El Ejecutivo español ya habló en su día del ‘despido a la carta’

El Consejo de Europa recomienda aumentar las indemnizaciones por despido que pagan los negocios

El Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) ha solicitado al Gobierno español, tras una petición de los sindicatos, que aumente las indemnizaciones por despido improcedente. Según los abogados laboralistas, esta recomendación puede servirle a Trabajo para revitalizar su propuesta de “despido a la carta”.

El Consejo de Europa insta al Gobierno a aumentar las indemnizaciones por despido que pagan los negocios.
El Consejo de Europa insta al Gobierno a aumentar las indemnizaciones por despido que pagan los negocios.
El Consejo de Europa recomienda aumentar las indemnizaciones por despido que pagan los negocios

El Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS), dependiente del Consejo de Europa, ha comunicado al Gobierno de España una resolución en la que consideran que la actual indemnización por despido improcedente que pagan los negocios, fijada en 33 días por año trabajado, no siempre cumple con el principio de resarcimiento que establece la Carta Social Europea y el convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Se trata de una medida de presión que, según valoraron diferentes fuentes consultadas por este medio, le sirve al Gobierno para modificar la legislación y aumentar el coste de las indemnizaciones que deben pagar los negocios a sus asalariados cuando les despiden de forma improcedente. De hecho, esta resolución de Comité Europeo proviene de una demanda de los sindicatos UGT y CCOO.

La probabilidad de que este debate se intensifique en los próximos meses es aún mayor, afirmaron, teniendo en cuenta que la vicepresidente del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha venido mostrando su intención de reformar las condiciones del despido. Incluso, creando un “despido a la carta”, que establecería diferentes indemnizaciones en función de las circunstancias personales del asalariado.

Otra opción, explicaron los abogados laboralistas, sería incrementar directamente los días por año trabajado que corresponderían en concepto de indemnización. Independientemente de la fórmula que elija el Gobierno, la legislatura terminará, con bastante probabilidad, con un encarecimiento de los costes que tienen que asumir los negocios y autónomos con asalariados cuando despidan a alguien. Todo, a pesar de que, de forma habitual, los trabajadores por cuenta propia no despiden a sus empleados por placer, sino debido a una necesidad del negocio.

El Consejo de Europa habla después de una reclamación de UGT y CCOO

La resolución del Comité Europeo de Derecho Sociales (CEDS), dependiente del Consejo de Europa, se ha producido a instancia de los sindicatos UGT y CCOO quienes afirman que las indemnizaciones por despido no siempre cumplen con el principio de resarcimiento para el trabajador.

El CEDS considera que la actual legislación española no cumple en todos los casos con el convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y del artículo 24 de la Carta Social Europea, ambos tratados firmados por España, que dicen lo siguiente:

  • El convenio 158 sobre la terminación de la relación de trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT): este convenio establece el derecho del trabajador despedido de manera improcedente a recibir una indemnización, “cuya cuantía se fijará en función, entre otras cosas, del tiempo de servicios y del monto del salario”, como ocurre en la legislación española. 
  • El artículo 24 de la Carta Social Europea, que dice que “todos los trabajadores tienen derecho a protección en caso de despido”. Para los sindicatos, la protección contemplada en la actual legislación española no es suficiente, por lo que consideran que este principio no se está cumpliendo.

Sin embargo, el abogado laboralista Luis San José recordó que las resoluciones del CEDS no son vinculantes. A pesar de ello, “es un dictamen que sirve como recomendación a España para que efectúe cambios en la regulación laboral. Lo que hace es presión al Gobierno para reformar el despido con vistas a su encarecimiento.”

Teniendo en cuenta que el Ejecutivo, con Yolanda Díaz a la cabeza, ya ha mostrado previamente su intención de encarecer el coste que tienen que asumir los negocios cuando se ven obligados a despedir a un asalariado por un motivo no recogido en la legislación, los expertos consultados consideraron que, casi con total probabilidad, el Gobierno terminará acatando la resolución del Consejo de Europa en los próximos meses.

En este sentido, “buscan encarecer totalmente el despido con la única finalidad de disuadir a los negocios de despedir sin una causa recogida en la legislación. Lo que esperan es que se compense realmente con una indemnización mucho más cara que la que ahora está recogida en la ley”, afirmó Luis San José.

A pesar de ello, el abogado laboralista recordó que diferentes tribunales españoles -incluso el Supremo- ya se han pronunciado sobre este asunto. En algunos casos, también han abierto la puerta a establecer una indemnización superior a los 33 días por año trabajado.

El Gobierno ya habló en su día del ‘despido a la carta’

Respecto a las soluciones que se encuentran encima de la mesa, el abogado laboralista reconoció que el llamado “despido a la carta” del que hace unos meses habló la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, podría ser una de las opciones elegidas por el Gobierno para encarecer las indemnizaciones que pagan los autónomos y negocios.

Esta fórmula consistiría en tasar la cuantía de las indemnizaciones en función de las circunstancias personales del asalariado despedido: la edad, el número de hijos, la duración del contrato o, incluso, su situación socioeconómica. En este sentido, los abogados laboralistas ya advirtieron en este diario que podría suponer un freno a la contratación de los colectivos más vulnerables, al tener que abonarles indemnizaciones más elevadas si el trabajador por cuenta propia a su cargo se ve obligado a despedirle.

Otra opción sería modificar la legislación para incrementar de nuevo los días por año trabajado que deben pagar los negocios a los asalariados cuando les despiden sin causa legal. En las últimas décadas, estos límites han sufrido diversas modificaciones, que se repasan a continuación:

  • Entre 1977 y 1980: 60 días por año trabajado, con un tope de 60 mensualidades.
  • Entre 1980 y 2012: 45 días por año trabajado, con un tope de 42 mensualidades.
  • Desde 2013, la indemnización por despido improcedente está fijada en 33 días por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades.

Así, en caso de optar por elevar las indemnizaciones generales, el Gobierno podría efectuar modificaciones sobre los días que pagan los negocios por año trabajado a un asalariado despedido sin causa legal, pero también incrementar el número máximo de meses de salario que pueden percibir.

Los abogados piden mayor seguridad jurídica para los autónomos y negocios

Ante la más que probable reforma de las indemnizaciones por despido, Luis San José reclamó al Gobierno “que aprovechen la situación y, una vez realicen el cambio, publiquen un Código de Trabajo Español que sirva para reducir la judicialización de los despidos”, que podría incrementarse aún más si se termina tramitando el llamado despido a la carta.

El abogado laboralista afirmó que “los autónomos con asalariados y negocios tienen una gran inseguridad jurídica en el ámbito del despido. Para los operadores jurídicos como nosotros, esto generaría una inseguridad aún mayor, ya que muchos de los casos de despido terminarán dirimiéndose en los tribunales para valorar qué indemnización corresponde al asalariado en cada caso, dependiendo de sus circunstancias personales. Es necesario este código, porque no se puede dejar todo al albur de los tribunales”, concluyó.