Tras la prórroga de los presupuestos, se mantienen los límites de 2023

Seguridad Social debe devolver el exceso de cotización a los autónomos en pluriactividad antes del 1 de mayo

Los autónomos que se encuentran en pluriactividad mantendrán el mismo límite fijado en 2023 para recuperar el exceso de cotización a la Seguridad Social. La Tesorería tiene la obligación de devolver el 50% estas sobrecotizaciones antes del 1 de mayo de cada año.
Tener Tarifa Plana en pluriactividad es incompatible con recuperar su exceso de cotización.
Seguridad Social debe devolver el exceso de cotización a los autónomos en pluriactividad antes del 1 de mayo

A falta de que el Gobierno apruebe los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para el presente año, los autónomos que se encuentran en pluriactividad mantendrán el mismo límite fijado en las cuentas públicas de 2023 para recibir el exceso de cotización -si se cumplen los requisitos pertinentes- que hayan generado por estar simultáneamente en el Régimen General de la Seguridad Social y el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). 

En concreto, aquellos autónomos cuyas bases de cotización por cuenta ajena y propia superasen el año pasado los 15.266,72 euros, se encuentran esperando que la Seguridad Social les devuelva el exceso en sus cuentas bancarias. Se trata de un proceso que debería comenzar en las próximas semanas, debido a que el plazo para que la Tesorería abone de oficio el 50% de la sobrecotización a estos autónomos finaliza el el próximo 1 de mayo. 

Este tope, que se estableció a finales de 2022 con la aprobación de los PGE de 2023, supuso en su momento un incremento de casi el 10% frente a los límites anteriores, lo que redujo número de autónomos que ejercen simultáneamente su actividad por cuenta propia y ajena que pueden acogerse a la devolución del exceso de cotización

El año pasado el Gobierno elevó un 9,5% el mínimo para poder solicitar la devolución del exceso de cotización

Los datos más recientes indican que más del 7% de los autónomos realiza simultáneamente su actividad por cuenta propia y otra por cuenta ajena. Esta situación laboral es más frecuente entre los jóvenes menores de 25 años (14,1%) y en aquellos que tienen una antigüedad menor a 6 meses (14,9%), si bien se reduce drásticamente cuando la antigüedad está por encima de los 5 años.

Así, de los más de 148.000 autónomos que se encuentran en pluriactividad en España, aquellos que no hayan cotizado -entre las bases del RETA y las correspondientes a la cuenta ajena- los 15.266,72 euros de cotizaciones perderán el derecho a la devolución del exceso abonado a la Seguridad Social este año. Ello se debe a que, con la prórroga de los PGE, la subida del 9,5% que se llevó a cabo el año pasado se mantiene por el momento.

Los autónomos en pluriactividad que sí superen este límite tienen derecho a recibir esta devolución, derivada de la suma de sus bases como trabajador por cuenta ajena y por cuenta propia. En concreto, “tendrán derecho al reintegro del 50%  del exceso en que sus cotizaciones por contingencias comunes siempre que superen la cuantía de 15.266,72 euros” al año.

Hacienda debe devolver el exceso de cotización a los autónomos en pluriactividad antes del 1 de mayo 

Por su parte, aquellos autónomos que ya han superado este tope durante el ejercicio de 2023, se mantienen a la espera de que la Seguridad Social les devuelva el 50% de su exceso de cotización por contingencias comunes, proveniente del ejercicio del año pasado.

Estas cantidades, que la Tesorería reembolsa de oficio, deberán ser ingresadas a los autónomos en pluriactividad antes del 1 de mayo de este año, por lo que los autónomos que simultanean la cotización en ambos regímenes tendrían que comenzar a recibir en breves el exceso de cotización abonado.

La Ley 6/2017 de 24 de Octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, es la que aclara que la Seguridad Social comenzará a abonar de oficio el reintegro que en cada caso corresponda antes del 1 de mayo del ejercicio siguiente. Por lo tanto, se devolverá el exceso en aquellos casos en que se superen los 15.266,72  euros, como quedó fijado en los últimos presupuestos, y además, será el límite que se mantenga hasta que se produzca la publicación de los nuevos.

Esta normativa también aclara que “se mantiene el derecho al reintegro del 50% del exceso en que sus cotizaciones superen la cuantía”, añadiendo los PGE que en estas circunstancias, “la Tesorería procederá a abonar el reintegro que corresponda en un plazo máximo de cuatro meses desde la regularización prevista en el artículo”.

La Tarifa Plana en pluriactividad es incompatible con recuperar su exceso de cotización

Como apuntan los datos del Ministerio de Trabajo, un importante porcentaje de los trabajadores que se encuentran en pluriactividad son jóvenes. Entre los incentivos que se obtienen al entrar en el RETA, pueden acceder a la Tarifa Plana para pagar la cuota reducida de 80 euros al mes, por lo que no es infrecuente que aquellos que se inician en la actividad se acojan a ésta, ya que es posible mientras se cotiza en el trabajo por cuenta propia y ajena. al mismo tiempo. 

Sin embargo, uno de los requisitos que estos autónomos deben tener en cuenta es que la ley de la Seguridad Social niega el derecho a recuperar el exceso de cotización en estos casos, aclarando que “la aplicación de los incentivos propios de la realización de actividades en régimen de pluriactividad es incompatible con cualquier otra bonificación o reducción establecida como medida de fomento del empleo autónomo”.