1.4 millones de beneficiarios recibirán la prestación

Este viernes los autónomos cobrarán el tercer pago del Cese de Actividad

Este viernes 29 de mayo los autónomos recibirán el tercer pago del Cese de Actividad extraordinario. Serán, al menos,1.412.605 de autónomos que están acogidos a la prestación y  la cobrarán en los próximos días. En total, la Administración va a abonar 1.200 millones de euros.
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Este viernes los autónomos cobrarán el tercer pago del Cese de Actividad

Este viernes la Seguridad Social, a través de las mutuas, abonará el tercer pago del Cese de Actividad extraordinario que puso en marcha el Gobierno para los autónomos a raíz del COVID-19.  Según datos de la Administración, 1,4 millones de autónomos cobrarán a partir de hoy esta prestación extraordinaria. 

El Cese de Actividad que recibirán los autónomos en sus cuentas desde este viernes asciende a un mínimo de 661 euros, referentes al 70% de la base de cotización. La Seguridad Social, a través de las mutuas colaboradoras, destinará a este pago un importe total de unos 1.200 millones de euros que, sumados a los desembolsados los pasados 17 y 30 de abril, supondrían alrededor de 2.500 millones de euros destinados a esta prestación en lo que llevamos de crisis sanitaria.

 1.412.605 autónomos cobrarán la prestación

Desde el comienzo de la crisis sanitaria, las mutuas colaboradoras con la Administración tuvieron que hacer frente a una avalancha de solicitudes de autónomos que necesitaban acogerse a la prestación. Después de dos meses y medio, ya son 1.412.605 de trabajadores por cuenta propia los que la tienen reconocida. Todos ellos recibirán desde este viernes 29 de mayo el tercer abono del Cese de Actividad extraordinario en sus cuentas. 

Según datos del Gobierno, se ha reconocido el derecho a la prestación  al 94,62% de los 1.492.768 trabajadores por cuenta propia que la han solicitado. Del total, el 2,13% está en trámite -podría ser que se les reconociera y cobrarán en los próximos días- y únicamente el 3,24% restante de solicitudes han resultado denegadas.  

Los datos de aprobación han sufrido pocas modificaciones  desde que, a principios de mayo, la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo (AMAT) informara de que el 96,8% de las solicitudes de prestación habían sido concedidas. Además, según los datos que manejaba la organización en esas fechas, 707.377 solicitudes (el 61,83%) habían sido reconocidas por cese absoluto de actividad, mientras que 436.712 (el 38,17%) lo habían sido por haber alegado una reducción del 75% de los ingresos. 

La mayoría son comerciantes y hosteleros

En cuanto a los beneficiarios, los datos de este tercer pago de la prestación extraordinaria mantienen como principales perceptores del Cese de Actividad a los autónomos hosteleros, comerciantes y de la contrucción. 

Concretamente, del total de pagos realizados, el sector Comercio recibirá 351.627, la Hostelería 261.336, y la Construcción 152.646. Sólo estos tres sectores superan la mitad de las solicitudes concedidas. Por otra parte, las comunidades autónomas con un mayor número de receptores son Andalucía (253.244), Cataluña (233.582), Madrid (179.425) y Comunidad Valenciana (160.636).

Además, según los datos de AMAT, a principios de este mes, la prestación extraordinaria por Cese de Actividad ya había sido solicitada  por más del 36% de los 3.135.135 afiliados al régimen especial de trabajadores autónomos en España y protegidos por las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social (97,31%, respecto del total que cubre el Sistema de Seguridad Social). 

Faltará, al menos, otro pago más

Los autónomos que estén acogidos a la prestación o que se les reconozca a lo largo del mes que viene tendrán derecho todavía a un pago más del Cese de Actividad, además del que se abonará este viernes.

La semana pasada, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, logró sacar adelante una nueva prórroga del Estado de Alarma con una votación muy ajustada. Esta medida seguirá en vigor, al menos, hasta el 7 de junio y, con su aprobación, los autónomos podrán seguir cobrando el Cese de Actividad extraordinario hasta el próximo 30 de junio. 

Esto se debe a que la norma que regula la vigencia del Cese de Actividad extraordinario dice que la prestación durará hasta el último día del mes en que finalice el Estado de Alarma. Por tanto, para que se alargara la prestación más allá del 30 de junio de forma automática haría falta que se aprobaran dos prórrogas más del Estado de Alarma. Cosa que, a día de hoy, parece poco probable. 

Por este motivo, tal y como informó este digital, la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) y la Unión de Profesionales de Trabajadores Autónomos (UPTA) trasladaron al Gobierno una propuesta para ampliar la prestación por Cese de Actividad extraordinario más allá del 30 de junio.  

El plan consta de tres fases y pretende desligar la prestación del Estado de Alarma para que los autónomos que más lo necesitan pueden seguir beneficiándose de ella hasta el 31 de diciembre, en función de algunos parámetros como la caída de su facturación.

Requisitos actuales 

Para acceder a esta prestación, el trabajador por cuenta propia debe estar inscrito en el régimen de autónomos. Como  requisito para acceder, el solicitante debe haberse visto afectado por el cierre del negocio debido a la declaración del estado de alarma o haber sufrido una merma del 75% en la facturación del mes natural anterior a la fecha de la solicitud.

En general, se tomará de referencia la media mensual del semestre anterior, salvo en algunos colectivos, como el régimen agrario, del mar –con actividades muy estacionales- o de la cultura y el espectáculo, en los que el periodo de cálculo se adapta a sus peculiaridades.

Para acreditar la pérdida de ingresos, el solicitante debe aportar la información contable que lo justifique. Para ello podrá presentar desde la copia del libro de registro de facturas emitidas y recibidas, el libro diario de ingresos y gastos, el libro registro de ventas e ingresos, hasta el libro de compras y gastos. Si no está obligado a llevar esa documentación de contabilidad, valdrá cualquier medio de prueba admitido en derecho, "como el taxímetro en el caso de los taxistas", explicaron desde Seguridad Social.

Para solicitar esta prestación, un trámite que se debe realizar a través de las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social, no se requiere periodo mínimo de cotización. Además, es compatible con cualquier otra prestación de la Seguridad Social que el solicitante viniera percibiendo y fuera compatible con el desempeño de la actividad que desarrollaba.