Ha elaborado un anteproyecto de ley para eliminar el despido automático por Incapacidad total o absoluta

El Gobierno baraja obligar a los autónomos a recolocar a sus empleados si tienen una Incapacidad Permanente

El Ministerio de Trabajo quiere modificar pronto el Estatuto de los Trabajadores para obligar a los negocios a recolocar en otro puesto a sus empleados si sufren una Incapacidad Permanente. Hasta ahora, en esta situación, el contrato se rescindía automáticamente.
Young entrepreneur feeling stressed out and holding his head in pain while working on laptop at home.
El Gobierno baraja obligar a los autónomos a recolocar a sus empleados si tienen una Incapacidad Permanente
El Gobierno baraja obligar a los autónomos a recolocar a sus empleados si tienen una Incapacidad Permanente

El Gobierno está preparando una modificación en las causas de despido que impedirá a todos los negocios -como establece la legislación- rescindir automáticamente el contrato de los empleados cuando estos se vean afectados por una Incapacidad Permanente. A día de hoy, si un trabajador sufre un accidente que le incapacita de manera total o absoluta su contrato se rescindiría automáticamente, independientemente de cuál sea su puesto de trabajo.

El Ministerio de Trabajo lleva unos meses preparando un anteproyecto de ley, que ya ha pasado la fase de consulta pública, y que pretende modificar el artículo 49.1 del Estatuto de los Trabajadores. Esta norma califica de igual manera la muerte de un empleado con su situación sobrevenida de Incapacidad Permanente, independientemente del grado.

Esto, en resumidas cuentas, hace que en el momento en el que un trabajador sufriera este tipo de incapacidad, su contrato se rescindiría automáticamente, sin necesidad de que el negocio lo despida -y, por supuesto, sin que le tenga que indemnizar-.

Según explicó la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, el Gobierno tiene la intención de eliminar la Incapacidad Permanente como causa de despido automático para que los negocios intenten, al menos, recolocar en un primer momento al trabajador en otro puesto acorde a sus posibilidades. Al parecer se ha agilizado la puesta en marcha de esta norma tras la reunión de esta semana entre la ministra y el presidente del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), Luis Cayo.

El Gobierno quiere eliminar la rescisión automática del contrato por Incapacidad Permanente

Tras la reunión, Díaz anunció que "se independizará la muerte de la persona trabajadora como causa del despido de las causas relacionadas con la discapacidad. Con ello, lo que pretendemos es eliminar una aberración jurídica que es la que ofrece un tratamiento legal común en términos laborales a las situaciones de muerte y discapacidad".

Tras ello, el Gobierno tienen previsto eliminar la extinción automática del contrato por estas causas de Incapacidad Permanente, por lo que el negocio no verá rescindida automáticamente la relación con su trabajador y tendrá que valorar recolocarle en un puesto parecido pero adaptado a sus capacidades actuales.

Además, al parecer, la idea es que se condicione la rescisión del contrato a la voluntad del trabajador y también a la posibilidad de adaptar el mismo puesto de trabajo u ofrecerle otro puesto de trabajo vacante acorde a su perfil profesional. Todavía no queda claro qué ocurriría si un negocio no tuviera la posibilidad de recolocar a su trabajador. 

Todos estos cambios a los que se refirió la ministra de Trabajo están comprendidos en un anteproyecto de ley que ya ha superado el trámite de audiencia pública y que tendrá que pasar otra vez más adelante por el Consejo de Ministros para ser enviado al Congreso de los Diputados. 

Se eliminará el artículo 49 para que los negocios deban recolocar al empleado

Con todo esto, la norma eliminará del artículo 49 la referencia a la extinción automática por "gran invalidez o incapacidad permanente total o absoluta del trabajador", dejando solamente la extinción por "muerte de la persona trabajadora".

Por otro lado, el anteproyecto pretende incorporar un apartado a este artículo que condiciona la posibilidad de extinguir el contrato por "declaración de gran invalidez o incapacidad permanente absoluta o total de la persona trabajadora" a que el afectado, es decir el empleado, "solicite que se realicen los ajustes razonables en su puesto de trabajo que le permitan continuar desempeñándolo". O cuando esto no sea posible a que se produzca "el cambio a otro puesto de trabajo vacante compatible con su nueva situación".

Aunque la ministra aseguró que aún no se ha fijado un plazo para este cambio normativo, sí animó esta semanas a las principales asociaciones a ponerse en contacto con el resto de formaciones políticas para que la medida pueda recibir el respaldo unánime del parlamento.