Tras la aprobación de una orden, se crea el nuevo procedimiento para corregir error

Hacienda pagará en menos tiempo a los autónomos sus devoluciones de IVA a partir del tercer trimestre

Hacienda ha publicado el nuevo proyecto de orden por el que se simplifica el procedimiento para que los autónomos y contribuyentes corrijan errores y cobren su devolución de impuestos en IVA más rápido. 
Con su aprobación, se aplicaría desde las declaraciones del tercer trimestre.
Hacienda pagará en menos tiempo a los autónomos sus devoluciones de IVA a partir del tercer trimestre

Con la entrada en vigor de la Ley 13/2023, se estableció un nuevo sistema único para corregir las declaraciones de los principales impuestos que pagan los autónomos. Para establecer este nuevo sistema, que simplifica el procedimiento para rectificar errores tributarios, ya se ha publicado el proyecto de orden para el primero de los impuestos que van a aplicar este nuevo sistema, que será el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Así, esta orden modifica el modelo de declaración 303 del IVA, con los que cambiará el método actual dual de corrección para este impuesto. Con él, desaparecen la declaración complementaria y la solicitud de rectificación, dando lugar a la autoliquidación rectificativa. De salir adelante el proyecto de orden, los autónomos podrán corregir errores que hayan cometido al presentar este impuesto y beneficiarse de las devoluciones que les correspondan de forma más acelerada, entrando en vigor a partir de octubre, para las liquidaciones trimestrales, y de septiembre, para las liquidaciones mensuales.

Como explicaron fuentes de la Agencia Tributaria, este nuevo sistema aunará ambos canales para las correcciones en la presentación del IVA. Es decir, tanto los errores a favor de Hacienda -declaración complementaria-, como aquellos a favor de los contribuyentes -solicitud de rectificación-, se corregirán por este sistema único. Es por ello que los autónomos que tengan que solicitar la devolución de impuestos, por ejemplo, porque hayan olvidado incluir 150 euros más de gasto deducible, ya no tendrán que realizar una solicitud de rectificación, con la que el proceso se demoraba durante meses. 

Otros impuestos que van a ser modificados por este nuevo sistema de corrección son el Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF) y el Impuesto de Sociedades (IS), aunque aún no se ha publicado el proyecto de orden para éstos. 

Hacienda publica el proyecto de orden que permitirá a los autónomos corregir sus declaraciones de IVA en menos tiempo

Con los cambios que introdujo la normativa el año pasado, se estableció un nuevo sistema único de corrección de errores en la presentación de determinados impuestos. A través de ellos, se dio forma a la autoliquidación rectificativa, una figura que elimina el sistema dual de correcciones. Por tanto, los autónomos que tengan que realizar correcciones en la declaración del IVA, sea a favor de Hacienda -complementaria- o a su favor -solicitud de rectificación-, ya solo dispondrán de la autoliquidación rectificativa para hacer efectivos estos cambios. 

Como apunta la orden, mediante la presentación de una autoliquidación rectificativa, se podrá rectificar, completar o modificar la autoliquidación presentada previamente, con independencia del resultado de la misma, "sin necesidad de esperar, en el caso de solicitud de rectificación, una resolución administrativa”

Según fuentes de la Agencia Tributaria, el procedimiento será, por tanto, más sencillo, y resultará especialmente interesante en el caso de aquellos autónomos que deban corregir errores a su favor con una solicitud de rectificación. La solicitud suponía “iniciar un nuevo procedimiento y esperar la resolución de la Administración”, por lo que la modificación y la obtención de devoluciones se demoraba, en muchas de las ocasiones, durante varios meses. 

Este nuevo modelo de autoliquidación se aplicará por primera vez a las declaraciones del IVA -modelo 303- en función de los siguientes períodos:

  • En el caso de los contribuyentes con periodo de liquidación trimestral, a la declaración del tercer trimestre de 2024 -octubre-.
  • En el caso de los contribuyentes con periodo de liquidación mensual, a la declaración del mes de septiembre de 2024. 

Así, según confirmaron fuentes de Hacienda, los autónomos podrán obtener sus devoluciones de IVA más rápido a partir de estas fechas, que es cuando se pondrá en marcha la nueva rectificativa para el impuesto.

A su vez, tanto en los casos en los que el autónomo tenga que ingresar a Hacienda una cantidad mayor, como aquellos en los que el Fisco deba devolver más, el procedimiento “supone también un ahorro de tiempo para gestores y contribuyentes”, apuntaron fuentes de la AEAT.

El Real Decreto 117/2024 también modificó los reglamentos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), Impuesto de Sociedades (IS), Impuestos Especiales y del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, de los que aún tienen que publicarse los proyectos de órdenes ministeriales correspondientes. 

Nuevas casillas en la declaración de IVA para la rectificación de errores y las devoluciones de impuestos

Como se extrae de la orden, para llevar a cabo la implantación de la autoliquidación rectificativa en el Impuesto sobre el Valor Añadido, se ha adaptado el modelo 303. Para ello, esta orden introduce en el modelo las casillas necesarias para identificar la autoliquidación rectificativa -que no incluyen número, sino un cuadro blanco para seleccionar-, y además, dos nuevas casillas.

Por un lado, la nueva casilla 108, que sirve para llevar a cabo aquellas rectificaciones para las que no exista una casilla específica en el modelo. Esta casilla se podrá cumplimentar sólo cuando la autoliquidación rectificativa se deba a una discrepancia de criterio administrativo, y su ajuste no pueda realizarse a través del resto de casillas del modelo. Como especifica la orden, “el importe de este ajuste se tendrá en cuenta en el cálculo del resultado de la autoliquidación (casilla 69)”.

Por otro lado, la nueva casilla 111 sirve para permitir que, en las solicitudes de devolución, el autónomo pueda diferenciar entre las que derivan de la aplicación de la normativa del impuesto y las que se corresponden con una solicitud de ingresos indebidos

Sin embargo, el procedimiento clásico de solicitud de rectificación también se podrá seguir utilizando en los siguientes casos:

  • Cuando se trate de casos de rectificaciones de cuotas indebidamente repercutidas a otros obligados tributarios.
  • Cuando el motivo de la rectificación sea alegar la vulneración de otra norma de rango superior -constitucional, de Derecho de la Unión Europea o de un Tratado o Convenio Internacional- en la declaración previa. 

Los abogados creen que el nuevo sistema también podría aumentar el riesgo de sufrir sanciones para los autónomos

Aunque la puesta en marcha de la nueva autoliquidación rectificativa tiene por finalidad facilitar la corrección de errores y acelerar la devolución de impuestos, según los expertos, también podría aumentar las multas impuestas a los trabajadores por cuenta propia. 

Este cambio, a priori positivo por la simplificación y el ahorro de tiempo del procedimiento, podría suponer un mayor riesgo de sufrir sanciones, debido a que la nueva rectificativa funciona como cualquier otra declaración. Como planteó José María Salcedo, abogado fiscalista y fundador de Salcedo Tax Litigation, al eliminar el procedimiento que se ponía en marcha con la solicitud de rectificación, ¿qué sucederá si el autónomo decide reclamar por medio de una nueva rectificativa y Hacienda considera que no es procedente?

Según valoró Salcedo, la posibilidad de sancionar existe y es real dado que el cambio de la nueva autoliquidación rectificativa no viene acompañado de un cambio normativo a efectos de sanciones. “Con la normativa tributaria que hay en este momento, si el autónomo o el contribuyente ingresa menos deuda o pide una devolución que no corresponde, lo haga a través de una autoliquidación o través de la nueva rectificativa, es objeto de una posible sanción”, concluyó.