sistema de bonificaciones a partir de septiembre serían: 

  • Se crea una bonificación por la contratación indefinida de personas jóvenes con baja cualificación beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Dará derecho a una bonificación 275 euros durante tres años.
  • Se crea una bonificación por la contratación indefinida o incorporación como persona socia en la cooperativa o sociedad laboral de personas que realizan formación práctica en empresas. Dará derecho a una bonificación de 138 €/mes, durante tres años, o bien durante la vigencia del contrato si se trata de persona con discapacidad.
  • Se crea una bonificación por la transformación en contratos fijos discontinuos de contratos temporales suscritos con personas trabajadoras incluidas en el Sistema especial agrario por cuenta ajena. Dará derecho, durante los tres años siguientes, a una bonificación en la cotización de 55 euros por mes, cifra que, en el caso de las mujeres, se eleva hasta los 73 euros por mes.

El nuevo sistema, según explican desde el Ministerio de Trabajo, también bonificará las readmisiones de personas trabajadoras que hubieran cesado en la empresa por incapacidad permanente total o absoluta para mejorar la empleabilidad de este colectivo de que se trata. La bonificación se limita a los contratos indefinidos y a los supuestos en los que la readmisión no obedezca a un derecho del trabajador, límites que no están contemplados en la regulación actual.

También como novedad, estas bonificaciones se extienden a los supuestos de personas mayores de 55 años con incapacidad permanente reincorporadas a su empresa en otra categoría, así como de personas mayores de esa edad que recuperan su capacidad y pudieran ser contratadas por otra empresa.

Se prioriza la contratación a tiempo completo

Además, según explicaron desde el Ministerio de Trabajo, en los supuestos de contratación a tiempo parcial las cuantías se reducirán proporcionalmente en función de la jornada establecida. En todo caso no se incentivan las jornadas parciales inferiores al 50 % de la jornada a tiempo completo de una persona trabajadora, salvo en los supuestos de permisos por conciliación.

Se aumentan las cuantías de otros incentivos que ya existen

Por último, se aumentarían las cuantías de otros incentivos ya existen en el actual sistema de bonificaciones:

  • La bonificación prevista en la actualidad por la contratación indefinida de personas en situación de exclusión social (55 €/mes) se incrementa hasta 128 €/mes, igualándose así a la establecida por la contratación indefinida de otros colectivos vulnerables.
  • Las bonificaciones derivadas de las sustituciones se limitan para determinados supuestos a la contratación de personas jóvenes y su duración se ha ajustado a la duración que pudieran tener los propios contratos de sustitución.
  • La contratación indefinida de personas desempleadas de larga duración da derecho a una bonificación superior cuando la persona contratada es mujer (128 €/mes, en lugar de 110 €/mes). Esta mayor bonificación se extiende también a la contratación de personas que tengan 45 o más años.
  • Respecto del contrato de formación en alternancia establece unas cuantías de bonificación, en lugar de porcentajes, equivalentes a las que resultarían de aplicar el 75% a las cuotas empresariales únicas previstas para este contrato y el 100% en función del tamaño de la empresa.
  • Los beneficios en las cuotas de la Seguridad Social previstos por la transformación en indefinidos de contratos formativos también tienen novedades derivadas de la unificación de su regulación e incrementan su cuantía un 200% para igualarla a la prevista por la transformación en indefinido del contrato de formación en alternancia.

Además, al igual que se hace con la bonificación por transformación del contrato de relevo, se elimina de la norma la condición de que sólo puedan beneficiarse de esta bonificación las empresas con menos de 50 trabajadores en alta, como sucede actualmente. Las bonificaciones previstas en la actualidad por la formación en alternancia, permiten financiar tanto costes de formación como costes de tutorización en la empresa, limitando los primeros a la actividad formativa que, vinculada al citado contrato, se realice en el ámbito laboral. En cambio, la bonificación por costes de tutorización sería aplicable a todas las empresas.

Se dejan intactas las bonificaciones a personas con discapacidad

En cuanto a las personas con discapacidad, se regulan las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social relativas a la contratación de personas con discapacidad, las bonificaciones en los supuestos de contratos suscritos por empresas de inserción y las bonificaciones por los contratos de sustitución de trabajadoras víctimas de violencia de género o de violencias sexuales. Éstas se mantienen con las bonificaciones actuales.