¿Qué es un autónomo dependiente o TRADE? Definición y requisitos

Los trabajadores autónomos económicamente dependientes o TRADE, son aquellos trabajadores por cuenta propia que facturan más de un 75% de sus ingresos al mismo cliente.
¿Qué es un autónomo dependiente o TRADE? Definición y requisitos
¿Qué es un autónomo dependiente o TRADE? Definición y requisitos
¿Qué es un autónomo dependiente o TRADE? Definición y requisitos

Dentro de los trabajadores por cuenta propia hay una figura que define a los autónomos que tienen una especial dependencia económica de un cliente: el TRADE o trabajador autónomo económicamente dependiente. 

Se trata de un perfil de trabajador muy cercano a las empresas y cuya figura ha generado discusiones por su proximidad con la del falso autónomo. En cualquier caso, los TRADE deberán cumplir una serie de requisitos específicos que lo diferencian de otros autónomos, tanto a la hora de pagar las cuotas, como a la hora de formalizar un contrato con cliente. A continuación te contamos todo lo que debes saber. 

  1. Qué es un autónomo dependiente (TRADE)
  2. Requisitos para ser un TRADE
  3. Diferencias entre autónomo dependiente y falso autónomo
  4. Características del contrato para autónomos dependientes
  5. Indemnización en caso de extinción del contrato
  6. Qué derechos laborales tiene un TRADE

Qué es un autónomo dependiente (TRADE)

Un trabajador autónomo dependiente (TRADE) es quien desarrolla una actividad económica o profesional de forma autónoma, de manera habitual, personal y directa, pero con una dedicación casi exclusiva a un único cliente.

En el caso TRADE la Ley es clara: exige que como mínimo el 75% de los ingresos provengan del único cliente con el que se trabaja, mientras que el resto hasta el 100% puede destinarse a otros clientes.

Requisitos para ser un TRADE

Hay una serie de requisitos que deben cumplir los trabajadores autónomos económicamente dependientes, para que su situación legal sea correcta:

  • Organizar el desarrollo de la actividad por cuenta propia con autonomía y libertad, incluso con algunas indicaciones por parte del cliente que lo contrata.​
  • Contar con recursos como materiales propios para el desarrollo de la actividad.
  • Obtener ingresos en base al resultado de la actividad que realiza, sin ceñirse por el total de horas semanales como lo hace un asalariado.
  • No tener ningún establecimiento abierto al público a su nombre.
  • No tener trabajadores a su cargo.
  • Recibir al menos un 75% de ingresos de un único cliente.

Diferencias entre autónomo dependiente y falso autónomo

La principal y más importante diferencia entre un TRADE y un falso autónomo, es que la figura del falso autónomo es ilegal y el TRADE no.

Pero además de esto que es sustancial, el falso autónomo tiene la obligación de cumplir con las condiciones de un trabajador por cuenta ajena al trabajar para una empresa, lo que implica personarse en su lugar de trabajo si es necesario, cumplir con los horarios laborales, usar los medios proporcionados por el negocio o empresa y todo eso sin tener los beneficios de un asalariado.

Mientras que en el caso del TRADE, éste tiene libertad para desarrollar su actividad con sus propios medios, no tiene horarios de trabajo fijos y, aunque también firma un contrato que lo vincula a la empresa, puede disfrutar de días de descanso y otras ventajas inexistentes para el falso autónomo.

Por otro lado, las empresas contratan falsos autónomos porque suponen grandes ventajas para ellas: este tipo de trabajadores tiene las mismas obligaciones que un asalariado, pero sin disfrutar de sus derechos. Por otro lado, suponen un gran ahorro económico, ya que se ahorran las cotizaciones a la Seguridad Social del trabajador. De hay que la ley persiga con firmeza a las empresas que contratan este tipo de autónomos.

Características del contrato para autónomos dependientes

El contrato para autónomos dependientes consiste en diferentes características que se celebran entre ambas partes (trabajador y cliente) y puede tener la duración se estimen. De no considerarse este punto, se presume que es por tiempo indeterminado. 

Los puntos sobresalientes del contrato TRADE son los siguientes. 

  1. El contrato debe formalizarse siempre por escrito y deberá ser registrado en la oficina pública correspondiente. Este registro no tendrá carácter público.
  2. Debe figurar expresamente en el contrato que el trabajador autónomo tiene la condición de dependiente económicamente en relación a quien le contrate, así como las variaciones que se produjeran al respecto. La condición de dependiente sólo se podrá ostentar respecto de un único cliente.
  3. En el caso de que el trabajador autónomo contratase con varios clientes su actividad profesional o la prestación de sus servicios, cuando se produjera una circunstancia sobrevenida del trabajador autónomo, cuya consecuencia derivara en el cumplimiento de las condiciones establecidas, se respetará íntegramente el contrato firmado entre ambas partes hasta la extinción del mismo, salvo acuerdo de modificación para convertirse en autónomo dependiente.
  4. Cuando el contrato no se formalice por escrito, o no se hubiera fijado una duración por los servicios, se considerará indefinido.

En base al Artículo 12 del Estatuto del Trabajo Autónomo, los datos mínimos que deberá incluir el mismo son los siguientes:

  • Objeto y causa del contrato celebrado.
  • Datos del TRADE y de la empresa o profesional independiente para el que se realiza el trabajo.
  • Duración máxima de la jornada semanal de trabajo estipulada.
  • Vacaciones, descanso semanal y descanso en días festivos.
  • Causas de interrupción de la actividad económica.
  • Cláusula en la que se estipule la condición de autónomo dependiente.
  • Declaración de cumplimiento de los requisitos legales que se le exigen al TRADE en virtud del Real Decreto 197/2009, de 23 de febrero.
  • Causas de extinción de la relación laboral.

Indemnización en caso de extinción del contrato

En cuanto a las indemnizaciones por extinción contractual, hay que decir que esto puede suceder por diferentes causas, como por mutuo acuerdo entre el trabajador autónomo dependiente y la empresa.

También puede extinguirse por muerte, jubilación o invalidez del trabajador, por la voluntad del cliente, siempre que exista una causa justificada, a partir del desistimiento del TRADE, con el correspondiente preaviso a la empresa. También por ser víctima de violencia de género u otras causas legalmente establecidas.

Siempre que se produzca la ruptura del contrato que regula la relación entre un autónomo económicamente dependiente y su cliente principal, sin que existan causas justificadas, surgirá el derecho a recibir compensación por los daños y perjuicios ocasionados.

En el caso de que el autónomo económicamente dependiente decida dar por terminada la relación laboral, será su responsabilidad indemnizar a la otra parte por los perjuicios sufridos durante el curso normal de la actividad. Por otro lado, si es el cliente principal quien decide poner fin a la relación, será él quien deba indemnizar al autónomo por los perjuicios económicos ocasionados.

Es fundamental que el contrato establezca la cantidad correspondiente a la indemnización. En caso de que no se haya especificado, se tomarán como referencia factores como el tiempo restante de duración del contrato, la gravedad del incumplimiento o las inversiones realizadas por el autónomo en previsión de la actividad que iba a llevar a cabo.

Qué derechos laborales tiene un TRADE

Existen derechos laborales para el TRADE que se consideran especiales, por ser incluso diferentes a los de otros trabajadores en actividad. Estas son las principales diferencias.

  • En el caso del TRADE, tiene derecho a las vacaciones de 18 días hábiles.
  • Derecho a una indemnización por despido.
  • Posibilidad de interrumpir la actividad profesional en ciertas situaciones especiales, como pueden ser la incapacidad temporal, paternidad o maternidad, riesgo de salud, entre otras circunstancias.

Por otro lado, hay otras situaciones que son similares a las del trabajador por cuenta ajena y que se consideran derechos para el TRADE. Esto está relacionado con aquello que eventualmente ocurra mientras esté vinculado al trabajo que realiza para el cliente.

Por ejemplo, si el trabajador autónomo se accidenta camino al centro del trabajo del cliente, éste debe tener la misma consideración que un accidente laboral in itinere, como ocurre con un asalariado.