El cambio se haría efectivo a partir del 1 de julio

Los autónomos tienen hasta el 30 de junio para subir o bajar su cuota a la Seguridad Social de cara al verano

Los autónomos tienen hasta el 30 de junio para elevar o bajar su base de cotización dependiendo de los ingresos que prevean para este verano.

Business analysis planing and  solution objective strategy concept
Los autónomos tienen hasta el 30 de junio para subir o bajar su cuota a la Seguridad Social de cara al verano
Los autónomos tienen hasta el 30 de junio para subir o bajar su cuota a la Seguridad Social de cara al verano

El 30 de junio es la fecha límite que tienen los autónomos para cambiar su base de cotización si quieren adaptar sus cuotas a los ingresos que esperan tener este verano. La base de cotización puede modificarse tanto a la alza como a la baja si esperan rendimientos más altos o más bajos de lo habitual durante el periodo estival.

A partir de la entrada en vigor del sistema de cotización por ingresos reales el pasado 2023, se puso en marcha este nuevo procedimiento de pago de cuotas que permite realizar hasta seis cambios de base a lo largo del año para irla adaptando a los beneficios que va teniendo el trabajador por cuenta propia.

Hasta entonces sólo se permitía realizar cuatro cambios de cuota a lo largo del año, aunque el autónomo tenía total libertad de seleccionar la base que quisiera, con independencia de sus ingresos reales.

Los trabajadores por cuenta propia tienen hasta junio para hacer cambios en sus cuotas de cara al verano

La temporada de verano es un periodo especialmente cambiante para muchos autónomos que ven incrementada su actividad o, por el contrario, ven disminuida su facturación.

Según el último observatorio financiero publicado recientemente por el consejo general de economistas (CGE) se prevé un aumento de la facturación de autónomos y pequeños negocios durante los próximos meses, este 2024, especialmente en aquellos vinculados al sector turismo.

Este cambio en la entrada de ingresos es el principal motivo por el que quienes tienen un negocio en el que sus rendimientos suelen fluctuar en los meses más calurosos del año deberían cambiar su base de cotización adaptándose a estas circunstancias.

En este momento del año puede resultar especialmente interesante para muchos negocios echar un vistazo a sus cuentas globales y a los resultados de facturación obtenidos en el mismo periodo de años anteriores y así prever con mayor acierto los beneficios esperados en los próximos meses.

En función de esta previsión podrían actualizar su base de cotización para empezar desde el 1 de julio a pagar una cuota más ajustada a sus beneficios reales.

Hay quienes ya se habrán adelantado a esta previsión y habrán ajustado sus cuotas en el periodo anterior. Pero aquellos autónomos que no aprovechen este momento para rectificar la cantidad que pagan por su cuota mensual ya no podrán cambiarla hasta septiembre.

Periodos para cambiar la base de cotización en 2024

Actualmente, son hasta seis las veces que un autónomo puede realizar cambios en sus bases de cotización. Sin embargo, los tramos para poder realizar estos cambios son muy específicos.

En 2024, los trabajadores por cuenta propia podrán de base de cotización en los siguientes plazos:

  • 1 de marzo, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el 28/29 de febrero.
  • 1 de mayo, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
  • 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
  • 1 de septiembre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
  • 1 de noviembre, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
  • 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1
  • de noviembre y el 31 de diciembre.

Realizar cambios en la base de cotización es tan sencillo como entrar a la Web de la Tesorería General de la Seguridad Social y solicitar un cambio de base de cotización accediendo al espacio de “Altas, bajas y modificaciones”, identificándose previamente a través del “Área Personal”.

¿Qué ocurre si se prevé un cambio en los ingresos pero no se cambia de cuota?

Es recomendable que aquellos autónomos que prevean un cambio considerable en sus ingresos de cara a verano hagan el cambio de cuota antes del 30 del mes que viene, y eviten de esta forma una regularización por parte de la Seguridad Social que, además, puede tardar en hacerse efectiva. Se puede tardar hasta un año en recuperar lo que se ha pagado de más en las cuotas, ya que la Tesorería podría dilatarse en pagar la diferencia hasta el 30 de abril del ejercicio siguiente.

Con el nuevo sistema de ingresos reales se produce un intercambio de datos entre la Seguridad Social y la Agencia Tributaria. Si tras recibir las declaraciones de impuestos de los trabajadores por cuenta propia la Seguridad Social advierte un desfase entre los ingresos netos y la cuota que se ha pagado llevará a cabo una regularización.

La regularización puede tener un resultado neutro, positivo o negativo. Si el autónomo ha pagado una cuota por debajo de lo que le correspondía, la Tesorería le reclamará la diferencia y, si por el contrario, la cuota abonada está por encima de lo estipulado se le devolverá la diferencia al año siguiente.

¿Cómo calcular  la base de cotización?

Para evitar sorpresas en las regularizaciones es interesante que los autónomos aprovechen los periodos de cambio de cotización de forma inteligente, de acuerdo a sus beneficios netos. Así evitarán tener que pagar de golpe o ver reducida su liquidez.

La Seguridad Social pone a disposición de todos los autónomos y autónomas una calculadora de cuotas a la que se puede acceder en este enlace: https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass/tramites/simuladorRETAPublico . Con esta herramienta, el trabajador por cuenta propia puede indicar sus rendimientos netos -ingresos menos gastos- que prevé tener cada mes y ver de forma automática la cuota mínima que debería pagar si no quiere deber dinero al fisco.

Imaginemos el caso de un autónomo que previera unos beneficios en los meses de verano de entre 1.800 y 2.000 euros mensuales. Bajo este supuesto, la Seguridad Social le recomendaría elegir una cuota de entre 325 y 621 euros.