El sistema que se baraja plantea límites de acceso más bajos para el régimen de estimación objetiva

El futuro régimen de módulos podría parecerse al que está implantado en Navarra, según los expertos

Según explicó Celia Ferrero, vicepresidenta ejecutiva de ATA, a este diario el sistema de módulos actual podría derivar hacia un régimen de tributación especial como el que ya esta implantado en la Comunidad Autónoma de Navarra. 

El futuro régimen de módulos podría parecerse al que está implantado en Navarra, según los expertos

La progresiva desaparición del régimen de módulos o estimación objetiva es una de las realidades que están negociando Hacienda con las organización de autónomos y los sindicatos de cara a una futura reforma fiscal. Como ya avanzó este medio, todos los miembros del grupo de trabajo están de acuerdo en la supresión del sistema de estimación por módulos "de manera gradual".

El debate está centrado ahora en cómo articular el sistema transitorio para dar una solución sin sobresaltos a los más de millón de autónomos que en este momento tributan por módulos. Tanto el transporte por carretera como la hostelería son dos de los sectores que engloban mayor número de autónomos dentro de este régimen, con lo que serán dos de los mayores afectados del colectivo de cara a las modificaciones del sistema que se vayan produciendo en los próximos años.  

Por el momento, Hacienda ya ha sacado a consulta pública (desde el pasado viernes) la orden para mantener, durante un año más el sistema de módulos, así como los límites de facturación que establece el régimen para que los autónomos puedan tributar en él, disponible en la web del Ministerio. 

¿Pero qué se espera de cara a los próximos años? Según explicó Celia Ferrero, vicepresidenta ejecutiva de ATA, a este diario, es previsible que "el sistema de módulos actual derive en un régimen de tributación especial, como el que se implantó en la comunidad de Navarra". Según explicó Ferrero, "se prevé que los cambios podrían comenzar a introducirse en 2025". 

En ese caso, con este nuevo este régimen Hacienda compensaría el cambio de sistema con límites de facturación más altos a los autónomos y diferentes beneficios fiscales especiales fijos en función del sector de actividad. 

El régimen de módulos podría dar paso a un sistema de tributación directa especial, como sucede en Navarra

Si bien, según se dispone en la orden que sacó a consulta pública la Secretaría de Estado de Hacienda el pasado viernes 24 de noviembre, “se mantienen para el ejercicio 2024 la cuantía de los signos, índices o módulos, así como las instrucciones de aplicación", todavía existen muchas dudas acerca de qué traerá la eliminación de este sistema de tributación. 

Según explicó Celia Ferrero a este medio, la desaparición que se está planteando para este sistema es progresiva, “aunque con la situación actual de los Presupuestos Generales (con su preparación iniciada el pasado 22 de noviembre) tras la inestabilidad política, lo previsible es que los límites de módulos actuales se prorroguen”, y que ya sea a partir del año próximo cuando se tome la senda “de reducir los límites y proceder a su eliminación de manera paulatina”. 

Por el momento, se desconoce aún ninguna fecha efectiva en la que se producirá su desaparición, “aunque todo apunta que podría comenzar a implantarse para 2025”, aclaró Ferrero, con lo que “se comenzará a trabajar en el diseño del nuevo sistema de cara al año que viene”. En ese sentido, es factible que el diseño del nuevo sistema de tributación “derive en un sistema de tributación especial, como el sistema que se aplica actualmente en la Comunidad Autónoma de Navarra”. 

A partir del sistema de tributación directa especial de Navarra, “los autónomos tributan por el sistema estándar de estimación directa simplificada”, pero, en principio, se proporciona otras compensaciones a los trabajadores por cuenta propia. “A cambio, el sistema ofrece determinadas deducciones”, aclaró la vicepresidenta de ATA. De esta forma, “se reduce el impacto generado” al pasar de los módulos del sistema de tributación objetiva al sistema de estimación directa. 

¿Cómo funcionaría el futuro sistema de tributación por módulos especial?

El sistema de tributación directa simplificada especial nace en Navarra en 2021 con el fin de sustituir al régimen tributario de módulos para los trabajadores por cuenta propia. Para compensar el cambio, el sistema permite una serie de deducciones fijas, que varían según el sector de actividad.

Según trasladó Ángel Luis Chocarro Ávalos a este diario, decano del Colegio de Economistas de Navarra, con el cambio de sistema “hay una percepción generalizada de que se ha incrementado la tributación, aunque la casuística es casi infinita”. 

Además, la transformación del régimen “habría desincentivado” la reposición de los vehículos destinados al transporte de mercancías por carretera o de maquinaria agrícola, “debido a que sus amortizaciones ya no son deducibles”, con el perjuicio  para los trabajadores de este sector, confirmó Chocarro. 

A su vez, según apuntó el decano, el cambio también ha conllevado “un incremento de las obligaciones administrativas”, generando un consecuente aumento de los costes para los trabajadores del colectivo autónomo

En concreto, este sistema de tributación especial establece que:

  1. El rendimiento neto de todas las actividades económicas se determinan en estimación directa.
  2. Se mantienen las modalidades de estimación directa normal y simplificada
  3. Se incorpora, en sustitución del régimen de estimación objetiva, la estimación directa especial, con la finalidad de que aquellos que hasta ahora podían acogerse a la estimación objetiva puedan determinar el rendimiento de su actividad aplicando esta nueva modalidad.

Según aclaró Chocarro, el nuevo régimen incluye como modificaciones fundamentales las siguientes:

  • Se aplica a sujetos pasivos que realizan actividades agrícolas, ganadera, forestales o pesqueras siempre que el importe neto de negocios no supere los 300.000 euros en el ejercicio anterior.
  • También se aplica a sujetos pasivos que ejerzan actividades empresariales a las que resulte de aplicación el régimen especial del recargo de equivalencia o el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, siempre que su cifra neta de negocios no supere los 200.000 euros en el ejercicio anterior.
  • No podrán aplicar esta modalidad los sujetos pasivos que renuncien al régimen simplificado o al régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, del Impuesto de Valor Añadido. Es decir, “se mantiene la concordancia entre ambos impuestos”. 

El cálculo del rendimiento neto se calculará como diferencia entre los ingresos y los gastos, y no serán deducibles las provisiones, las pérdidas por deterioro ni las amortizaciones. Tampoco serán deducibles los gastos de arrendamiento o cesión de elementos de transporte o de maquinaria agrícola.

Como explicó el decano, para compensar la imposibilidad de deducir estos gastos se establecen unos porcentajes de deducción, a tanto alzado, sobre el rendimiento previo, con “una deducción incrementada para los sectores de agricultura y transporte de mercancías”:

  • Un 35% cuando se trate de actividades agrícolas, ganaderas, forestales o pesqueras.
  • Un 45% cuando se trate del transporte de mercancías por carreteras.
  • Un 10% con carácter general en el resto de actividades, “para todos aquellos que estén en este régimen”. 

¿Qué límites de ingresos tienen que cumplir los autónomos por el momento?

En caso de que los antiguos límites para que los autónomos en el sistema de módulos se prorroguen durante el año próximo, permitirían a los autónomos mantenerse en el sistema de estimación objetiva, al menos, hasta el 1 de enero de 2025. Según los márgenes actuales, podrán mantenerse o acceder al régimen de estimación objetiva aquellos trabajadores por cuenta propia que:

  • No tengan un umbral de ingresos por encima de 250.000 euros en 2023, en el caso de trabajadores por cuenta propia que venden directamente a particulares.
  • Si facturan a empresas, el umbral de ingresos no supere los 125.000 euros anuales en 2023.

Por último, según confirmaron fuentes de la Agencia Tributaria, de salir adelante la consulta pública también se adoptaría un nuevo cambio en la reducción general que se aplica a los trabajadores autónomos que tributan por este sistema. "La reducción general vuelve a ser del 5%, tras la subida puntual al 10% del año pasado".