Los negocios de la Construcción deberán aportar hasta 300 euros al año por empleado en planes de pensiones
Como ya avanzó este diario, todos los autónomos y pequeños negocios de la Construcción tienen que hacer aportaciones por sus asalariados al nuevo plan de pensiones sectorial. Sus cuantías varían en función de la provincia donde se ubique el negocio. Podrían suponer diferencias de hasta 30 euros al año por empleado.
Desde el pasado 1 de febrero, todos los negocios de la Construcción que tengan asalariados -independientemente de si actúan como empresas o autónomos persona física- están obligados a aportar mensualmente al plan de pensiones sectorial en nombre de sus trabajadores, en cantidades que dependen del grupo profesional de éstos y de las tablas salariales de cada convenio provincial. Dependiendo del lugar donde tenga la actividad el autónomo persona física o la sociedad y su grupo, deberá aportar entre 130 y 300 euros por asalariado.
Así, dependiendo de la provincia en la que se encuentre el negocio, las aportaciones podrían variar las aportaciones a los planes de pensiones. Por ejemplo, los 30 euros anuales que hay de diferencia entre Zamora y Madrid para los asalariados en el último grupo profesional, de aspirante administrativo o técnico. Aunque puede parecer una cantidad reducida, podría suponer una diferencia de unos 300 euros al año, en el caso de dos negocios iguales con diez empleados.
En las últimas semanas se han publicado algunos de estos convenios, por lo que ya se pueden comenzar a cifrar el impacto real de la medida para los negocios, que deberán inscribirse como entidades aportadoras en el plan de pensiones de empleo que la Confederación Nacional de la Construcción (CNC) ha creado a tal efecto, y que será gestionado por VidaCaixa. Deberán hacerlo antes del 22 de marzo, la fecha máxima para realizar las primeras aportaciones, correspondientes a la nómina de febrero.
Asimismo, los autónomos de la Construcción deberán abonar los atrasos en las aportaciones de 2022 y 2023 en las pólizas del plan de pensiones de los asalariados que estuviera desde entonces contratados por el negocio. Este trámite, sin embargo, podrá realizarse hasta el 1 de mayo, con cuantías también diferentes dependiendo de la provincia en la que se ubique el negocio.
Las aportaciones al plan de pensiones de la Construcción varían en función de la provincia donde se ubique el negocio
Como se recogió en el último Convenio Colectivo del sector de la Construcción, la cuantía de las aportaciones que los negocios y autónomos con asalariados deberán hacer en nombre de éstos al plan de pensiones de empleo sectorial serán diferentes dependiendo del territorio en el que se ubique el negocio.
Ello es debido a que estas cantidades se calculan sobre las tablas salariales recogidas para cada grupo profesional en los convenios provinciales. Dichas categorías son las siguientes:
- Grupo II: personal titulado superior.
- Grupo III: personal titulado medio. Jefe administrativo.
- Grupo IV: jefe de personal. Ayudante de obra. Encargado General.
- Grupo V: jefe administrativo de segunda. Encargado General de Obra.
- Grupo VI: oficial administrativo de primera.
- Grupo VII: técnico de organización de segunda.
- Grupo VIII: oficial administrativo de segunda.
- Grupo IX: auxiliar administrativo. Ayudante de topógrafo.
- Grupo X: auxiliar de laboratorio. Vigilante. Almacenero.
- Grupo XI: especialista de segunda. Peón especializado.
- Grupo XII: Peón suelto.
Así, dependiendo del convenio provincial, los negocios tendrían que abonar cantidades que pueden suponer una diferencia significativa en sus cuentas dependiendo del territorio en el que se ubiquen.
Poniendo un ejemplo, un autónomo de Valladolid con un asalariado en el grupo V deberá aportar 20,36 euros mensuales al plan de pensiones sectorial. O, lo que es lo mismo, 244,30 euros anuales. Sin embargo, si este mismo negocio estuviera ubicado en Madrid debería pagar 222,73 euros al año, 21,57 euros menos.
Teniendo en cuenta que muchos negocios de la Construcción tienen más de un asalariado, las diferencias podrían ser bastante significativas en total. En el caso del ejemplo, suponiendo que cada empresa tuviera 15 empleados, la ubicada en Valladolid debería pagar 323,55 euros más al año en aportaciones al plan de pensiones sectorial.
A pesar de ello, desde la CNC explicaron a este diario hace unas semanas que se trata de la subida salarial pactada en el convenio, por lo que no supondrá un sobrecoste para estos negocios. “Se pactó que parte de la subida de sueldo anual se realizaría en las propias tablas, en las nóminas de los empleados. Mientras que la otra parte se abonaría a través del plan de pensiones. Por tanto, simplemente se trata de cumplir con la subida acordada”, afirmaron en este sentido.
Las aportaciones de 2022 y 2023 también cambian en cada provincia
En paralelo a las aportaciones que los negocios de la Construcción deben realizar cada mes al nuevo plan de pensiones de empleo sectorial que ha promovido la CNC, el Convenio Colectivo prevé que también se deban abonar a éste las aportaciones atrasadas correspondientes a los ejercicios 2022 y 2023, siempre y cuando la empresa mantenga a empleados dados de alta con anterioridad a esas fechas.
En este caso, las cuantías recogidas son menores, pero también son diferentes dependiendo de la provincia en la que esté situado el negocio. En concreto, el 1% de los sueldos recogidos en las tablas salariales que se recojan en cada convenio provincial correspondiente durante 2021. Los negocios podrán realizar estar aportaciones retroactivas hasta el próximo 1 de mayo, 90 días después de la entrada en vigor de la nueva obligación.
Los negocios podrán deducir las aportaciones en Sociedades y bonificar las cuotas de sus asalariados
A pesar de que los autónomos y negocios de la Construcción estarán sujetos a partir de ahora a un trámite más que realizar cada mes, las aportaciones obligatorias al plan de pensiones de empleo permitirán a estas pymes acogerse a las deducciones en el Impuesto de Sociedades y las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social que se contemplan en este tipo de casos.
Así lo aseguraron desde el despacho de abogado Escura, explicando que la contribución al plan de pensiones “deberá reflejarse en la nómina de los trabajadores como salario en especie.”
Además, “la empresa podrá deducir en la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades un 10% de las aportaciones empresariales obligatorias de las personas trabajadoras con retribuciones brutas anuales inferiores a 27.000 euros. En caso de ser mayores las retribuciones, se aplicará el porcentaje proporcionalmente”, afirmaron.
Con respecto a las bonificaciones, los autónomos y negocios de la Construcción tendrán derecho a una reducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes “por el importe de 128,85 euros al mes”, explicaron.
Los autónomos también pueden aportar en su nombre para acogerse a beneficios fiscales
Además de las aportaciones obligatorias que tendrán que realizar por sus asalariados, los autónomos de la Construcción también pueden realizar contribuciones voluntarias en su propio nombre al nuevo plan de pensiones de empleo sectorial. Si lo hacen, podrán acogerse a los beneficios fiscales de este tipo de productos de ahorro, que ya tienen más de un año de vida.
Así, se podrán desgravar en la RENTA hasta 4.250 euros anuales de sus aportaciones, que se sumarían al límite de 1.500 euros deducibles en IRPF por las contribuciones a planes de pensiones individuales. En total, podrían reducir la base imponible hasta 5.750 euros en la declaración, un beneficio que provocó el aumento de las aportaciones de los autónomos a estos planes de pensiones de empleo simplificados durante el último trimestre del año pasado, como ya contó este diario.