Si el trabajador por cuenta propia fallece los herederos contraen sus deudas

¿Tiene el cónyuge obligación de responder con su patrimonio ante las deudas de un autónomo?

En determinadas ocasiones, el cónyuge del autónomo tiene la obligación de hacer frente a las deudas contraídas por su marido o mujer. Todo dependerá del régimen económico elegido al contraer matrimonio. Otra cuestión es cuando el autónomo fallece.

¿Tiene el cónyuge la obligación de responder con su patrimonio ante las deudas del autónomo?
¿Tiene el cónyuge la obligación de responder con su patrimonio ante las deudas del autónomo?
¿Tiene el cónyuge obligación de responder con su patrimonio ante las deudas de un autónomo?

Los autónomos persona física tienen una responsabilidad ilimitada. Esto quiere decir que deben responder de todas sus obligaciones con todos sus bienes presentes y futuros. “Durante el ejercicio de la actividad pueden ocurrir contingencias que, en caso de ser negativas, pueden arrastrar el patrimonio particular del empresario individual”, explicó Martín Herrera del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid.

Alrededor de este asunto, surge una gran pregunta: ¿Qué obligaciones tiene el cónyuge de un autónomo? ¿Está obligado a responder también ante las deudas de su marido o mujer? Para abordar esta cuestión, es importante primero hacer una diferenciación entre los problemas económicos que puedan surgir durante el desarrollo de la actividad y los problemas que puedan surgir tras el fallecimiento del trabajador por cuenta propia. 

En el primer caso, cunado el negocio tiene deudas, el factor fundamental que determinará la responsabilidad del cónyuge es el régimen económico elegido en el momento de formalizar el matrimonio. En la segunda situación, cuando se produce el fallecimiento del autónomo, entrará en juego la herencia y las obligaciones ligadas a la misma.   

Tal y como explicaron a este medio desde el Consejo General de Economistas, durante el ejercicio de la actividad “si los bienes afectos a la actividad tienen naturaleza ganancial, es decir, son de los dos, el cónyuge sí respondería ante las deudas del autónomo. En caso de haberse producido separación de bienes, cada uno tiene su patrimonio separado y el cónyuge estaría protegido”. Y “cuando fallece el cónyuge, los herederos tienen dos opciones, aceptar o rechazar la herencia. Si aceptas la herencia, también aceptas las obligaciones que pueda haber, es decir, las deudas del fallecido”. 

La responsabilidad dependerá del régimen económico escogido

El régimen económico escogido en el momento de formalizar el matrimonio es clave. En el caso de que una de las dos partes sea autónomo, conocer las diferencias entre ambas opciones es fundamental para entender a qué tendría que hacer frente el cónyuge del trabajador por cuenta propia en caso de que se produzca algún tipo de contingencia durante la actividad.

“Actualmente, en España existen dos sistemas: la separación de bienes y el régimen de gananciales. Salvo en la Comunidad Autónoma de Cataluña, si no se especifica, se aplica este último. Es decir, por defecto, cuando dos personas contraen matrimonio se aplica el régimen de gananciales. En Cataluña ocurre al revés. Por defecto se aplica el sistema de separación de bienes”, explicó a este medio una abogada especialista en derecho civil y mercantil. “El sistema ganancial, a groso modo, significa que todo lo que se adquiera o se gane pertenece a ambas partes. Sin embargo, la separación de bienes implica todo lo contrario, ya que todas las ganancias o adquisiciones pertenecerán de forma individual a cada miembro. Es decir, el patrimonio es personal y propiedad de cada uno”, señaló.

Régimen de gananciales

En este punto es donde se resuelve la cuestión sobre si el cónyuge tiene la obligación de responder ante las deudas de su pareja durante el ejercicio de la actividad. “La respuesta dependerá siempre del sistema elegido. En el caso de que el matrimonio se rija por el sistema ganancial, el patrimonio pertenecerá a ambas partes, y sucederá lo mismo con las deudas. Si el autónomo tiene una deuda, ya sea con la Administración o con otra empresa, y está casado en régimen ganancial, el cónyuge tendrá que responder también ante esa deuda. Eso sí, responderá únicamente con los bienes adquiridos durante el matrimonio. Si, por ejemplo, ha heredado una vivienda, ese inmueble estaría a salvo, ya que es un bien privativo”, explicó a este medio la abogada.

Es importante tener siempre en cuenta el factor “consentimiento”, ya que para que los bienes comunes queden comprometidos es necesario el consentimiento de ambas partes. “Este consentimiento no tiene por qué ser expreso. Por ejemplo, esto sucedería cuando un autónomo desarrolla una actividad por cuenta propia antes de casarse y, tras contraer matrimonio, sigue con su negocio sin que su pareja se oponga a ello. No hay un consentimiento expreso, pero al no oponerse se entiende como tal. El consentimiento siempre puede ser revocado”, añadió. 

Régimen de separación de bienes

En el caso de que el matrimonio haya sido contraído mediante el régimen de separación de bienes, la cosa cambia. En ese caso, “el cónyuge no tendrá que responder ante las deudas que haya contraído su pareja”, explicó la abogada. Si bien es cierto que en todas las Comunidades Autónomas -salvo en Cataluña- el sistema aplicado por defecto es el de gananciales, cada matrimonio puede elegir por qué sistema quiere regirse, algo que puede hacerse fácilmente ante notario, tanto antes de contraer matrimonio, como después. 

¿Qué responsabilidad tiene el cónyuge tras el fallecimiento del autónomo?

Las dudas sobre la responsabilidad del cónyuge no solo surgen durante el desarrollo de la actividad. Tras el fallecimiento del autónomo, suelen saltar las alarmas y se produce un gran desconocimiento en lo que se refiere a las obligaciones a las que deben hacer frente tanto el cónyuge como los hijos o herederos del trabajador por cuenta propia. 

Tal y como explicaron a este medio desde el Consejo General de Economistas, “cuando fallece el autónomo, los herederos tienen dos opciones: aceptar la herencia o rechazarla. En el caso de aceptar la herencia, también se aceptan las obligaciones que pueda haber, incluidas las deudas del fallecido”. Es decir, todas las deudas que puedan existir, ya sea con la Administración o con otras empresas o negocios, son hereditarias. “Si, por ejemplo, el cónyuge hereda un inmueble que está hipotecado y acepta esa herencia, tiene la obligación de seguir pagando esa hipoteca, porque aunque fallezca el autónomo, la hipoteca no desaparece”, añadió.

Por este motivo, señaló la experta, en ocasiones se producen renuncias a las herencias. “Si hay un inmueble hipotecado o existen una serie de deudas que el heredero no quiere asumir, suele renunciar a esa herencia. Y es que, en el momento en el que se acepta una herencia, el heredero tiene la obligación de cumplir con esa obligación. Si el autónomo tiene deudas o facturas impagadas relativas a su actividad, el cónyuge o los hijos tienen que cumplir con ello”, añadió.

Eso sí, en el caso de las sanciones no sucede lo mismo. “Con el fallecimiento se extinguen las sanciones, ya que las sanciones tributarias no se traspasan a los herederos, porque son personalísimas. Nadie hereda una sanción tras el fallecimiento de otra persona, igual que sucede con los delitos”, concluyó.