Según el estudio 'La Factura Electrónica B2B en Europa'

El 87% de los países europeos ya está utilizando la factura electrónica de forma obligatoria

Según el estudio La factura electrónica B2B en Europa, el 87% de los países ya han implementado la facturación electrónica de forma obligatoria en el ámbito de las Administraciones públicas, mientras que el 13% restante la está utilizando de manera voluntaria en 2023.

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España ha extendido su obligatoriedad para los subcontratistas del Estado desde hace unos años.
El 87% de los países europeos ya está utilizando la factura electrónica de forma obligatoria

La compañía SERES, pionera y especialista en Intercambio Electrónico seguro de Documentos, ha publicado su estudio La factura electrónica B2B en Europa, en el que se refleja que, en el ámbito de las Administraciones Públicas, el 87% de los países ya han implementado la facturación electrónica de forma obligatoria, mientras que el 13% restante la está utilizando de manera voluntaria en 2023.

El análisis que ofrece una visión detallada de la evolución de la factura electrónica en distintos países de la Unión Europea y los retos futuros que se avecinan en materia de transformación digital en el continente europeo en los próximos años.

En Europa, el uso de la factura electrónica en el ámbito B2B se ha extendido rápidamente en los últimos años, y un número significativo de países de la Unión tienen como objetivo hacer obligatorio el uso de la factura electrónica en un plazo no superior a cinco años. Actualmente, el 100% de los países europeos hacen uso de esta en sus transacciones comerciales. Además, en el ámbito de las Administraciones Públicas, el 87% de los países ya han implementado la facturación electrónica de forma obligatoria, mientras que el 13% restante la utiliza de manera voluntaria en 2023.

La factura electrónica B2G ya está consolidad en Europa

La Unión Europea, y más concretamente la Comisión Europea, llevan un largo recorrido actuando como agente dinamizador de la factura electrónica. En 2014, el Parlamento Europeo y el Consejo aprobaron la Directiva 55/UE para establecer un estándar común europeo de factura electrónica. La Directiva tenía como objetivo simplificar y unificar el proceso de facturación e intercambio entre empresas e instituciones en diferentes países, con enfoque en la reducción de costes, la mejora de la eficiencia y la promoción de la sostenibilidad en las transacciones comerciales.

Además, la extensión de la factura electrónica a nivel internacional, impulsada a través de leyes o regulaciones gubernamentales, se ha convertido en un elemento crucial en las operaciones comerciales entre empresas y autónomos. Esta herramienta, al ser obligatoria en las Administraciones públicas, ha provocado que varios gobiernos europeos tracen planes para su integración en el sector privado. Entre estas iniciativas se encuentran la estandarización de formatos y contenidos en las facturas electrónicas, facilitando de manera considerable los procesos de facturación. Además, ha propiciado la interoperabilidad entre diversos sistemas y países, mejorando así la fluidez en el comercio transfronterizo.

A nivel europeo, Italia es pionero en la implantación de la factura electrónica en la empresa privada. En el resto del continente encontramos casos como el de Francia, que cuenta con un proyecto bastante avanzado hacia la masificación del uso de la factura electrónica, y casos como los de Alemania, Bélgica o Grecia, países donde se están diseñando planes de masificación de la e-factura, con perspectivas de implementación en un plazo máximo de tres años.

España, que incorporó la obligación de uso de este recurso en el ámbito B2G en el año 2015, ha extendido su obligatoriedad para los subcontratistas del Estado desde hace unos años.  La Ley Crea y Crece, vigente desde el 19 de octubre de 2022, marcó un hito al establecer por primera vez en la historia del país la exigencia de emplear la factura electrónica en las transacciones comerciales entre empresas y autónomos. Esta nueva normativa se encamina inicialmente a aquellas empresas con una facturación superior a 8 millones de euros, las cuales deberán implementar la factura electrónica en un plazo máximo de un año tras la aprobación de las regulaciones correspondientes. Las demás empresas y profesionales tendrán otro año adicional para llevar a cabo su implementación.