Puede acceder un representante si no se cuenta con los medios identificación disponibles

Los autónomos pueden saber qué pensión tendrán cuando se jubilen con el simulador de Seguridad Social

Los autónomos que quieran conocer a cuánto ascenderá su futura prestación por jubilación pueden calcularla casi milimétricamente gracias al simulador de  la Seguridad Social. También en el caso de jubilación demorada, jubilación involuntaria y jubilación activa. 
El simulador de la Seguridad Social permite calcular diferentes casos para la jubilación.
Los autónomos pueden saber qué pensión tendrán cuando se jubilen con el simulador de Seguridad Social

Los autónomos que quieran conocer a cuánto ascenderá su futura prestación por jubilación pueden calcularla gracias al simulador que ha habilitado la Seguridad Social y que ya puede consultarse, mediante SMS, a través del teléfono móvil. Esta calculadora de la Seguridad Social permite obtener no solo un estimación de la cantidad, también la fecha desde la que se puede acceder al retiro. Si bien, cuanto más alejado esté el autónomo de la edad legal de retiro más variables pueden cambiar. 

Para el próximo 1 de enero de 2024, volverán a cambiar los requisitos de los trabajadores por cuenta propia para poder retirarse y acceder a su jubilación. Debido a la reforma las pensiones, con la que se estableció un incremento progresivo de las edades de jubilación ordinarias y, por tanto, de los períodos de cotización exigibles, muchos autónomos aún no tienen claro cómo les afectarán estas modificaciones, que se irán actualizando hasta el año 2027. 

Que los trabajadores por cuenta propia piensen que van a tener que jubilarse a los 67 años, independientemente del tiempo que hayan cotizado, es un error habitual todavía. El baremo de edad a los 65 años para los trabajadores autónomos que más han cotizado no ha cambiado y en principio, se mantendrá en los próximos años. Pero sí ha variado el mínimo de años cotizados exigido para jubilarse antes. Por ello, pueden emplear el simulador de jubilación que ofrece la Seguridad Social y con ello aclarar, en principio, sus dudas.

A su vez, el simulador para calcular la pensión que obtendrán los autónomos ofrece diferentes funcionalidades con las que abarcar una variedad de casos particulares. Así, también es posible calcular la jubilación demorada, la jubilación anticipada voluntaria, la jubilación anticipada involuntaria y la jubilación activa con los cálculos adaptados a las regulaciones últimas que se aprobaron en materia de pensiones, es decir, la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones. 

¿Cómo puedo acceder al simulador de la pensión por jubilación?

Ya se puede acceder con la identificación mediante SMS. Según la Seguridad Social, “con la identificación por SMS ya es posible acceder a la información que ofrece el portal Tu Seguridad Social”. Esto incluye el simulador, que permite “tanto hacer una estimación certera de la pensión de jubilación futura como la fecha desde la que se puede solicitar”.   

El acceso al servicio se realiza desde el portal Tu Seguridad Social, por medio del cual se puede acceder de manera directa como interesado, pero también como representante o autorizado de otra persona. A continuación, el portal solicita un método de identificación, a elegir según sea conveniente. Según la Seguridad Social, si el autónomo solicita el acceso por medio de SMS, deberá aportar el DNI, la fecha de nacimiento y el número de teléfono.

A partir de ahí, el usuario recibe un código de seguridad, con el que se puede acceder a toda la información del portal. Según la Seguridad Social, “con el código de seguridad accedemos al portal, pero lo hace a partir de la información que tiene disponible sobre el trabajador”. Así, por ejemplo, “es posible que el simulador pregunte antes de acceder algunos datos, como podría ser la base de cotización” si no dispone de estos previamente. 

Por otro lado, si el usuario no dispone de ninguna de las cinco herramientas de identificación, el INSS aclara que “es posible acceder al simulador por medio de un representante que disponga de alguno de ellos”. 

Al acceder, el portal “mostrará el tiempo que el usuario lleva cotizado y el tiempo estimado que le falta para jubilarse”. Además, como recuerda, “se pueden modificar los factores que afectan al cálculo de la pensión, como incluir hijos a cargo, grado de discapacidad, profesiones con jubilaciones anticipadas, etc.”, permitiendo, el simulador, cubrir un rango de casuísticas completo. 

¿Qué situaciones diferentes de la jubilación ordinaria permite calcular el simulador?

  En ese sentido, esta calculadora que ofrece el portal de la Seguridad Social permite cuantificar para los interesados la jubilación demorada, la jubilación anticipada involuntaria, la jubilación anticipada voluntaria y la jubilación activa

Jubilación demorada

El INSS explica que para ver las los cambios de pensión por los años demorados, hay que seleccionar la fecha de jubilación deseada. “Por defecto el simulador mostrará la edad ordinaria de jubilación del usuario, para así obtener el complemento de demora correspondiente”. Para esta opción hay que haber cotizado como mínimo 15 años.

Con esta opción se pueden aplicar los cambios establecidos desde el pasado 2022, a partir de los cuales los trabajadores por cuenta propia y ajena que atrasen su jubilación de manera voluntaria percibirán un complemento económico, para el que pueden elegir entre diferentes modalidades:

  • Un porcentaje adicional del 4% por cada año completo cotizado después de cumplir la edad ordinaria, con un consecuente aumento de la cuantía de la pensión. 
  • Una cantidad a tanto alzado por año cotizado, dependiendo de los años que haya cotizado cuando alcance la edad de jubilación. Las cantidades van de los 5.000 a los 12.000 euros aproximadamente y se cobran en el momento de la jubilación
  • Con la entrada en vigor del Real Decreto 371/2023 el pasado 18 de mayo de 2023, la elección de fórmula mixta. Se trata de una combinación de las dos opciones anteriores, sin carácter retroactivo.

Según la Seguridad Social, si el trabajador quiere alargar su vida laboral y quiere calcular los beneficios que presenta la demora, “solo es necesario sustituir la fecha ordinaria que aparece por aquella en la que desee jubilarse”. Además, recuerda que “los beneficios se calculan en base a cada año” que la vida laboral se alarga. 

El simulador permite cálculos para todos las tres opciones disponibles. Por ejemplo, para un trabajador por cuenta propia o ajena con el 100% de la cuantía que se aplica a su base reguladora de la prestación, que decide retrasar su jubilación por 2 años, y se decanta por la primera opción (porcentaje adicional del 4% por año completo cotizado) el simulador permite el cálculo del 8% (4% por cada año de aplicación). Así, para la pensión máxima actual de 3.059,23 euros (42.829 euros en 14 pagas) x 8%= 285,52 euros de complemento mensual.

Jubilación anticipada voluntaria

Los autónomos que alcancen ciertos periodos mínimos de cotización también pueden acogerse a la jubilación anticipada. Entre los requisitos establecidos se encuentran tener un mínimo de 35 años cotizados; dos de éstos cotizados en los quince anteriores al momento de solicitar la jubilación y percibir un importe de pensión superior a la cuantía mínima que correspondería. Además, el importe de la pensión a percibir debe resultar superior a la cuantía de la pensión mínima que el trabajador obtendría al cumplir 66 años y 4 meses de edad.

Un vez cumplidos estos requisitos, la jubilación anticipada se establece en 64 años y 4 meses para los casos con menos de 37 años y 9 meses cotizados, o 63 años en caso de haber cotizado más de 37 meses y 9 meses.

En este caso, hay que tener en cuenta que se aplican una serie de coeficientes reductores para el cálculo. Por ejemplo, para una pensión de 2.000 euros brutos (14 pagas), para un período cotizado de menos de 38 años y 6 meses, adelantada 24 meses, tendría una penalización de 420 euros (21%), es decir, quedaría una pensión de 1580 euros. 

Jubilación anticipada involuntaria

Si bien esta opción está disponible, cabe recordar que los autónomos solo pueden jubilarse de manera anticipada de forma voluntaria y no involuntaria. 

Jubilación activa

Como explica la Seguridad Social, esta opción "solo aparece disponible para los casos en los que la jubilación calculada el usuario tuviera derecho a la modalidad". Los requisitos del autónomo son:

  • Un mínimo de 35 años cotizados.
  • Demostrar que, como mínimo, dos años se cotizaron durante los 15 años anteriores al momento de pedir la jubilación anticipada.
  • Que el importe de la pensión a percibir resulte superior a la cuantía de la pensión mínima que correspondería al interesado al cumplimiento de los 66 años de edad.

Para esta opción, es necesario "retrasar la fecha de acceso a la jubilación ordinaria al menos un año", y "el porcentaje total aplicable a la pensión debe ser al menos del 100%", para que así el simulador despliegue estas opciones. Además, en el caso de jubilación demorada, "es necesario calcularla con la opción del porcentaje por demora". 

Una vez completado dicho paso, se podrá obtener toda la información sobre las condiciones de la jubilación activa, además de información sobre el complemento económico por jubilación demorada. 

En la pestaña “Ver Jubilación Activa”, el simulador permite ver la pensión a la que se opta durante el periodo en el que se compatibilice la pensión con el trabajo (ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena), “con independencia del trabajo que se realice y el salario o retribución que se perciba”.

Cabe recordar que, en el caso de la jubilación activa de los societarios, solo es posible cobrar el 50% de su pensión de jubilación, con lo que no tienen esta opción disponible. 

¿Cómo puedo dar de alta mi teléfono para acceder a la opción por SMS?
Para poder acceder por SMS es necesario tener previamente dado de alta el teléfono móvil en la base de datos de la Seguridad Social. En los casos en los que no se tiene registrado el teléfono, es posible darlo de alta gracias al servicio de envío de solicitudes de Import@ss, para lo que se requiere:

  • El documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte).
  • Una dirección de correo electrónico.
  • Un dispositivo con cámara para hacerte una fotografía (ordenador, móvil...).
  • Documentación relacionada con el trámite que hayas seleccionado (justificante de titular de la línea móvil).