Salvo algunas excepciones recogidas por la Ley de IRPF

Casi todas las ayudas y prestaciones de los autónomos tributan en esta RENTA: cuáles son y cómo se declaran

Casi todas las ayudas y prestaciones que pudieron cobrar los autónomos durante 2023 tributan en la declaración de la RENTA. Algunas de las más conocidas son el Kit Digital, las subvenciones por el aumento de costes y hasta pensiones como la viudedad o la jubilación.
Handsome businessman working at his desk in the office
Casi todas las ayudas y prestaciones de los autónomos tributan en esta RENTA: cuáles son y cómo se declaran
Casi todas las ayudas y prestaciones de los autónomos tributan en esta RENTA: cuáles son y cómo se declaran

Los autónomos ya están encarando la última recta de la campaña de la RENTA. En poco más de un mes, todos los trabajadores por cuenta propia que estaban dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) deberán saldar sus cuentas con Hacienda, independientemente de los ingresos que hubieran obtenido el año pasado.

Dentro del apartado de ingresos, los autónomos no sólo deberán incluir toda la facturación que hayan obtenido a través de su negocio u otras actividades. En la declaración de IRPF también deberán tributar por casi cualquier ayuda o prestación que hayan cobrado a lo largo de 2023.

De hecho, según confirmaron distintas fuentes expertas a este diario, "casi todas las ayudas y prestaciones que pueden percibir los autónomos tributan, en algunos casos como rendimientos del trabajo y en otros por actividades económicas". Es más, como ya avanzó este diario, determinados subsidios que pueden percibir los trabajadores por cuenta propia -como el Ingreso Mínimo Vital- están incluso condicionados a que el autónomo presente su declaración de la RENTA. De no ser así, se le podría retirar la prestación.

Casi todas las ayudas de los autónomos se deberán incluir en esta RENTA: ¿Cómo tributa cada una?

Por primera vez, en esta RENTA, miles de autónomos que hasta ahora no tributaban tendrán que presentar la declaración del IRPF. Es probable que muchos de ellos, además, estén percibiendo ingresos a través de determinadas prestaciones o subsidios. 

Sea como sea, los expertos fiscalistas advierten que los autónomos deben contemplar todas y cada una de las ayudas autonómicas y estatales que hayan podido recibir a lo largo del pasado año.  A continuación, se detalla el tratamiento fiscal de cada una de ellas

  • Bono de hasta 12.000 euros del Kit Digital: rendimientos del trabajo

Las ayudas de Kit Digital son una de las subvenciones más famosas y que han percibido un mayor número de autónomos. Según los últimos datos publicados por Red.es, en diciembre ya eran más de 300.000 los negocios que habían cobrado el bono. 

Hasta la fecha, el Gobierno ha abierto cuatro convocatorias distintas del Kit Digital: una para autónomos con menos de tres empleados, otra para negocios con entre tres y diez trabajadores y una última para los que tienen más de diez empleados. La subvención consiste en un bono que el autónomo puede gastar en implantar alguna solución digital en su negocio, como puede ser un software de facturación o el desarrollo de una página web, entre otras herramientas.

Aunque esta ayuda no es líquida, porque el autónomo no recibe directamente el dinero para él, sino que tiene que gastarlo en contratar a un profesional, el Kit Digital también tributará en esta RENTA, siempre que el negocio haya cobrado el cheque entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.

Si el autónomo percibió este bono antes de final de año,  esta subvención se tendría que incluir en la declaración de IRPF a presentar entre abril y junio de 2024 como rendimientos del trabajo

  • Ayudas estatales al transporte, agricultura o ganadería: rendimientos de actividades económicas

En 2023 se siguieron aprobando distintas subvenciones para compensar el aumento de costes en determinados sectores. De hecho, el Gobierno aprobó dos paquetes distintos, uno en enero y otro en junio, de ayudas directas para paliar el incremento de costes que han tenido que soportar todos los negocios, pero especialmente los autónomos de algunas actividades como el transporte, la agricultura, la ganadería, la acuicultura o la industria intensiva en consumo de gas. 

En algunos casos, para taxistas, transportistas o VTC's que no son beneficiarios de la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos, las ayudas se articularon en forma de subvenciones directas. En el resto de los casos, se llevaron a cabo  en forma de pagos junto a la devolución del gasoleo profesional mes a mes.

 Los autónomos que hayan cobrado cualquiera de estas ayudas, tanto del Real Decreto ley 6/2022 aprobado en marzo, como la extensión de algunas líneas aprobada en junio, en principio y a expensas de que haya alguna matización distinta por parte de la Agencia Tributaria, tendrán que declarar en la RENTA 2023 que se presenta al año que viene todo lo que hayan recibido. En este caso, como son subvenciones dirigidas a compensar las caídas de ingresos sufridas por un negocio, se deberían incluir como rendimientos de la actividad

  • Cheque de 200 euros para autónomos con bajos ingresos: rendimientos de actividades económicas

En 2023 también se aprobó un segundo cheque de 200 euros para colectivos vulnerables al que pudieron acceder los autónomos con menos de 27.000 euros de beneficios   

En principio, esta ayuda tributaría como rendimiento de la actividad ya que va dirigida a compensar las pérdidas, en este caso de un negocio. Aunque el año pasado la mayoría de perceptores, al tener bajos ingresos, no tuvieron que declarar este cheque, en 2024 todos los autónomos tendrán que hacerlo ya que cualquiera deberá declarar la RENTA.​

  • Subvenciones autonómicas: rendimientos de actividades económicas

Las comunidades autónomas también han ofrecido diferentes subvenciones a los autónomos para paliar sus caídas de ingresos durante el COVID-19 o el incremento de costes, especialmente algunas comunidades como Madrid o Andalucía. Paralelamente, desde enero de 2023 se pagaron también -como cada año- diferentes líneas de ayudas autonómicas de fomento al trabajo por cuenta propia y al emprendimiento.

Tanto las unas como las otras, lo normal es que tributen y, "habitualmente, si van dirigidas a mantener los ingresos o paliar la caída de facturación, suelen tributar por rendimientos de la actividad económica", apuntó en anteriores declaraciones a este diario, José Carlos Piñero, director del Área Jurídica de ATA. Así pues, tributarán en esta declaración de IRPF las ayudas que se percibieron entre enero y diciembre de 2023.  

Como norma general, salvo que la Ley expresamente lo indique, todas las subvenciones o ayudas recibidas por personas que no realizan actividades económicas, tienen la consideración de ganancias patrimoniales, por lo que están sujetas y no exentas en el Impuesto sobre la Renta. "Las que reciben las personas que realizan actividades económicas, pueden tener la consideración de rendimiento de la actividad o de ganancia patrimonial, según el destino de la subvención o ayuda", explican desde la Agencia Tributaria.

En este caso, al ir estas subvenciones dirigidas a cubrir la bajada de ingresos por la crisis del coronavirus, compensar el incremento de costes o poner en marcha un negocio, lo más habitual es que  el autónomo las tenga que declarar como rendimientos de su actividad.

En cuanto a las ayudas para la inversión, añadió  el director del Área Jurídica de ATA, "se declaran de manera proporcional a la amortización de esa inversión. Es decir, si la ayuda es de 10.000 euros para comprar una máquina y la máquina se amortiza en 1.000 euros al año, como ingreso deben imputarse también 1.000 euros al año".

La mayoría de prestaciones de los autónomos también tributan

Los autónomos también pudieron percibir durante 2023 otras prestaciones que nada tienen que ver con el incremento de costes, pero que también tributan.  

Concretamente, la Ley de IRPF indica que habrá que tributar por todas "las pensiones y haberes pasivos percibidos de los regímenes públicos de la Seguridad Social y clases pasivas y demás prestaciones públicas por situaciones de incapacidad, jubilación, accidente, enfermedad, viudedad o similares, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7 de esta Ley." 

Es decir, que habrá que incluir en la declaración de IRPF del próximo año todas las prestaciones -exceptuando algunas exentas- percibidas entre enero y diciembre de 2023 como: la jubilación, la Incapacidad Temporal, la viudedad, el favor de familiares o el cese de actividad ordinario. Todas ellas se deberán incluir en el apartado de rentas del trabajo.

Algunas ayudas y prestaciones de los autónomos sí están exentas de tributar: éstas son las excepciones

Aunque la mayoría de las ayudas o prestaciones que perciben los autónomos deben incluirse en la declaración de la RENTA, hay otras que no están sujetas a IRPF.  Dentro del asistente que la Agencia Tributaria prepara todos los años para ayudar a los contribuyentes a elaborar su RENTA, Hacienda desglosa casi una veintena de pensiones y subvenciones que califica expresamente como "exentas de tributar".

Las ayudas y prestaciones que se especifican como exentas se recopilan en el artículo 7  de la Ley 35/2006 , de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.  Algunas de las más importantes son:

  • Prestaciones por maternidad o paternidad
  • Prestaciones por Incapacidad Permanente o absoluta
  • Rentas mínimas de inserción  
  • Planes de Ahorro a largo plazo
  • Indemnizaciones de seguros
  • Las herencias y donaciones