Hoy se tarda hasta cuatro semanas

Los notarios ya están listos para que se puedan constituir sociedades por videollamada en menos de 10 días

Los notarios aseguraron que ya están listos para constituir sociedades en menos de diez días. La trasposición de la Directiva Europea habilita las videollamadas y firmas electrónicas para dar de alta a una nueva sociedad.

constituir-sociedad-notarios-videollamada-autonomos
Los emprendedores podrán constituir una sociedad en menos de 10 días y por videollamada
Los notarios ya están listos para que se puedan constituir sociedades por videollamada en menos de 10 días

Una videollamada y la firma electrónica. Esos serán los únicos requisitos necesarios para constituir una sociedad en nuestro país con la entrada en vigor de la transposición de la Directiva Europea 2019/1151, sobre la utilización de herramientas y procesos digitales en el ámbito del derecho de las sociedades. Un nuevo mecanismo para emprender un negocio que reducirá en gran medida los tiempos de espera para formalizar la actividad, y para el que los notarios españoles aseguran estar listos. "En España contamos con una infraestructura técnica y una red muy avanzada, de hecho, somos pioneros en habilitar este sistema. Los emprendedores podrán constituir su empresa sin moverse de su casa y en menos de diez días", aseguró Álvaro Lucini, delegado del Consejo General del Notariado en España para la Unión Europea.

Todo apunta a que esta vez el Gobierno conseguirá mitigar las dificultades que supone para los profesionales crear un nuevo negocio. Algo que lleva muchos años intentándose en España, ya que aún sigue siendo uno de los países de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos) donde más tiempo, burocracia y dinero cuesta materializar una sociedad. No obstante, la vicepresidenta segunda y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño ya aseguró hace un mes que aprobaría una ley, denominada Ley Crea y Crece, que "favorezca la creación de pequeñas y medianas empresas, constituyéndose en diez días, de forma totalmente telemática y por un euro".

Bien es cierto que la incorporación de la normativa al ordenamiento español debía llevarse a cabo el pasado 1 de agosto, no obstante, Lucini recordó que la propia directiva recoge que los países pueden solicitar la prórroga de un año para adaptar progresivamente sus sistemas a esta nueva modalidad de constituir sociedades, "algo que prácticamente todos los territorios han hecho. Los parlamentos de Alemania e Italia han aprobado ya la normativa, pero también se han acogido a la prórroga para instaurarla", apuntó el delegado del Consejo General del Notariado en España para la UE.

Se eliminan las trabas burocráticas y los tiempos de espera

A la hora de crear un negocio, acudir a la notaría es probablemente "es paso más farragoso. Lo normal es tardar unas cuatro semanas en tener operativo el negocio, debido a las colas de espera de los notarios y su posterior comunicación con el Registro Mercantil", explicó Roger Mestres, abogado y manager en CIM Tax & Legal. Incluso, el experto señaló que este plazo puede incrementarse si hay algún problema con la denominación social de la sociedad, por ejemplo, "que se parezca mucho a otra ya constituida y no acepten su inscripción".

Sin embargo, el Consejo General del Notariado aseguró que con la implantación de la Directiva 2019/1151 se eliminarían las trabas burocráticas que tiene que sortear un emprendedor, y reduciría en gran medida la espera para dar de alta una actividad. Según explicaron desde el Ministerio de Economía, “en un contexto donde prácticamente todo se hace de forma telemática, resulta preciso establecer procedimientos que permitan la creación de empresas de forma enteramente digital”. Y eso es en lo que ya están trabajando los profesionales del notariado en nuestro país.

De hecho, durante su comparecencia en el seminario 'Seguridad Jurídica y Digitalización', en los cursos de verano de la Universidad del País Vasco (UPV), Mario Abascal, director general de la Agencia Notarial de Certificación, señaló que el notariado "va muy avanzado en esta nueva herramienta", y que la constitución de sociedades a partir de ahora será "sencilla, intuitiva, con usabilidad y con servidores seguros del máximo nivel".

¿Cómo se da de alta un negocio por videollamada?

Según explicó Lucino, el nuevo sistema para dar de alta los negocios combina la privacidad y la veracidad de los emprendedores. De esta forma, a través de la videollamada "el notario podrá comprobar que efectivamente los datos personales que ha utilizado la persona para acceder a la plataforma concuerdan con la realidad. Al final, el DNI electrónico o la cl@ve, pueden ser sustraídas por otra persona que no sea el titular, por ello la constitución segura y privada de la sociedad se completa mediante la videoconferencia". La seguridad de la información "es clave, el notario mantiene en todo momento el control de la sesión por video conferencia".

Lo primero que debe hacer un emprendedor que quiera constituir una sociedad de esta forma es pedir cita a través del portal del ciudadano, que es la sede electrónica del notariado. "Ahí se le asignará un notario que esté libre y con el que iniciará una videollamada, sin tener que acudir al despacho físicamente". El futuro autónomo tiene que identificarse ante el notario con su DNI electrónico y, a partir de ese momento, ya por videoconferencia, el profesional comprobará la veracidad de la identidad del socio fundador de la sociedad, y le asesorará en la adaptación del contenido de las escrituras a sus necesidades. Asimismo, examinará digitalmente que se ha producido la aportación de capital que requiere la correspondiente sociedad de acuerdo con la ley y revisará que todos los puntos del documento son correctos. El siguiente, y penúltimo paso, es la firma electrónica de la escritura pública.

Por último, el notario remitirá de forma telemática la escritura al Registro Mercantil, y el emprendedor recibirá una copia de la misma certificada de forma digital.

A día de hoy, ¿Cómo se crea una S.L.?

Constituir una sociedad en España es un proceso "un tanto farragoso, no es que implique una cantidad desorbitada de dinero, pero sí de tiempo", aseguró el experto de CIM Tax & Legal. Lo primero que se tiene que tener en cuenta es si la persona que quiere emprender es española o no, porque si es extranjero, necesita es que le den un NIE (Número de Identidad de Extranjero), "algo que a día de hoy es muy difícil de conseguir ya que no hay citas disponibles. Lo que supone un problema grave si se quiere atraer inversión extranjera", dijo Roger Mestres.

Como explicó el abogado, el segundo paso que tiene que ejecutar el emprendedor es acudir al notario y especificar la denominación social. Posteriormente, el notario hará una consulta al Registro Mercantil para asegurarse que esa denominación social no esta registrada o no se parece  a la de otra compañía, y emitir un Certificado de Denominación Social con el que inscribir la sociedad en el Registro Mercantil. Una vez esté firmada la denominación social, los profesionales tienen tres meses de plazo para acudir de nuevo al notario, esta vez con con el nombre de los administradores y la redacción de los estatutos etc. Hecho esto, se eleva el documento público y se envía al Registro Mercantil, donde a los 15 días hábiles, es decir tres semanas aproximadamente, los registradores emiten la aceptación de la sociedad o, en su defecto, mandan corregir algún fallo, lo que demoraría el proceso otras tres semanas más.

Mestres explicó que, si bien es cierto que antes de pasar por el registro para que se acepte ya se considera que la sociedad está constituida, la mayoría de los bancos, clientes o proveedores no quieren hacer negocios con esa sociedad, ya que prefieren asegurarse de su validez una vez hayan respondido los registradores. "Algo que retrasa mucho a aquellos emprendedores que, o bien ya tenían acuerdo apalabrados, o bien quieren empezar cuanto antes con su negocio", concluyó.