¿Qué reducciones se aplican a las pensiones de los autónomos en base máxima si se jubilan antes?
Seguridad Social ha aclarado que los autónomos que hayan cotizado por la base máxima y se jubilen antes de tiempo deben aplicar los coeficientes reductores sobre la pensión máxima y no sobre la teórica. Estas reducciones son diferentes a las que se aplican en el resto de casos.
Los autónomos que se jubilen este año de forma anticipada y cuyas pensiones teóricas superen el importe de la prestación máxima tendrán que aplicar unos coeficientes reductores diferentes a los que se venían aplicando hasta ahora, y a los que deben tener en cuenta el resto de los trabajadores por cuenta propia cuando quieren adelantar su retiro.
Ante este cambio, Seguridad Social ha emitido una nota informativa en la que explica las condiciones, así como la base sobre la que se calcularán estas reducciones. En concreto, los coeficientes deberán aplicarse sobre la pensión máxima, y no sobre la base reguladora resultante, como se venía haciendo hasta ahora.
Se trata de una cuestión importante, pues muchos de estos autónomos verán cómo sus pensiones son más reducidas. Para amortiguar este efecto, el nuevo sistema contempla unos coeficientes reductores menores que, no obstante, irán creciendo de forma progresiva hasta 2033 “para equiparar su situación a la del resto de jubilados”, explicaron a este diario los expertos.
La reducción se aplica sobre la pensión máxima y no sobre la base reguladora, aclara Seguridad Social
En su nota informativa, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) explicó que, “en los supuestos en los que la pensión calculada según la regla general sea superior al límite máximo de la cuantía inicial de las pensiones, los coeficientes reductores por anticipación de la edad se aplicarán directamente sobre el límite máximo de pensión establecido para el ejercicio correspondiente.”
Es decir, los autónomos a los que correspondiese, después de realizar el cálculo, una pensión por encima de la máxima -en 2024, 3.175 euros al mes en 14 pagas- deberán aplicar la reducción sobre esta cantidad, y no sobre la prestación teórica que les correspondería, como ocurría hasta ahora.
Ello es debido, según Seguridad Social, a que, “si bien la redacción literal del segundo párrafo del artículo 210.3 del TRLGSS utiliza la expresión ‘base reguladora’, de acuerdo con el informe de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS) de 12 de abril de 2023, debe hacerse una labor de interpretación según el contexto de la norma, sus antecedentes históricos, la lógica y finalidad de la norma, atendiendo a lo establecido en el artículo en el artículo 3.1 del Código Civil, y entenderla referida a ‘pensión’”.
Fernando Martínez-Cue, CEO de la consultoría especializada en jubilaciones Martínez-Cue & Asociados, afirmó a este diario que se trata de “una nota necesaria, porque no venía claro en la literalidad y muchos autónomos podían pensar que los coeficientes reductores se aplicaban sobre la pensión teórica, una vez calculada la base reguladora”, lo que provocaría que algunos cotizantes que se acogieran a la jubilación anticipada cobrasen la pensión máxima, incluso cuando adelantasen su edad de retiro el máximo de dos años.
Así, el cambio de criterio del INSS “clarifica que, si se da esta circunstancia, el coeficiente se aplica sobre la pensión máxima del sistema”, explicó, que este año asciende a 44.450 euros anuales.
¿Qué coeficientes reductores deben aplicar a la pensión máxima los autónomos que quieran anticipar su jubilación?
Los coeficientes reductores que deben aplicar sobre la pensión máxima los autónomos que hayan cotizado por encima de ésta y quieran adelantar su retiro son diferentes a los que se utilizan en el resto de los casos. Según explicaron desde la Seguridad Social, dependiendo de los meses de anticipo y de los años cotizados, para 2024 serán los siguientes:
- Menos de 38 años y seis meses cotizados: entre un 0,78% -si la jubilación anticipada se produce un mes antes de la edad ordinaria- y un 5,7% -si el retiro es 24 meses antes-.
- Entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses: desde el 0,76% hasta el 5,5%.
- Entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses: del 0,75% al 5,3%.
- Más de 44 años y seis meses cotizados: en estos casos, el coeficiente reductor aplicable va desde el 0,73% al 4,9%, dependiendo de los meses de retiro anticipado.
Así, los nuevos coeficientes reductores aplicados para estos autónomos entraron en vigor el pasado 1 de enero, e irán creciendo de forma progresiva hasta 2033 “para equiparar su situación a la del resto de jubilados”, afirmó Fernando Martínez-Cue. Así, la reducción máxima alcanzaría el 21% en 2033, mientras que la mínima ascendería al 2,81% en dicho ejercicio.
Hasta ahora, en estos casos sólo se aplicaba una reducción del 0,5% por cada trimestre de adelanto, por lo que el máximo coeficiente ascendía al 4%, en caso de anticipar el retiro en 24 meses. Según explicó Fernando Martínez-Cue a este medio, esta fórmula se mantendrá para aquellos autónomos que se hayan acogido a la jubilación anticipada antes del pasado 1 de enero.
No obstante, los autónomos a los que corresponda una pensión por encima de la máxima -antes de aplicar los coeficientes reductores- y se jubilen este año, tendrían que aplicar una reducción mayor. Todo, siempre y cuando “la evolución de la pensión máxima absorbiese el efecto del aumento de coeficientes, de forma que la pensión reconocida nunca resulte inferior a la de 2021”, recordó el especialista.
En el resto de casos, los coeficientes reductores que se aplican a las pensiones de aquellos autónomos que se jubilen antes son los mismos para todos, dependiendo de sus años de cotización y el tiempo que adelanten el retiro. Para 2024, serán los siguientes:
Estos son los requisitos para acceder a la jubilación anticipada en 2024
A medida que se incrementa la edad ordinaria de jubilación, también lo hacen los plazos -y periodos mínimos de cotización- para aquellos autónomos que prefieren adelantar su retiro, como máximo, dos años antes de la edad a la que les correspondería.
Así, este año sólo podrán jubilarse con 63 años aquellos trabajadores por cuenta propia que hayan cotizado 38 años o más, el límite contemplado por el Ministerio de Trabajo para mantener en 65 años la edad de retiro ordinario. De lo contrario, tendrían que esperar, como mínimo, a los 64 años y seis meses.
El resto de los requisitos para acceder a la jubilación anticipada se mantendrán este 2024. Son los siguientes:
- Un mínimo de 35 años cotizados.
- Demostrar que, como mínimo, dos años se cotizaron durante los 15 años anteriores al momento de pedir la jubilación anticipada.
- Que el importe de la pensión a percibir resulte superior a la cuantía de la pensión mínima que correspondería al interesado al cumplimiento de los 66 años y seis meses de edad. Es decir, después de aplicar los coeficientes reductores, 731,84 euros al mes en 14 pagas.