Declaraciones informativas, IVA, IRPF..

Hacienda recuerda a los autónomos todos los modelos fiscales que han de presentar antes de finales de enero

La Agencia Tributaria ha emitido un comunicado para recordar a los autónomos todos los modelos informativos y declaraciones de impuestos que deben presentar antes de que concluya el mes de enero.

Hacienda recuerda a los autónomos todos los modelos fiscales que han de presentar antes de finales de enero
  1. Declaraciones que tienen que presentar los autónomos antes del 30 de enero
  2. Declaraciones que tienen que presentar los autónomos antes del 31 de enero

La Agencia Tributaria ha emitido un comunicado  en su sede electrónica para recordar a los autónomos todos los impuestos y declaraciones que deben formalizar antes de que concluya enero, el mes con más obligaciones fiscales de todo el año. Además de presentar el IVA e IRPF fraccionado correspondientes al cuarto trimestre de 2022, los trabajadores por cuenta propia – dependiendo de la actividad que realicen – deberán entregar a Hacienda distintos modelos informativos. El más común y obligatorio es el resumen anual del IVA o Modelo 390, pero también existen otros.

Hasta el 30 de enero casi todos los afiliados al RETA deben presentar alguno de los siguientes modelos: "130 o 131 -modelos de IRPF fraccionado-, 303 -IVA trimestral- y 390 -resumen del IVA anual”, afirmó Javier González Rivas, asesor fiscal. Hasta el 30 de enero – explicó el experto – si un autónomo está en estimación directa y ha optado por el pago fraccionado de IRPF tendrá que presentar el modelo 130 correspondiente al cuarto trimestre. En el caso de que el trabajador por cuenta propia se encuentre en estimación objetiva, el modelo será el 131.

Además de los modelos habituales existen otros que un autónomo debe tener en cuenta antes de concluir el mes de enero. “Por ejemplo, si el trabajador por cuenta propia ha hecho operaciones intracomunitarias – es decir, aquellas que se producen entre países pertenecientes a la Unión Europea – tendrá también que completar el modelo 349 junto al resto de formularios obligatorios”, añadió González Rivas.

Hacienda también reiteró en su página web la obligatoriedad de presentar distintos modelos informativos antes del 30 de enero. “Los modelos informativos, como el resumen anual del IVA, son documentos donde se deja constancia de las distintas actividades económicas que ha desarrollado un autónomo”, agregó el experto. Alquileres, donativos, operaciones con activos financiero o sucesiones son algunos de los modelos informativos que también tendrán que presentar los trabajadores por cuenta propia antes de que concluya el presente mes.

Aunque se traten de modelos informativos – y por tanto los autónomos no tienen que pagar nada – es obligatorio presentarlos. “Hacerlo fuera de plazo puede conllevar sanciones de hasta 200 euros”, comentó el asesor fiscal. "Todos los modelos o declaraciones informativas podrán confeccionarse en la sede electrónica de la Agencia Tributaria", concluyó. 

Declaraciones que tienen que presentar los autónomos antes del 30 de enero

Todas las declaraciones, reiteró el asesor fiscal, “dependerán de la actividad que desarrolle el autónomo”. “Si, por ejemplo, ha realizado importaciones durante el año 2022 tendrá que presentar el modelo 380, cuestión que no engloba a todos los trabajadores por cuenta propia”.

Impuesto de la Renta de Personas Físicas (IRPF)

  • Estimación directa: Modelo 130
  • Estimación objetiva: Modelo 131

Impuesto del Valor Añadido (IVA)

  • Modelo 303 de autoliquidación de IVA: los autónomos y empresarios tendrán que realizar la autoliquidación del IVA del cuarto y último trimestre de 2022.
  • Modelo 308 de Solicitud de devolución de cuotas reembolsadas a viajeros por empresarios en recargo de equivalencia: Deben presentarlo los autónomos y entidades jurídicas que realicen entregas intracomunitarias en medios de transporte nuevos y que, a su vez, estén exentos del IVA.
  • Modelo 309: está dirigido a todos aquellos empresarios minoristas que no están obligados a presentar la declaración periódica del IVA a través de los modelos 303 y 390 cada trimestre. En este caso, hace referencia a la obligación sobre el cuarto trimestre de 2022.
  • Modelo 318: El modelo 318 tiene como objetivo principal regularizar las cuotas del IVA que se han devuelto. 
  • Modelo 341: Reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca:
  • Modelo 349 Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: a través este modelo Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, los autónomos que realizan operaciones intracomunitarias dan detalles de las mismas a la Agencia Tributaria. Es un modelo informativo, por lo que su presentación es obligatoria pero no está asociada a ningún pago.
  • Modelo 380: Operaciones asimiladas a las importaciones.
  • Modelo 390: con el que se hace la declaración recapitulativa de todo el año anterior en materia de IVA.

Declaraciones que tienen que presentar los autónomos antes del 31 de enero

  • Modelo 165: Declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación.

  • Modelo 171: Declaración informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento.
  • Modelo 179 de Declaración Informativa Trimestral sobre la cesión de uso de vivienda con fines turísticos: si el trabajador autónomo se dedica al alquiler vacacional deberá presentar la declaración informativa referente al cuarto trimestre de 2022 a través del 179.
  • Modelo 180: los autónomos que presentan el modelo 115, están obligadas a presentar el 180 puesto que es el resumen anual de las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos hechas por autónomos y empresarios.
  • Modelo 181: Declaración informativa de préstamos y créditos y otras operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles.
  • Modelo 182: Donativos, donaciones y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas.
  • Modelo 184 de Declaración Informativa de Entidades en Régimen de Atribución de RENTA: Aquellos negocios que estén en régimen de atribución de rentas (sociedades que no están sujetas a IRPF, pero tampoco del Impuesto sobre Sociedades), tendrán que presentar la declaración informativa anual a través del modelo 184.
  • Modelo 187: Declaración informativa de adquisiciones y enajenaciones de acciones y participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva.
  • Modelo 190: en el que se hace un resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta.
  • Modelo 192: Declaración anual de operaciones con Letras del Tesoro.
  • Modelo 198: Declaración anual de operaciones con activos financieros
  • Modelo 233 de declaración informativa por Gastos en Guardería: los autónomos que hubieran optado a una deducción por gastos en guardería o centro de educación infantil deben presentar el modelo 2021: 233.
  • Modelo 235: Declaración informativa de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables.
  • Modelo 270: los autónomos o contribuyentes que hayan ganado un premio de lotería tendrán que presentar el resumen anual de todo lo ganado a través del modelo 270.