O los que accedan a una Incapacidad Permanente

El IMSERSO explica cuánto cobrarán los autónomos jubilados que no llegan a los 15 años cotizados

El IMSERSO publicó las tablas con las cuantías que cobrarán los autónomos este año si se jubilan sin alcanzar los 15 años de cotización mínima. Éste es el importe de las pensiones no contributivas para 2023.

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El IMSERSO explica cuánto cobrarán los autónomos jubilados que no llegan a los 15 años cotizados
El IMSERSO explica cuánto cobrarán los autónomos jubilados que no llegan a los 15 años cotizados

Por norma general, todo autónomo -o asalariado- que quiera acceder a la jubilación en 2023 deberá, o bien tener 65 años y haber cotizado un mínimo de 37 años y 9 meses en la fecha de solicitud; o bien tener cumplidos 66 años y 4 meses y haber cotizado al menos 15 años. Este periodo es el mínimo para acceder a la pensión contributiva.

Sin embargo, la Seguridad Social pone a disposición de los trabajadores por cuenta propia una modalidad de retiro para aquellos que no han alcanzado el periodo mínimo de cotización. Se llama jubilación no contributiva, y asegura a todos los españoles, autónomos o asalariados, poder obtener un mínimo de ingresos cuando llegue la hora de dejar su actividad, independientemente de lo que hayan aportado al sistema.

Según el IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales), "las pensiones no contributivas aseguran a todos los ciudadanos en situación de jubilación o invalidez y en estado de necesidad, una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios; aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una Pensión Contributiva". 

Como ya apuntaron desde el organismo dependiente del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, la modalidad no contributiva de la jubilación viene a proteger a dos tipos de ciudadanos: aquellos que hayan alcanzado la 66 años y 4 meses sin tener el mínimo de cotización en 2023 y a los que estén en situación de invalidez. Ambas modalidades exigen ciertos requisitos.

¿Cuánto cobrarán por su jubilación los autónomos que no alcancen 15 años de cotización?

La cuantía de la pensión no contributiva para cada ciudadano se establece en función de sus rentas o ingresos personales y de las de su unidad económica de convivencia. Sin embargo, esta pensión tiene unos límites que varían cada año. En 2023, la cuantía anual integra establecida para las pensiones de invalidez y jubilación no contributivas en el año 2023 asciende a 6.784,54 euros anuales. 

Por otro lado, la cuantía individual de la pensión para cada ciudadano se establece, en función de sus rentas personales o de las de su unidad económica de convivencia, sin que pueda ser inferior a la mínima del 25%, 1.696,14 euros anuales.

Además, los pensionistas de invalidez no contributiva cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al 75% y acrediten la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, percibirán además un complemento del 50% de los 6.784,54 euros anuales, fijado en 3.392,27 euros anuales.

Según señalaron desde el IMSERSO, para este año, las cuantías básicas establecidas para la jubilación no contributiva son las siguientes: 

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En el caso de que en la unidad familiar hubiera más de un beneficiario de pensión no contributiva, las cuantías básicas variarán de la siguiente forma, tal y como señalaron desde el IMSERSO:

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Requisitos para cobrar una pensión no contributiva en 2023

Desde el IMSERSO explicaron también las tres condiciones que exige la Seguridad Social para que un contribuyente acceda esta modalidad de jubilación: carecer de ingresos suficientes, tener la edad mínima de jubilación y ser residente en España,

  • Carecer de ingresos suficientes

La Seguridad Social existe carencia, cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual, sean inferiores a 6.784,54 euros anuales. No obstante, el límite puede reducirse si hay más convivientes en la misma unidad familiar.

  • Tener la edad mínima de jubilación

Además de carecer de ingresos suficientes, el solicitante deberá tener, al menos, 65 o más años. 

  • Residir en territorio español

Para optar a la pensión no contributiva de jubilación también se exige que el solicitante resida en territorio español, y además lo haya hecho durante 10 años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los 16 años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

De hecho, este requisito se exige durante todo el tiempo que se reciba esta pensión. Si un beneficiario se traslada al extranjero durante más de 90 días y no tiene una acreditación médica que justifique su ausencia, perderá el derecho a la prestación.

Pensión de Invalidez no contributiva

En cuanto a la pensión por invalidez, la Seguridad Social también exige que el solicitante cumpla una serie de requisitos: 

  • Edad: Tener 18 años o más, y menos de 65.

  •  Residencia: Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
  •  Discapacidad: El solicitante debe tener un grado igual o superior al 65%, para optar a la modalidad no contributiva de la pensión por invalidez.

Además,"si el pensionista tuviera un grado de discapacidad  igual o superior al 75% y acreditase la necesidad de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, tendrá derecho a un complemento del 50% de la cuantía que, de por sí, le correspondería" apuntaron desde el IMSERSO.

Cómo solicitar la pensión no contributiva? 

La gestión y reconocimiento del derecho a percibir una Pensión no Contributiva se realiza por las Comunidades Autónomas, que tienen transferidas las funciones y servicios del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso). En las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla se hace directamente por el Imserso.

Todos aquellos solicitantes que cumplan con los requisitos mínimos exigidos para optar a la pensión no contributiva, tanto de invalidez como de jubilación, deberán presentar la documentación requerida y un formulario -por medios electrónicos o en papel- en las oficinas de los Servicios Sociales de su Comunidad Autónoma, del Imserso, o en cualquier otra de la Seguridad Social.