La Administración está obligada a fraccionar el pago de la devolución

La Seguridad Social deja a los autónomos devolver prestaciones indebidas en cuotas de 100 euros al mes

El Gobierno aprobó este martes un Real Decreto que incluye varias aclaraciones en el reglamento de la Seguridad Social. Entre ellas, se ha introducido una modificación que permitirá a todos los autónomos devolver las prestaciones que cobraron indebidamente en cuotas mínimas de 100 euros
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La Seguridad Social deja a los autónomos devolver prestaciones indebidas en cuotas de 100 euros al mes
La Seguridad Social deja a los autónomos devolver prestaciones indebidas en cuotas de 100 euros al mes

El Gobierno aprobó este martes en Consejo de Ministros en el Real Decreto 322/2024, una batería de cambios en el reglamento de la Seguridad Social que afectan a las obligaciones y procedimientos entre la Administración y los contribuyentes. En esta nueva normativa, el Ejecutivo ha incluido varias modificaciones para aclarar algunos aspectos que quedaban pendientes, como la ampliación del plazo que tienen los autónomos societarios y otros colectivos para comunicar sus datos a la Tesorería.

El Real Decreto también ha incluido algunas modificaciones en los procedimientos de la Seguridad Social que pueden afectar a los autónomos. Entre ellas, destaca la regulación del proceso para fraccionar el pago de las prestaciones que se hayan podido cobrar indebidamente-. Estas devoluciones se producen cuando la Tesorería reclama a un trabajador por cuenta propia el reintegro del cese de actividad. la pensión de jubilación, la Incapacidad Temporal o incluso el Ingreso Mínimo Vital por no haber cumplido los requisitos que marca la normativa para ser beneficiario.

El ejemplo más claro sería el de las posibles devoluciones que puedan producirse por el cese de actividad extraordinario que cobraron miles de trabajadores por cuenta propia en la pandemia. Para este cese se exigía haber cerrado el negocio o haber sufrido un mínimo de caída de facturación. De no cumplirlo, se exigiría al autónomo reintegrar todo lo percibido.

La Seguridad Social permitirá a todos los autónomos devolver sus prestaciones indebidas en cuotas de 100 euros

Hasta la fecha, según confirmaron distintos expertos a este diario, la ley ya permitía que se fraccionaran las devoluciones de estos cobros indebidos. Ahora bien, el problema era "el factor de discrecionalidad". Es decir, la Administración se guardaba el derecho de denegar el fraccionamiento de estos pagos y, además, de imponer las cuotas que considerara oportunas.

A partir de ahora, con la entrada en vigor del Real Decreto 322/2024, de 26 de marzo, se ha modificado el reglamento general de recaudación de la Seguridad Social. Con este cambio, los autónomos van a poder devolver en cuotas de 100 euros mensuales -como mínimo- las prestaciones indebidas y en un plazo máximo de hasta cinco años, que antes era de cuatro.

Concretamente, con esta modificación, el apartado 4 del artículo 80 del reglamento recoge desde ahora que, "para el reintegro de las citadas prestaciones, la Tesorería General de la Seguridad Social expedirá reclamación de deuda en la que se fijará el plazo reglamentario para el reintegro, que comenzará con la notificación de dicha reclamación y finalizará el último día hábil del mes siguiente al de aquella notificación".

Y según añade la norma, "a tal efecto, los órganos de la Tesorería General de la Seguridad Socia establecerán dichos plazos de fraccionamiento, con un importe mínimo de 100 euros mensuales y hasta un máximo de cinco años".

Todos los autónomos tendrán derecho a fraccionar la devolución de una prestación cobrada indebidamente

Aparte de la aclaración sobre los plazos e importes, según los expertos, el aspecto más importante que introduce la norma es la eliminación del conocido como factor de discrecionalidad, que permitía hasta ahora a la Administración denegar o revocar el derecho a fraccionamiento sin ninguna causa recogida en la Ley.

La eliminación de este factor de discrecionalidad es un importante avance para los autónomos que tengan que devolver una prestación de la Seguridad Social, ya que el fraccionamiento pasaría a ser una garantía para todos.

Así, la Tesorería sólo podrá revocar este derecho a fraccionar el pago “únicamente cuando se produzca la falta de ingreso del importe correspondiente -un mínimo de 100 euros- a tres de los plazos de fraccionamiento concedidos, en lugar de cuando concurra la falta de pago de uno solo de los plazos, conforme establece la regulación vigente”, establece el real decreto.

Solicitud de fraccionamiento de prestaciones indebidas

Para solicitar el fraccionamiento del reintegro de prestaciones indebidas, el autónomo sólo tendrá que acceder al siguiente enlace. En él, podrá identificarse a través del sistema Cl@ve o con certificado digital y solicitar directamente este aplazamiento. Una vez realizado el trámite recibirá un "acuse de recibo" en formato PDF.

Tras ello,  la Administración dictará y notificará la resolución en el plazo de tres meses naturales desde la recepción de la solicitud.