La prestación media en 2023 será de 611 euros

Estas son las condiciones que debe cumplir la pareja de un autónomo para recibir la pensión de viudedad

En el caso de que un autónomo fallezca, su pareja o cónyuge tienen derecho a recibir una pensión de viudedad siempre y cuando cumplan una serie de requisitos. En enero de 2023 la prestación mínima en este concepto fue de 611,53 euros.
Requisitos para recibir la pensión de viudedad de un autónomo
Requisitos para recibir la pensión de viudedad de un autónomo
Estas son las condiciones que debe cumplir la pareja de un autónomo para recibir la pensión de viudedad

Las cuotas mensuales a la Seguridad Social de los autónomos cubren distintas prestaciones más allá de su futura jubilación. En caso de enfermad, accidente o por el nacimiento por un hijo, el trabajador por cuenta propia podrá cubrir sus necesidades siempre que haya cotizado lo suficiente. En el caso de que el trabajador por cuenta propia fallezca, sus cotizaciones también cubrirán las necesidades de su familia. Sin embargo, para que los conyugues o parejas de los afiliados al RETA reciban esta prestación, deberán cumplir una serie de requisitos. Actualmente, la prestación media por fallecimiento de un autónomo en España es de 611,53 euros.

La pensión de viudedad de los autónomos es una prestación contributiva, es decir, está se concede después de acreditar un periodo mínimo de cotización y unas determinadas condiciones. Además, el importe de dicha prestación se calcula en función de lo que el trabajador por cuenta propia haya aportado a lo largo de su trayectoria profesional a la Seguridad Social.

La Tesorería explicó en su sede electrónica que para que la pareja de hecho o cónyuge de un autónomo fallecido pueda acceder a esta pensión de viudedad, tendrá que cumplir unos requisitos muy concretos. Los distintos escenarios se darán dependiendo de cómo estuviese configurado el núcleo familiar del autónomo fallecido, señaló la Seguridad Social.

En el caso de que entre el autónomo y cónyuge o pareja de hecho existan hijos comunes, el solicitante tendrá derecho a la prestación de viudedad. Por el contrario, en el caso de que no hubiesen tenido hijos en común; la pareja deberá haber celebrado su casamiento como mínimo un año antes del fallecimiento del trabajador por cuenta propia.  En caso de no alcanzar este período, se puede pedir una pensión temporal de viudedad.

En cuanto a las parejas de hecho, la Seguridad Social añadió que se exceptúan los casos en los que se acredite una unión que supere los dos años. Además, la pareja tendrá que demostrar una convivencia de al menos cincos previos al fallecimiento del afiliado al RETA y no haber estado casado o separado con anterioridad.

Para las parejas divorciadas judicialmente, si el ex-cónyuge estaba recibiendo una pensión compensatoria como resultado de la separación; para recibir la prestación tendrán que haber transcurrido menos de diez años entre la separación y el fallecimiento del autónomo. Además, recibirán la pensión, siempre que en este último caso no hubieran contraído nuevo matrimonio o constituido una pareja de hecho.

¿Qué requisitos debe cumplir un autónomo para que su pareja reciba una pensión de viudedad en el caso de su fallecimiento?

Al igual que las parejas, los autónomos deben cumplir unos requisitos si en caso de su fallecimiento quieren que su cónyuge reciba una pensión derivada de sus contribuciones a la Seguridad Social.

Principalmente, señaló la Tesorería, los autónomos deben cumplir un periodo mínimo de cotización. Este será de “500 días dentro de un período ininterrumpido de 5 años inmediatamente anteriores al fallecimiento o a la fecha en que cesó la obligación de cotizar, si el causante se encontrase en situación de alta o asimilada sin obligación de cotizar”, añadió la Seguridad Social.

Si por ejemplo, el autónomo fallecido no se encontraba en la obligación de cotizar – ya sea por ser mayor de 65 años o por estar de baja por el nacimiento de un hijo -, la exigencia es haber cotizado, como mínimo, 500 días ininterrumpidos en los 5 años anteriores a la fecha en la que comenzó la exención de cotización.

En el caso de que el autónomo no estuviese dado de alta en el RETA en el momento de su fallecimiento, tendrá que haber cotizado al menos 15 años y estar en cualquiera de los casos anteriormente mencionados al corriente de pago con la Seguridad Social.

¿Cuánto se cobra actualmente de media por viudedad de un autónomo?

En enero, la pensión media que recibieron los viudos y viudas del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) fue de apenas 611,53. Cifra que dista mucho aún de la que percibieron los cónyuges de los fallecidos del Régimen General que ascendió a 902,79 euros.

De todas formas, para recibir este porcentaje, el beneficiario debe cumplir determinadas condiciones:

  • Una edad de 65 años o más.
  • No contar con otra pensión pública.
  • No tener ingresos por trabajos o rentas de capital inmobiliario o mobiliario.
  • Las ganancias patrimoniales o actividades económicas no deben superar los ingresos que estén establecidos en el momento de ser beneficiario de la pensión mínima de viudedad.

La pensión de viudedad se puede cobrar en el extranjero

Muchas parejas desconocen que algunas prestaciones se pueden cobrar en el extranjero. La pensión de viudedad de un autónomo en un subsidio contributivo que – al igual que la pensión contributiva o la incapacidad permanente – se pueden disfrutar en el extranjero.

Para hacerlo, los cónyuges o parejas de hecho que reciban la pensión de viudedad, deben comunicar cada año en la bajada o consulado de España del país extranjero que el beneficiario de la prestación sigue vivo y comunicar a la Seguridad Social el cambio de residencia. Además, La cuantía será la misma dentro de la Unión Europea como fuera de ella.