También sus pagos a la Tesorería

La Seguridad Social recuerda a los autónomos dónde pueden ver el estado de sus solicitudes de prestaciones

Los autónomos pueden consultar la situación en la que se encuentra el trámite de una prestación solicitada través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. También pueden conocer cuánto pagarán de cuota dada mes y si tienen deudas con la Tesorería.
Podrán conocer el estado de su incapacidad temporal, jubilación, cese de actividad, maternidad o cualquier prestación que hayan solicitado
Podrán conocer el estado de su incapacidad temporal, jubilación, cese de actividad, maternidad o cualquier prestación que hayan solicitado
La Seguridad Social recuerda a los autónomos dónde pueden ver el estado de sus solicitudes de prestaciones
Los autónomos tienen derecho a distintas prestaciones gracias al pago de sus cotizaciones. La Revista Oficial de la Seguridad Social recordó a los autónomos cómo pueden consultar la situación en la que se encuentra el trámite de una pensión o prestación solicitada a la Tesorería y efectuar el seguimiento de las fases del proceso: desde que presenta hasta que se resuelve. Además, los trabajadores por cuenta propia también pueden consultar otros aspectos de sus actividad como sus futuras cuotas o deudas con la Tesorería.

Gracias a un mensaje de texto, los autónomos podrán conocer el estado de su incapacidad temporal, jubilación, cese de actividad o cualquier prestación que hayan solicitado y a la que tengan derecho a través de sus cotizaciones. Sin necesidad de certificado digital, los trabajadores por cuenta propia pueden acceder a un servicio propio denominado ‘¿Cómo va mi prestación?’ dentro de la sede electrónica de la Seguridad Social.

Fuente: Seguridad Social.
Fuente: Seguridad Social.

Para ello, la Seguridad Social les exigirá a los afiliados al RETA su DNI o NIE; fecha de nacimiento y un teléfono móvil. Una vez completados dichos campos; la Tesorería les mandará a una pasarela de registro y un mensaje a su terminal con un código para verificar su identidad. Una vez dentro podrán saber si solicitud ha sido aprobada o en que parte del proceso se encuentra.

Esta solicitud la pueden formalizar tanto trabajadores por cuenta propia como por cuenta ajena o sus representantes. Además de consultar el estado en el que se encuentra el trámite de la prestación, los autónomos podrán efectuar un seguimiento y ver todos los expedientes resueltos. Para este último apartado, no han tenido que transcurrir más de tres meses desde la fecha de resolución de la prestación.

La Seguridad Social también recordó que, si el trabajador por cuenta propia ha realizado más de una solicitud, “en la primera pantalla aparecerá una relación de todas ellas”. Para conocer el estado de cada una de las prestaciones, el autónomo sólo tendrá que hacer clicar en el apartado que desea consultar.

La Tesorería destacó que las resoluciones que muestra en esta plataforma “no incluirán importes económicos, sólo el estado de la misma”. Por lo que si un autónomo ha solicitado, por ejemplo, la incapacidad temporal, sólo podrá conocer el estado de su petición, no cuánto le abonará la Seguridad Social por esta prestación.

Los autónomos también consultar previamente cuánto les cobrará la Seguridad Social en sus cuotas

La Revista de la Seguridad Social también explicó a los trabajadores por cuenta propia como consultar los giros que aplicará la Tesorería con antelación. Lo podrán hacer a través de una de las herramientas que ofrece el portal ‘Import@ss’.

En esta sección, los autónomos podrán el recibo que se cargará en su cuenta en el mes en curso con el detalle del cálculo de la cuota, así como los datos bancarios de que dispone la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

Esta consulta se puede realizar en cualquier momento, aunque “para ver el recibo del mes actual deberás realizar la consulta después del día 26 de cada mes. Si realizas la consulta antes, verás el recibo correspondiente al mes anterior”, explicó la Seguridad Social en su web.

Este servicio, añadió la Tesorería, también ofrece la posibilidad de consultar los recibos precios de periodos anteriores. Aunque, matizó la Seguridad Social, “no ofrece información previa al 1 de junio de 2018”.

Finalmente, desde esta sección, todos los trabajadores por cuenta propia podrán comprobar si están al corriente de pago de sus cuotas a la Seguridad Social. En el caso de que tenga alguna deuda con la Tesorería, recibirá un informe junto a un segundo documento donde se hará referencia a los periodos e importes que debe abonar a la Seguridad Social. En el caso de estar al corriente de pagos, también puede solicitar el certificado que le valdrá, por ejemplo, para solicitar subvenciones participar en los procesos de concesión de contratos del sector público o supuestos de contratas y subcontratas.

El tema más consultado en la Seguridad Social: ¿cómo pedir cita previa para solicitar una prestación?

Es reseñable que, dentro de la solicitud de prestaciones y consultas que se hacen a la tesorería, el tema más leído en la Revista de la Seguridad Social sea ‘Cómo solicitar cita previa para pensiones y otras prestaciones’.

En el caso de que un autónomo o particular requiera asistir presencialmente a un centro de la Seguridad Social para tramitar alguna pensión o prestación (jubilación, incapacidad, viudedad, Ingreso Mínimo Vital o nacimiento y cuidado del menor, entre otras) es “indispensable acudir con cita previa o concertada”. Para ello, concretó la propia Seguridad Social, deberán utilizar alguna de estas dos fórmulas:

  • Puede solicitar cita previa a través de internet desde el portal Tu Seguridad Social (si dispone de certificado digital o cl@ve) o a través de la web de la la Sede Electrónica  de la Seguridad Social.
  • También puede solicitar cita previa por teléfono en el 91 541 25 30 o en el 901 10 65 70, con horario ininterrumpido de 00:00 a 24:00 horas, de lunes a domingo. 

En ambos casos necesitará cumplimentar o facilitar los datos que se le solicite para la correcta tramitación de la cita.