Cuando, por un error, hayan pagado por encima de lo que les corresponde

Los autónomos podrán recuperar los impuestos declarados de más con una simple autoliquidación

Hacienda ha decidido que los autónomos que soliciten una devolución de impuestos por haber declarado de más, cosas que a veces ocurren, puedan utilizar una simple autoliquidación rectificativa para agilizar los trámites.
Los autónomos podrán reclamar la devolución de impuestos a través de una autoliquidación rectificativa.
Los autónomos podrán reclamar la devolución de impuestos a través de una autoliquidación rectificativa.
Los autónomos podrán recuperar los impuestos declarados de más con una simple autoliquidación

Hacienda permitirá a los autónomos realizar autoliquidaciones rectificativas cuando hayan cometido un error al presentar sus declaraciones de impuestos. Así lo ha hecho saber el secretario de Estado de Hacienda, Jesús Gascón, quien adelantó que el cambio se introducirá en el proyecto de ley que transpone la directiva de cooperación administrativa de la Unión Europea. 

Se trata de una cuestión novedosa para los trabajadores por cuenta propia, que podría suponer una mayor agilidad al realizar este tipo de trámites. Hasta ahora, los autónomos que cometieran un error en sus liquidaciones de impuestos deben presentar una solicitud de rectificación, un procedimiento similar al recurso que, sin embargo, suele retrasar en el tiempo los plazos en los que los trabajadores por cuenta propia reciben de vuelta el exceso de ingresos a la Administración.

Así, desde el momento en que se apruebe la nueva ley, los autónomos y otros contribuyentes que cometan un error en sus declaraciones de impuestos deberán rellenar otro documento similar a la primera autoliquidación. Después de presentarla a Hacienda, ésta se registrará como sustituta de la original, por lo que el trabajador por cuenta propia podrá beneficiarse de las devoluciones que correspondan “de manera prácticamente inmediata", afirmó el secretario de Estado de Hacienda. 

En paralelo, Jesús Gascón explicó, durante su comparecencia en el Congreso de los Diputados de este lunes, que Hacienda ha impulsado enmiendas para que, por ejemplo, los autónomos puedan aportar un documento contable como medio de prueba o aclarar el secreto profesional de los asesores contables.  

El nuevo procedimiento para solicitar devoluciones a Hacienda sería similar al de las declaraciones complementarias 

La gran diferencia que el sistema actual presenta frente a las autoliquidaciones rectificativas propuestas por Hacienda son los plazos para que los autónomos que hayan cometido errores en sus declaraciones de impuestos reciban el reembolso de las cantidades excedidas. En este sentido, según el procedimiento actual, éstos deben esperar a la revisión por parte del organismo competente –en este caso, la propia Agencia Tributaria-, algo que no ocurriría con el nuevo sistema. 

“Actualmente, los contribuyentes que soliciten una rectificación de impuestos deben presentar la solicitud y la documentación pertinente. A partir de que se apruebe por la Administración, ésta tiene un plazo de seis meses para pagar, aunque este periodo a menudo se alarga porque, por ejemplo, se solicite una ampliación de la documentación”, explicó a este diario Meritxell Vilalta, abogada especializada en fiscalidad del despacho AGM Abogados. 

Tal y como explicaron a este medio fuentes de la propia AEAT, “las declaraciones rectificativas actuales son como un recurso, mientras que el nuevo sistema es un tratamiento similar al de las devoluciones.” Es decir, el procedimiento de las autoliquidaciones rectificativas se asemejaría a las situaciones en las que los autónomos presentan a Hacienda una declaración que resulte una cantidad a devolver como, por ejemplo, en el IVA o en el IRPF. 

En el mismo sentido, los expertos consultados por este diario adelantaron que, aunque todavía no se han concretado los plazos que maneja Hacienda, la intención del Ministerio “es equiparar las autoliquidaciones rectificativas a las declaraciones complementarias” que se realizan cuando un autónomo ha cometido un error que le beneficia frente al fisco. En estos casos, después de presentar la solicitud, el contribuyente realiza el pago al momento.  

Así, “entendemos que, si la Agencia Tributaria tiene toda la documentación, el procedimiento será parecido y el pago se aprobará al momento por su parte. En este sentido, esperamos que se vaya agilizar”, valoró a este medio Meritxell Vilalta. 

¿Qué debían hacer hasta ahora los autónomos en caso de cometer un error en sus declaraciones de impuestos? 

Hasta que se apruebe la norma, algo que podría suceder en las próximas semanas, los autónomos que consideren que una declaración de impuestos presentada a Hacienda “ha perjudicado sus intereses legítimos, podrá instar la rectificación de dicha autoliquidación”, explicaron desde la Agencia Tributaria.

Para ello, deben presentar una rectificación de autoliquidaciones de Gestión Tributaria, una solicitud “con el contenido establecido reglamentariamente”, así como los datos de la autoliquidación original que se presente rectificar. Es decir, el número de identificación de la primera declaración. Además, la ley actual establece una serie de condiciones que los autónomos deben cumplir para iniciar un procedimiento de rectificación: 

  • La solicitud sólo podrá hacerse una vez presentada la autoliquidación original, y antes de que Hacienda haya practicado la liquidación definitiva o haya prescrito el plazo de devolución, fijado en cuatro años. 
  • Que la autoliquidación en cuestión no esté siendo objeto de comprobación o investigación por parte de la Agencia Tributaria. 
  • La solicitud deberá acompañarse de la documentación que demuestre el derecho a rectificación y los justificantes del ingreso realizado a cuenta del fisco. 

Con respecto a los canales en los que los autónomos pueden presentar la solicitud de rectificación de autoliquidaciones de Gestión Tributaria, Hacienda permite hacerlo de manera electrónica -mediante DNI o certificado electrónico, o Clave PIN-, en las oficinas de la Agencia Tributaria o de Correos.  

Además, cabe recordar que las solicitudes de rectificación pueden presentarse en más de una ocasión, siempre que el plazo para ejecutar la devolución -cuatro años desde la autoliquidación- se mantenga vigente. Por ejemplo, en los casos en los que los autónomos cometen un error en la primera solicitud y, en lugar de pedir una devolución, requieran una compensación, un error común por la similitud de los términos.